A LOS SECRETARIOS JUDICIALES ¡ojo! vale la pena . El Adm.
Moderadores: Terminatrix, Top Secre
A LOS SECRETARIOS JUDICIALES ¡ojo! vale la pena . El Adm.
AL SECRETARIO JUDICIAL DE
D………….., con D.N.I. nº………, funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, con destino en este órgano judicial, ante Vd. comparezco y EXPONGO:
1.- Con fecha 26-12-03 se publicó en el B.O.E. la L.O. 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Esta ley entró en vigor el 15-01-04. Entre otras materias, esta ley ha supuesto una gran reforma del estatuto jurídico de los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, creándose nuevos cuerpos y escalas en los que nos integramos los funcionarios. Además, y como expone de forma clara la Exposición de Motivos de la L.O. 19/2003, se han delimitado de manera minuciosa las funciones del personal al servicio de la administración de justicia.
2.- En concreto y respecto al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, el art. 476 L.O.P.J. establece:
“Corresponde al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, colaborar en la actividad procesal de nivel superior, así como la realización de tareas procesales propias.
Con carácter general y bajo el principio de jerarquía, y sin perjuicio de las funciones concretas del puesto de trabajo que desempeñen, le corresponde:
a) Gestionar la tramitación de los procedimientos, de la que se dará cuenta al Secretario Judicial, en particular cuando determinados aspectos exijan una interpretación de Ley o de normas procesales, sin perjuicio de informar al titular del órgano judicial cuando fuera requerido para ello.
b) Practicar y firmar las comparecencias que efectúen las partes en relación con los procedimientos que se sigan en el órgano judicial, respecto a las cuales tendrá capacidad de certificación.
c) Documentar los embargos, lanzamientos y demás actos cuya naturaleza lo requiera, con el carácter y representación que le atribuyan las leyes, salvo que el secretario judicial considere necesaria su intervención.
d) Extender las notas que tengan por objeto unir al procedimiento datos o elementos que no constituyan prueba en el mismo, a fin de garantizar su debida constancia y posterior tramitación, dando cuenta de ello, a tal efecto, a la autoridad superior, así como elaborar notas, que podrán ser de referencia, de resumen de los autos y de examen del trámite a que se refieran.
e) Realizar las tareas de registro, recepción y distribución de escritos y documentos, relativos a asuntos que se estuvieran tramitando en Juzgados y Tribunales.
f) Expedir, con conocimiento del secretario judicial, y a costa del interesado, copias simples de escritos y documentos que consten en autos no declarados secretos ni reservados.
g) Ocupar, de acuerdo con lo establecido en las relaciones de puestos de trabajo, las jefaturas en que se estructuran las unidades de apoyo directo y servicios comunes procesales, en las que, sin perjuicio de las funciones asignadas al puesto concreto, se gestionarán la distribución de las tareas del personal, respondiendo del desarrollo de las mismas.
h) Colaborar con los órganos competentes en materia de gestión administrativa, desempeñando funciones relativas a la gestión del personal y medios materiales de la unidad de la Oficina judicial en que se presten los servicios, siempre que dichas funciones estén contempladas expresamente en la descripción que la relación de puestos de trabajo efectúe del puesto de trabajo.
i) Desempeñar la Secretaría de la Oficina judicial de las Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz, de Juzgados de Paz de más de 7.000 habitantes y de Juzgados de Paz de menos de 7.000 habitantes en los que la carga de trabajo justifique su establecimiento, así como los restantes puestos de trabajo de los citados centros de destino adscritos al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, todo ello de conformidad con lo que se determine en las correspondientes relaciones de puestos de trabajo, así como desempeñar puestos de las unidades administrativas, cuando las relaciones de puestos de trabajo de las citadas unidades así lo establezcan, siempre que se reúnan los requisitos de conocimiento y preparación exigidos para su desempeño.
j) Su posibilidad de nombramiento como secretarios sustitutos, siempre que se reúnan los requisitos de titulación y demás exigidos, y conforme al procedimiento que reglamentariamente se establezca, percibiendo sus retribuciones conforme a lo dispuesto en el artículo 447.5 para secretarios sustitutos no profesionales.
k) La realización de todas aquellas funciones que legal o reglamentariamente se establezcan y de cualesquiera otras funciones de naturaleza análoga a las anteriores que, inherentes al puesto de trabajo que se desempeñe, sean encomendadas por los superiores jerárquicos, orgánicos o funcionales, en el ejercicio de sus competencias.”
3.- Con fecha 14-12-04 se publicó en el B.O.E. la Orden del Ministerio de Justicia 4081/2004, de 10 de noviembre, por la que se hace pública la relación definitiva de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, integrados en el Cuerpos y Escalas creados por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, donde se establece que la integración tendrá efectos desde el día 1 de enero de 2004. En el anexo de dicha Orden se me integra en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.
