Al presentar tasación de costas derivadas del lanzamiento en un desahucio de vivienda, el procurador incluye los gastos correspondientes al cerrajero. Teniendo en cuenta que al llegar la comisión judicial para dar la posesión, estaba el inquilino desahuciado, el cual abrió la puerta estando la cerradura en perfectas condiciones, y que el ejecutante llevó al cerrajero para instalar una nueva cerradura para mayor seguridad, lo entendéis como gasto necesario a incluir en la tasacion de costas?
muchísimas gracias.
TASACION DE COSTAS EN DESAHUCIO
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- Carlos Valiña
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Esta en el limite pero yo la incluiria siempre que la nueva cerradura fuera normal.
No estamos hablando de una vivienda donde el inquilino sale y el dueño se queda a vivir. Lo normal es que quede cerrada un tiempo y si conserva llave el inquilino puede volver a meterse.
De hecho me sucedio a mi en un caso, lo que no recuerdo si volvieron con llave o por una ventana, creo que fue con la llave.
Supongamos que cuando vais el demandado esta en el trabajo y llega con el lanzamiento terminando, incluirias en la tasacion los gastos del cerrajero para abrir la puerta y para poner la cerradura nueva. Logicamente abrir una puerta puede llevar cinco minutos o dos horas, pero esa factura sera siempre mayor que cuando el inquilino abre voluntariamente.
Pero si incluyes la parte final, (poner nueva cerradura cuando el inquilino no abre), no veo porque no has de incluirla cuando si que abre.
Yo creo que no es de estilo incluir en la relacion de gastos del procurador ese concepto, porque de algun modo va en el lote de todo lo que el actor tiene que arreglar (y por lo general se debe a que eligio mal el inquilino) pero si aparece incluido, es un gasto util al fin perseguido, entregar la posesion y debe ser incluido.
Imaginad que el barrio es malo, o se cierra la puerta, o se llevan hasta las tuberias de la pared picandolas.
Muchas veces la comision se va y deja al cerrajero poniendo la nueva cerradura, pero a pesar de ello no creo que sea un acto posterior a la entrega de la posesion pues otras muchas veces esta cambiada antes de que la comisoin termine de inventariar el piso.
Saludos.
No estamos hablando de una vivienda donde el inquilino sale y el dueño se queda a vivir. Lo normal es que quede cerrada un tiempo y si conserva llave el inquilino puede volver a meterse.
De hecho me sucedio a mi en un caso, lo que no recuerdo si volvieron con llave o por una ventana, creo que fue con la llave.
Supongamos que cuando vais el demandado esta en el trabajo y llega con el lanzamiento terminando, incluirias en la tasacion los gastos del cerrajero para abrir la puerta y para poner la cerradura nueva. Logicamente abrir una puerta puede llevar cinco minutos o dos horas, pero esa factura sera siempre mayor que cuando el inquilino abre voluntariamente.
Pero si incluyes la parte final, (poner nueva cerradura cuando el inquilino no abre), no veo porque no has de incluirla cuando si que abre.
Yo creo que no es de estilo incluir en la relacion de gastos del procurador ese concepto, porque de algun modo va en el lote de todo lo que el actor tiene que arreglar (y por lo general se debe a que eligio mal el inquilino) pero si aparece incluido, es un gasto util al fin perseguido, entregar la posesion y debe ser incluido.
Imaginad que el barrio es malo, o se cierra la puerta, o se llevan hasta las tuberias de la pared picandolas.
Muchas veces la comision se va y deja al cerrajero poniendo la nueva cerradura, pero a pesar de ello no creo que sea un acto posterior a la entrega de la posesion pues otras muchas veces esta cambiada antes de que la comisoin termine de inventariar el piso.
Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com
JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
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Invitado
Otra de costas en desahucio.
Me pide la procuradora dos veces por el 26.6 del arancel. Una por solicitud de posesión, y otra por petición de lanzamiento.
La segunda tengo bastante claro que no se lo voy a dar, porque la demandada abandonó voluntariamente el inmueble cuando se le notificó la Sentencia. Y la primera entiendo que sí que se lo podría dar, porque a fin de cuentas, en la demanda de desahucio sí que se pide que se entregue la finca. ¿Qué es lo que incluís vosotros?
Saludos.
Me pide la procuradora dos veces por el 26.6 del arancel. Una por solicitud de posesión, y otra por petición de lanzamiento.
La segunda tengo bastante claro que no se lo voy a dar, porque la demandada abandonó voluntariamente el inmueble cuando se le notificó la Sentencia. Y la primera entiendo que sí que se lo podría dar, porque a fin de cuentas, en la demanda de desahucio sí que se pide que se entregue la finca. ¿Qué es lo que incluís vosotros?
Saludos.
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Invitado