He visto que las Gerencias de Justicia ponen a disposición de los testigos unos formularios para reclamación de indemnizaciones por asistencia a vistas , con indicación de requisitos y documentación
¿ Dónde puedo encontrar la normativa y los formularios ?
He buscado en la web del MJ y no he encontrado nada .
Normativa sobre indemnizacion a testigos
Moderadores: Terminatrix, Top Secre
- Terminatrix
- Moderador
- Mensajes: 13234
- Registrado: Jue 28 Ene 2010 12:12 am
- Ubicación: Matrix.
Normativa sobre indemnizacion a testigos
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
-
Invitado
Normativa de indemnizacion en civil
Hola,
Si alguien ha puesto un Decreto (o hasta ahora Auto) de dónde ha obtenido los datos para cuantificar la indemnización. Me refiero a si existe un baremo o cada Juzgado (ahora Secretario) tiene libertad para fijar el importe, pues el texto del art 375-2 Lec "
2. El importe de la indemnización lo fijará el Secretario judicial mediante decreto, que tendrá en cuenta los datos y circunstancias que se hubiesen aportado." es poco clarificador.
Agradezco cualquier aportación
Si alguien ha puesto un Decreto (o hasta ahora Auto) de dónde ha obtenido los datos para cuantificar la indemnización. Me refiero a si existe un baremo o cada Juzgado (ahora Secretario) tiene libertad para fijar el importe, pues el texto del art 375-2 Lec "
2. El importe de la indemnización lo fijará el Secretario judicial mediante decreto, que tendrá en cuenta los datos y circunstancias que se hubiesen aportado." es poco clarificador.
Agradezco cualquier aportación
-
Invitado
En cuanto a modelos y formularios, al menos en Aragón están colgados en la página de la DGA. En otras CCAA no lo sé.
Respecto a baremos, puedes atender a lo que la Administración paga a sus funcionarios (es decir, a tí y a mí) por desplazamientos, dietas, etc. No hay por qué aplicarlo automáticamente, pero es una buena orientación: los particulares siempre tienden a decir que por un día de trabajo han perdido 300 euros o así ( o sea que todos ganan de 6000 € p'arriba)
Respecto a baremos, puedes atender a lo que la Administración paga a sus funcionarios (es decir, a tí y a mí) por desplazamientos, dietas, etc. No hay por qué aplicarlo automáticamente, pero es una buena orientación: los particulares siempre tienden a decir que por un día de trabajo han perdido 300 euros o así ( o sea que todos ganan de 6000 € p'arriba)
- Terminatrix
- Moderador
- Mensajes: 13234
- Registrado: Jue 28 Ene 2010 12:12 am
- Ubicación: Matrix.
Echa un vistazo aquí 
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
yo si no me aportan algo para acrediar el gasto causado (como un ticket de gasolina o billete de bus ...) no lo incluyo, pues no justifica los gastos que reclama
en cuanto a lo del trabajo, conforme al art. 37 LET estamos en un supuesto de suspensión si reducción del salario, o sea, que si no me justifica que la empresa le ha restado el día, no hay ninguna indemnización
vamos, eso es lo que hago de momento, salvo que alguien me oriente en otro sentido, o recurran, que de momento no se ha dado el caso...
Creo que siempre debe haber alguna justificación documental, y no simples manifestaciones...
en cuanto a lo del trabajo, conforme al art. 37 LET estamos en un supuesto de suspensión si reducción del salario, o sea, que si no me justifica que la empresa le ha restado el día, no hay ninguna indemnización
vamos, eso es lo que hago de momento, salvo que alguien me oriente en otro sentido, o recurran, que de momento no se ha dado el caso...
Creo que siempre debe haber alguna justificación documental, y no simples manifestaciones...
puse uno el viernes, era de un arquitecto y aportaba tickets de autopista, taxi, parking, comida....y además normativa de su propio colegio sobre indemnización por horas de trabajo fuera de su oficina, y también por horas dejadas de trabajar....le puse todo lo que pedía porqué me pareció bien justificado......