4.- Por su parte, el art. 495-1 L.O.P.J. enumera los derechos profesionales de los funcionarios de carrera, reconociéndose en su letra a), entre otros derechos, el derecho “al desempeño efectivo de tareas o funciones propias de su cuerpo”.
5.- En la actualidad las tareas que tengo encomendadas no corresponden en exclusiva a las debo realizar como funcionario del Cuerpo de Gestión. Concretando las funciones que con carácter general se atribuyen al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, considero que en este órgano judicial corresponden a este Cuerpo:
- Gestionar la tramitación de los procedimientos: esto, implica, entre otras tareas, elaborar las resoluciones que no se ajusten a los modelos informáticos o bien aquellas que, aún ajustándose a algún modelo existente, éste deba modificarse sustancialmente para ajustarlo al procedimiento concreto. Pero, en ningún caso, corresponde al Cuerpo de Gestión la confección de resoluciones mediante la mera trascripción de los modelos informáticos, la obtención de copias ni la unión de los mismos a los expedientes.
- Practicar y firmar las comparecencias que efectúen las partes en relación con los procedimientos que se sigan en el órgano judicial. Estas comparecencias son aquellas en la que no debe intervenir la fe pública judicial, ya que esta se ejerce en exclusiva por los Secretarios Judiciales; en consecuencia, no se incluyen las comparecencias que, de conformidad con las normas procesales deban realizarse a presencia judicial.
- Documentar las diligencias de embargos.
- Extender las notas que tengan por objeto unir al procedimiento datos o elementos que no constituyan prueba en el mismo.
- Realizar las tareas de registro, recepción y distribución de escritos y documentos.
- Expedir copias simples de escritos y documentos que consten en autos.
Por todo lo expuesto, SOLICITO: que, en cumplimiento de las funciones de dirección, organización y gestión del personal en aspectos técnicos procesales que le encomienda el art. 454-1 L.O.P.J., reconozca mi derecho a realizar exclusivamente las funciones del Cuerpo al que pertenezco y, en consecuencia, a la mayor brevedad posible, adopte las medidas oportunas para la efectividad de ese derecho.
En ……………, a…………….
D………….., con D.N.I. nº………, funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, con destino en este órgano judicial, ante Vd. comparezco y EXPONGO:
1.- Con fecha 26-12-03 se publicó en el B.O.E. la L.O. 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Esta ley entró en vigor el 15-01-04. Entre otras materias, esta ley ha supuesto una gran reforma del estatuto jurídico de los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, creándose nuevos cuerpos y escalas en los que nos integramos los funcionarios. Además, y como expone de forma clara la Exposición de Motivos de la L.O. 19/2003, se han delimitado de manera minuciosa las funciones del personal al servicio de la administración de justicia.
2.- En concreto y respecto al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, el art. 476 L.O.P.J. establece:
“Corresponde al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, colaborar en la actividad procesal de nivel superior, así como la realización de tareas procesales propias.
Con carácter general y bajo el principio de jerarquía, y sin perjuicio de las funciones concretas del puesto de trabajo que desempeñen, le corresponde:
a) Gestionar la tramitación de los procedimientos, de la que se dará cuenta al Secretario Judicial, en particular cuando determinados aspectos exijan una interpretación de Ley o de normas procesales, sin perjuicio de informar al titular del órgano judicial cuando fuera requerido para ello.
b) Practicar y firmar las comparecencias que efectúen las partes en relación con los procedimientos que se sigan en el órgano judicial, respecto a las cuales tendrá capacidad de certificación.
c) Documentar los embargos, lanzamientos y demás actos cuya naturaleza lo requiera, con el carácter y representación que le atribuyan las leyes, salvo que el secretario judicial considere necesaria su intervención.
d) Extender las notas que tengan por objeto unir al procedimiento datos o elementos que no constituyan prueba en el mismo, a fin de garantizar su debida constancia y posterior tramitación, dando cuenta de ello, a tal efecto, a la autoridad superior, así como elaborar notas, que podrán ser de referencia, de resumen de los autos y de examen del trámite a que se refieran.
e) Realizar las tareas de registro, recepción y distribución de escritos y documentos, relativos a asuntos que se estuvieran tramitando en Juzgados y Tribunales.
f) Expedir, con conocimiento del secretario judicial, y a costa del interesado, copias simples de escritos y documentos que consten en autos no declarados secretos ni reservados.
