Mi pregunta es la siguiente cuando se habla de procedimientos en tramite y se dice que se seguiran conforme a la ley antigua hasta sentencia, ¿se incluyen todos los asuntos repartidos antes del 4/5/2010, aunque no se hayan incoado y por tanto en puridad de terminos no esten en tramite?
En cuanto a los actos de conciliacion ¿corresponde celebrarlos al Secretario desde el 4/5/2010 o mas bien solo de los asuntos que entren a partir del 4/5/2010?
A mi entender el tema no está resuelto con claridad suficiente.
Como hoy entro en vigor la ley quizas alguno de vosotros pueda ilustrarme. Muchas gracias
Disposiciones transiitorias
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