plan pensiones
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EMBARGO DE PLAN DE PENSIONES
En principio sí pero queda condicionado la eficacia del embargo a que se den las circunstancias por las que el beneficiario puede cobrar la cantidad de plan (incapacidad, muerte,jubilación).
Por lo tanto decreta el embargo y envialo a la entidad gestora del fondo o plan de pensiones y ellos te responderán más o menos lo que se dice más arriba
Por lo tanto decreta el embargo y envialo a la entidad gestora del fondo o plan de pensiones y ellos te responderán más o menos lo que se dice más arriba