g) Ocupar, de acuerdo con lo establecido en las relaciones de puestos de trabajo, las jefaturas en que se estructuran las unidades de apoyo directo y servicios comunes procesales, en las que, sin perjuicio de las funciones asignadas al puesto concreto, se gestionarán la distribución de las tareas del personal, respondiendo del desarrollo de las mismas.
h) Colaborar con los órganos competentes en materia de gestión administrativa, desempeñando funciones relativas a la gestión del personal y medios materiales de la unidad de la Oficina judicial en que se presten los servicios, siempre que dichas funciones estén contempladas expresamente en la descripción que la relación de puestos de trabajo efectúe del puesto de trabajo.
i) Desempeñar la Secretaría de la Oficina judicial de las Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz, de Juzgados de Paz de más de 7.000 habitantes y de Juzgados de Paz de menos de 7.000 habitantes en los que la carga de trabajo justifique su establecimiento, así como los restantes puestos de trabajo de los citados centros de destino adscritos al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, todo ello de conformidad con lo que se determine en las correspondientes relaciones de puestos de trabajo, así como desempeñar puestos de las unidades administrativas, cuando las relaciones de puestos de trabajo de las citadas unidades así lo establezcan, siempre que se reúnan los requisitos de conocimiento y preparación exigidos para su desempeño.
j) Su posibilidad de nombramiento como secretarios sustitutos, siempre que se reúnan los requisitos de titulación y demás exigidos, y conforme al procedimiento que reglamentariamente se establezca, percibiendo sus retribuciones conforme a lo dispuesto en el artículo 447.5 para secretarios sustitutos no profesionales.
k) La realización de todas aquellas funciones que legal o reglamentariamente se establezcan y de cualesquiera otras funciones de naturaleza análoga a las anteriores que, inherentes al puesto de trabajo que se desempeñe, sean encomendadas por los superiores jerárquicos, orgánicos o funcionales, en el ejercicio de sus competencias.”
3.- Con fecha 14-12-04 se publicó en el B.O.E. la Orden del Ministerio de Justicia 4081/2004, de 10 de noviembre, por la que se hace pública la relación definitiva de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, integrados en el Cuerpos y Escalas creados por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, donde se establece que la integración tendrá efectos desde el día 1 de enero de 2004. En el anexo de dicha Orden se me integra en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.
4.- Por su parte, el art. 495-1 L.O.P.J. enumera los derechos profesionales de los funcionarios de carrera, reconociéndose en su letra a), entre otros derechos, el derecho “al desempeño efectivo de tareas o funciones propias de su cuerpo”.
5.- En la actualidad las tareas que tengo encomendadas no corresponden en exclusiva a las debo realizar como funcionario del Cuerpo de Gestión. Concretando las funciones que con carácter general se atribuyen al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, considero que en este órgano judicial corresponden a este Cuerpo:
- Gestionar la tramitación de los procedimientos: esto, implica, entre otras tareas, elaborar las resoluciones que no se ajusten a los modelos informáticos o bien aquellas que, aún ajustándose a algún modelo existente, éste deba modificarse sustancialmente para ajustarlo al procedimiento concreto. Pero, en ningún caso, corresponde al Cuerpo de Gestión la confección de resoluciones mediante la mera trascripción de los modelos informáticos, la obtención de copias ni la unión de los mismos a los expedientes.
- Practicar y firmar las comparecencias que efectúen las partes en relación con los procedimientos que se sigan en el órgano judicial. Estas comparecencias son aquellas en la que no debe intervenir la fe pública judicial, ya que esta se ejerce en exclusiva por los Secretarios Judiciales; en consecuencia, no se incluyen las comparecencias que, de conformidad con las normas procesales deban realizarse a presencia judicial.
- Documentar las diligencias de embargos.
- Extender las notas que tengan por objeto unir al procedimiento datos o elementos que no constituyan prueba en el mismo.
- Realizar las tareas de registro, recepción y distribución de escritos y documentos.
- Expedir copias simples de escritos y documentos que consten en autos.
Por todo lo expuesto, SOLICITO: que, en cumplimiento de las funciones de dirección, organización y gestión del personal en aspectos técnicos procesales que le encomienda el art. 454-1 L.O.P.J., reconozca mi derecho a realizar exclusivamente las funciones del Cuerpo al que pertenezco y, en consecuencia, a la mayor brevedad posible, adopte las medidas oportunas para la efectividad de ese derecho.
En ……………, a…………….
- Magistrado Granollers
- Mensajes: 2184
- Registrado: Mié 07 Abr 2004 6:53 pm
Para Invitado. GESTION
Para mí como si quieres hacer la limpieza del Juzgado.
Que hombre tan hacendoso.
Una Secre.
Que hombre tan hacendoso.
