tengo una subasta de una vivienda que es ganancial y de protección oficial
El problema me surge en la liquidación de cargas (es ejecución no judicial), ya que el informe pericial valora de dos modos:
por un lado, el valor de mercado lo fija en x euros
por otro, valor máximo de venta (por ser de P.O.), fijado en xx euros
La duda, ¿deduzco la carga anterior al valor de mercado o al valor máximo de venta?
el resto, lo tengo controlado, pues ya se me dio antes en un hipotecario, y tengo que notificarlo a la Consejería y etc etc
el problema entonces es a la hora de escoger uno de estos dos valores, que no tengo ni idea...
Gracias!!
subasta vivienda proteccion oficial
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