Una Secre.
Ya ves, tres respuestas de secretarios (o supuestos secretarios) de total desprecio. Supongo que es una minoría. En fin, sólo os digo a los que han respondido que queremos los mismo que vosotros: cumplir con nuestras funciones (y no con otras), aquellas para las que hemos estudiado en la oposición y las que se nos atribuye por ley. Y mucha culpa la tienen los secretarios, los directores de la oficina judicial, los encargados de distribuir el trabajo entre sus funcionarios. Muchos prefieren no implicarse en la distribución que se hace, como si fueran ajenos a lo que ocurre, y eso conlleva injusticias. Los auxiliares hacen labores de oficiales, los oficiales de auxiliares, lo agentes de auxiliares. Los más listos se hacen vagos y cargan a los que más trabajan de trabajo. Y no, ahí no está el secretario para que cada uno cumpla su función. En fin, yo quería un jefe fuerte y justo y hasta ahora me he encontrado con secretarios que prefieren no implicarse y dejan que la faena se reparta como se pueda. Y otra gran verdad, el que más trabaja, más trabajo le dan. Y a los secretarios ¿qué más les da?
Hablo de lo poco que he visto, y espero que no sea así en otros juzgados
Hablo de lo poco que he visto, y espero que no sea así en otros juzgados

Para el niño :
Es lo que dices... "y cualesquiera otras que sean inherentes al puesto de trabajo que ocupen". Es evidente que se refiere a tareas que no son las definidas en el artículo que copias, porque como bien sabes las normas jurídicas deben interpretarse para que produzcan efecto, y sicomo tu interpretas no se refieren a otras tareas distintas de las tipificadas, la redacción de las frase sería superflua. Y debemos suponer que no lo es. ¿ No te parece?.
Pero es que además esas funciones que con tanta sabiduría has expuesto en este foro lo son " con carácter general y sin perjuicio del principio de jerarquía". Yo soy Secretario judicial y cumplo las ordenes de los que me son jerarquicamente superiores y si no estoy de acuerdo las recurro en alzada ( Hay una jeraquía entre Secretarios) pero no se me ocurre protestar sin hacer absolutamente nada. O recurro o no digo nada. Si el Secretario te da órdenes que van contra la ley tu sabes que él tiene superiores ( el Secre de la Sala de Gobierno) recurre hombre, que no te va a pasar nada. Hasta ahora aparte de protestar y decir chorrradas que yo sepa nadie ha ganado un recurso ¿ por qué crees que será?
Claro porque os tienen manía.....
Es lo que dices... "y cualesquiera otras que sean inherentes al puesto de trabajo que ocupen". Es evidente que se refiere a tareas que no son las definidas en el artículo que copias, porque como bien sabes las normas jurídicas deben interpretarse para que produzcan efecto, y sicomo tu interpretas no se refieren a otras tareas distintas de las tipificadas, la redacción de las frase sería superflua. Y debemos suponer que no lo es. ¿ No te parece?.
Pero es que además esas funciones que con tanta sabiduría has expuesto en este foro lo son " con carácter general y sin perjuicio del principio de jerarquía". Yo soy Secretario judicial y cumplo las ordenes de los que me son jerarquicamente superiores y si no estoy de acuerdo las recurro en alzada ( Hay una jeraquía entre Secretarios) pero no se me ocurre protestar sin hacer absolutamente nada. O recurro o no digo nada. Si el Secretario te da órdenes que van contra la ley tu sabes que él tiene superiores ( el Secre de la Sala de Gobierno) recurre hombre, que no te va a pasar nada. Hasta ahora aparte de protestar y decir chorrradas que yo sepa nadie ha ganado un recurso ¿ por qué crees que será?
Claro porque os tienen manía.....
Killer, has querido leer cosas que no están escritas (eso suele pasar cuando tienes una idea preconcebida de lo que quería decir y respondes sin leer lo escrito).
"Es evidente que se refiere a tareas que no son las definidas en el artículo que copias". No copio ningún artículo. Y las funciones a las que me refiero son EN GENERAL las INHERENTES a mi puesto de trabajo (y por tanto, no las inherentes a las del cuerpo de auxiliares, ni a las de agente). ¿He dicho que yo en algún sitio que sean numerus clausus?
No recurro porque no se trata de un problema INDIVIDUALIZADO sino un problema generalizado en la administración en la que se confunden todas las funciones de los cuerpos, sin tener en cuenta la formación de cada uno. Si quieres leer más sobre el tema, está la introducción a la nueva oficina judicial que habla de este tema. Y es uno de los males con los que se quiere acabar. Visto lo visto tu no nos vas ayudar.
"Hasta ahora aparte de protestar y decir chorrradas que yo sepa nadie ha ganado un recurso ¿ por qué crees que será?
Claro porque os tienen manía....." Sin comentarios. Tu mismo te pones en evidencia. Sólo aconsejarte que te leas el subforo "la condición humana" y quizás aprendes algo más de ti mismo.
"Es evidente que se refiere a tareas que no son las definidas en el artículo que copias". No copio ningún artículo. Y las funciones a las que me refiero son EN GENERAL las INHERENTES a mi puesto de trabajo (y por tanto, no las inherentes a las del cuerpo de auxiliares, ni a las de agente). ¿He dicho que yo en algún sitio que sean numerus clausus?
No recurro porque no se trata de un problema INDIVIDUALIZADO sino un problema generalizado en la administración en la que se confunden todas las funciones de los cuerpos, sin tener en cuenta la formación de cada uno. Si quieres leer más sobre el tema, está la introducción a la nueva oficina judicial que habla de este tema. Y es uno de los males con los que se quiere acabar. Visto lo visto tu no nos vas ayudar.
"Hasta ahora aparte de protestar y decir chorrradas que yo sepa nadie ha ganado un recurso ¿ por qué crees que será?
Claro porque os tienen manía....." Sin comentarios. Tu mismo te pones en evidencia. Sólo aconsejarte que te leas el subforo "la condición humana" y quizás aprendes algo más de ti mismo.
a los secretarios judiciales
que te han contestado ?( supongo que lo habras presentado en alguna oficina o ante alguien)
saludos
saludos
- Magistrado Granollers
- Mensajes: 2184
- Registrado: Mié 07 Abr 2004 6:53 pm
En mi actual Juzgado existe una buena organización, casi la mas cercana a lo que debría haber sido en todas partes. Cada uno de los dos oficiales tiene a su cargo y gestiona (Aconseja, dirige, resuelve dudas, etc. ) a dos auxiliares, y los tres forman sección. Pero todos registran. Si sólo los dos oficiales del Juzgado registraran, no harían otra cosa en todo el día, y desde luego no cumplirían con las demás funciones que ahora se reclaman en este mensaje.e) Realizar las tareas de registro....
TODOS los que trabajamos en esto somos vícitimas de la arraigada costumbre existente en España de jugar a las ficciones. Empieza por la ficción de que el Juez puede "dictar" en persona todas las resoluciones, y acaba por la de que el Agente dispone de Taxi diario y a todas horas para llevar a cabo las diligencias fuera del Juzgado.
Ya sé que cuanto mas arriba de esa pirámide, mas se abusa de la posibilidad de "endosar", y no quiero reabrir ese tema, del que ya conoceis mi opinión. Pero quiero aprovechar este post para resaltar por enésima vez -y ese es uno de los motivos principales por los que sigo por aquí- que mas allá de lo que día a día se hace en el Juzgado, nuestro enemigo común está fuera de nuestra oficina. No es cuestión de quién sufre más las consecuencias, sino de que sólo cuando reconozcamos el origen del problema habremos puesto la primera piedra de la solución.
Yo también podría mandar una cartita al CGPJ diciendo que quiero en el Juzgado que no entre ni una demanda mas de las que dice el módulo de entrada (Que ya es alto), ni pienso poner una resolución mas que las que sea el 100% del de salida. Y los Secretarios, ni te cuento las que podrían escribir...
Pero mientras nos empeñemos en mandarnos las cartitas unos a otros y no a quien procede, aquí todo seguirá igual.
Saludos
Yo no he escrito el primer mensaje, con el que por cierto, estoy de acuerdo con el contenido pero no en la forma. Creo que te tienes que hacer valer día a día, demostrando que eres capaz, asumiendo cada vez más responsabilidades, y teniendo en cuenta que cada oficina judicial es un mundo.
Así que creo que la forma de protestar no es haciendo un escrito al secretario, sino hablar del tema, discutir y buscar dónde está el problema. Y al igual que yo reconozco las injusticias que se cometen con los demás cuerpos (desde el juez hasta el agente) quiero se me reconozca a mi también "mis injusticias". No hago responsable a nadie (aunque me ha hecho mucha gracia que haya cuatro respuestas tan violentas de secretarios...
)
Así que creo que la forma de protestar no es haciendo un escrito al secretario, sino hablar del tema, discutir y buscar dónde está el problema. Y al igual que yo reconozco las injusticias que se cometen con los demás cuerpos (desde el juez hasta el agente) quiero se me reconozca a mi también "mis injusticias". No hago responsable a nadie (aunque me ha hecho mucha gracia que haya cuatro respuestas tan violentas de secretarios...

- Carlos Valiña
- Mensajes: 7206
- Registrado: Mié 05 Nov 2003 2:49 pm
- Ubicación: Santander
- Contactar:
Hola a todos.
Por encima de algunos dimes y diretes, (la forma de plantear el tema como instancia habra animado a mas de uno, el tema que se plantea aqui es de los importantes.
Mi impresion esta muy cerca de la de Magistrado Granollers, es decir, lo importante es no pelear entre nosotros cuando el problema viene de fuera, y lo importante es comprender que lo esencial son los elementos humanos que conforman el equipo, si son buenos profesionales y personas decentes, en realidad casi da lo mismo cual sea el sistema que se utilice, con todos ellos se alcanza el objetivo.
El problema es cuando la mezcla no es homogenea, porque hay decentes e indecentes, utiles e inutiles, tontos, listos y listillos, aprovechados y aprovechables y un largo etcetera, o simplemente la gran mayoria es nefasta.
En esos casos una de las pocas armas que quedan son los reglamentos, pero los reglamentos hay que saber interpretarlos y nunca puede hacerse esto de forma que el organo no funcione.
Yo lo sintetizaria asi:
Hay funciones que son de determinados funcionarios.
Hay funciones que no son de ninguno y alguno/s ha de hacerlas por las clausulas analogicas, (que los Sindicatos intentaron quitar y al final las metieron otra vez para impedir paralisis en los organos).
Hay funciones que son de determinados funcionarios y en caso de ausencia de estos pasan a los demas.
En un Juzgado que conozco bien los Gestores pidieron por escrito una distribucion del trabajo conforme a la legislacion. Al dia siguiente les contestaron que si, tambien por escrito.
No siempre es necesario recurrir, a veces basta con pedir, pero el problema, como se ha esbozado, esta luego en asumir lo que se ha pedido y no siempre se esta a la altura de los propios actos.
Saludos.
Por encima de algunos dimes y diretes, (la forma de plantear el tema como instancia habra animado a mas de uno, el tema que se plantea aqui es de los importantes.
Mi impresion esta muy cerca de la de Magistrado Granollers, es decir, lo importante es no pelear entre nosotros cuando el problema viene de fuera, y lo importante es comprender que lo esencial son los elementos humanos que conforman el equipo, si son buenos profesionales y personas decentes, en realidad casi da lo mismo cual sea el sistema que se utilice, con todos ellos se alcanza el objetivo.
El problema es cuando la mezcla no es homogenea, porque hay decentes e indecentes, utiles e inutiles, tontos, listos y listillos, aprovechados y aprovechables y un largo etcetera, o simplemente la gran mayoria es nefasta.
En esos casos una de las pocas armas que quedan son los reglamentos, pero los reglamentos hay que saber interpretarlos y nunca puede hacerse esto de forma que el organo no funcione.
Yo lo sintetizaria asi:
Hay funciones que son de determinados funcionarios.
Hay funciones que no son de ninguno y alguno/s ha de hacerlas por las clausulas analogicas, (que los Sindicatos intentaron quitar y al final las metieron otra vez para impedir paralisis en los organos).
Hay funciones que son de determinados funcionarios y en caso de ausencia de estos pasan a los demas.
En un Juzgado que conozco bien los Gestores pidieron por escrito una distribucion del trabajo conforme a la legislacion. Al dia siguiente les contestaron que si, tambien por escrito.
No siempre es necesario recurrir, a veces basta con pedir, pero el problema, como se ha esbozado, esta luego en asumir lo que se ha pedido y no siempre se esta a la altura de los propios actos.
Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com
JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com
JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
.."el problema, como se ha esbozado, esta luego en asumir lo que se ha pedido y no siempre se esta a la altura de los propios actos. "
Supongo que haces una alusión directa al cuerpo de oficiales (por el tema que se está tratando). Y tienes razón, en este cuerpo hay muchos que no estarían dispuestos a asumir esta responsabilidad (por comodidad, falta de responsabilidad, falta de capacidad, y sobretodo los funcionarios más antiguos). Pero la fisionomía de este cuerpo está cambiando. Somos muchos los recién licenciados en derecho, que hemos optado por estas oposiciones que sólo exigen conocimientos procesales (aparte de las evidentes dificultades de una oposición como secretarios/jueces) y que hemos entrado con muchas ganas de trabajar y de hacerlo bien. Son a esa generación a la que me refiero. Los que están dispuestos y son muy capaces de asumir las funciones que se les atribuye y no reducirlos a un "auxiliar con un número más". Un oficial no es un auxiliar con más cantidad, sino capaz de ayudar en las pequeñas dudas procesales, gestionar los procedimientos, vigilar plazos procesales, y todo ello con la superior dirección del secretario.
Y de esa "nueva generación" que estoy hablando se refleja en la propuesta de oficina judicial en la que se hace referencia a "puestos de trabajo para el cuerpo de gestión procesal" con licenciatura en derecho. Y no se trata de quitar el puesto nadie, ni de asumir funciones de los secretarios (como se apuntaba más arriba), porque creo que en la oficina son necesarios todos y cada uno de los que lo componen.
Saludos...
Supongo que haces una alusión directa al cuerpo de oficiales (por el tema que se está tratando). Y tienes razón, en este cuerpo hay muchos que no estarían dispuestos a asumir esta responsabilidad (por comodidad, falta de responsabilidad, falta de capacidad, y sobretodo los funcionarios más antiguos). Pero la fisionomía de este cuerpo está cambiando. Somos muchos los recién licenciados en derecho, que hemos optado por estas oposiciones que sólo exigen conocimientos procesales (aparte de las evidentes dificultades de una oposición como secretarios/jueces) y que hemos entrado con muchas ganas de trabajar y de hacerlo bien. Son a esa generación a la que me refiero. Los que están dispuestos y son muy capaces de asumir las funciones que se les atribuye y no reducirlos a un "auxiliar con un número más". Un oficial no es un auxiliar con más cantidad, sino capaz de ayudar en las pequeñas dudas procesales, gestionar los procedimientos, vigilar plazos procesales, y todo ello con la superior dirección del secretario.
Y de esa "nueva generación" que estoy hablando se refleja en la propuesta de oficina judicial en la que se hace referencia a "puestos de trabajo para el cuerpo de gestión procesal" con licenciatura en derecho. Y no se trata de quitar el puesto nadie, ni de asumir funciones de los secretarios (como se apuntaba más arriba), porque creo que en la oficina son necesarios todos y cada uno de los que lo componen.
Saludos...
- Carlos Valiña
- Mensajes: 7206
- Registrado: Mié 05 Nov 2003 2:49 pm
- Ubicación: Santander
- Contactar:
Por encima de los dimes y diretes a que se presta el caso, me quedo con la valiente intervencion del Gestor que habla de una nueva generacion.
Por mi parte le dire que no creo mucho en que haya generaciones mejores que otras, de hecho en las colegios de los romanos, ya habia gente que hacia novillos, que copiaba, etc. La gente es basicamente la misma.
Lo que si creo es en los individuos, al menos en algunos concretos. Pues bien cuando la gente es persona y esta por la labor, da igual cual sea su cuerpo de procedencia, hay un sitio para el y siempre aportan. Estos siempre tienen una mision que hacer.
Lo malo son los otros, que ni tienen mision, ni muchas veces aceptan que alguien desempeñe a su lado mision alguna, porque les deja en evidencia o porque les oscurece.
Solo queda que cada uno de los primeros luche por hacer bien su parte y gestores como este a buen seguro lo van a hacer.
Saludos.
Por mi parte le dire que no creo mucho en que haya generaciones mejores que otras, de hecho en las colegios de los romanos, ya habia gente que hacia novillos, que copiaba, etc. La gente es basicamente la misma.
Lo que si creo es en los individuos, al menos en algunos concretos. Pues bien cuando la gente es persona y esta por la labor, da igual cual sea su cuerpo de procedencia, hay un sitio para el y siempre aportan. Estos siempre tienen una mision que hacer.
Lo malo son los otros, que ni tienen mision, ni muchas veces aceptan que alguien desempeñe a su lado mision alguna, porque les deja en evidencia o porque les oscurece.
Solo queda que cada uno de los primeros luche por hacer bien su parte y gestores como este a buen seguro lo van a hacer.
Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com
JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com
JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
Hola a todos,
Muchas veces al leer este tipo de respuestas me parece que el juzgado donde yo estoy es de otro planeta. Se parte de la base del reconocimiento de las funciones de cada uno, el agente, los auxiliare, los oficiales, yo el secretario y el juez, cada uno hace su funcion, dentro de una mas o menos delimitacion, si bien a veces la cordinacion y la buena marcha hace que se mezclen algunas funciones, pero no se da por hecho, se reconoce y agradece.
Todos somos como una gran familia y colaboramos en la marcha del juzgado, con respeto y dignidad, cada uno aguanta su vela y el trabajo sale.
Otra cosa es la desatencion que sufrimos de los poderes publicos que no solucionan la cantidad de entrada de trabajo, pero creo que todos estamos muy contentos.
un saludo,
Muchas veces al leer este tipo de respuestas me parece que el juzgado donde yo estoy es de otro planeta. Se parte de la base del reconocimiento de las funciones de cada uno, el agente, los auxiliare, los oficiales, yo el secretario y el juez, cada uno hace su funcion, dentro de una mas o menos delimitacion, si bien a veces la cordinacion y la buena marcha hace que se mezclen algunas funciones, pero no se da por hecho, se reconoce y agradece.
Todos somos como una gran familia y colaboramos en la marcha del juzgado, con respeto y dignidad, cada uno aguanta su vela y el trabajo sale.
Otra cosa es la desatencion que sufrimos de los poderes publicos que no solucionan la cantidad de entrada de trabajo, pero creo que todos estamos muy contentos.
un saludo,
Respuesta al niño: Tú ciertamente no has dicho que las funciones sean números clausus, pero el proponente del tema solicita del Secretario judicial su derecho a cumplir exclusivamente sus funciones . ¿ Cuales son estas si no estan cerradas?. Lo que un Gestor no puede hacer es lo que la Ley le da de manera esclusiva a otro como poner sentencias o tasar costas, pero lo demas entra de lleno en la colaboración de la función procesal atribuida a otro cuerpo y además de las funciones propias del cuerpo de gestión.
Eso es lo que dice la ley
Eso es lo que dice la ley
Al invitado-secretario: no hagas lo mismo que tu dices que te hacen a ti 
No digo que esta generación sea distinta, sino que está más preparada y capacitada para asumir las tareas que le atribuye la ley (por fortuna, o quizás por desgracia, hay muchos licenciados entre los funcionarios). Esto es un hecho, no una valoración subjetiva.
Y en conclusión, estoy de acuerdo con muchas de vuestras opiniones, es decir, que lo importante son las personas, las personas trabajadoras, y con ganas de ayudar.
Yo aterricé en un juzgado con una aversión total hacia los oficiales (aquellos funcionarios que hacen lo mismo que ellos pero que cobran más) y poco a poco he tenido que demostrar que no sólo tramito, que también puedo solucionar.
Y las personas que más dificultades me han puesto no han sido precisamente los superiores sino los auxiliares y agentes. Los secretarios y jueces que he tenido simplemente han consentido a los que llevan "toda la vida en el juzgado".
En fin, cada oficina es un mundo y creo que me queda mucho por ver aún.
Un placer leer vuestras respuestas.

No digo que esta generación sea distinta, sino que está más preparada y capacitada para asumir las tareas que le atribuye la ley (por fortuna, o quizás por desgracia, hay muchos licenciados entre los funcionarios). Esto es un hecho, no una valoración subjetiva.
Y en conclusión, estoy de acuerdo con muchas de vuestras opiniones, es decir, que lo importante son las personas, las personas trabajadoras, y con ganas de ayudar.
Yo aterricé en un juzgado con una aversión total hacia los oficiales (aquellos funcionarios que hacen lo mismo que ellos pero que cobran más) y poco a poco he tenido que demostrar que no sólo tramito, que también puedo solucionar.
Y las personas que más dificultades me han puesto no han sido precisamente los superiores sino los auxiliares y agentes. Los secretarios y jueces que he tenido simplemente han consentido a los que llevan "toda la vida en el juzgado".
En fin, cada oficina es un mundo y creo que me queda mucho por ver aún.
Un placer leer vuestras respuestas.
Manifestaciones en el juzgado.
No os preocupeis,aquí lo único claro,es que como en todas las administraciones,el lio ha comenzado,y alquien le interesa que sea así.Por algo sera,y no sabremos que intenciones tiene.
Una de las reglas básicas de cualquier burocracía es liarla,para que los de arriba del todo vivan bien,y los demás se maten por un mendrugo de pan.Asi tiene el cortijo tranquilo.
Yo he estado en un juzgado,en que cada uno hacía su trabajo,este salia,cada funcionario tenía claro su cometido,habia buen ambiente,nadíe abusada de nadie,no habia mal ambiente,y nos echabamos una mano cuando hacia falta.En definitiva cada uno tenia su papel,lo asumíua y adelante.
Y llego el incordio,en forma de sindicalista.Estuvo solo cuatro meses,hasta que se libero y dejo de trabajar.Por supuesto le pusieron una sustituta,en forma de auxiliar interina.
En los pocos meses que este sujeto estuvo alli ,yo me había peleado con el juez,este conmigo,el oficial con los auxiliares,estos con el oficial,este último conmigo,el agente con los auxiliares,y cada mañana había una bronca por algo.Acabamos no hablandonos unosa otros,otras se pusieron de baja por depresión,y cuando hubo concurso de traslado se fueron más de la mitad,y yo tiempo más tarde.
El sindicalista,en pocos años,es ahora secretario por el turno antiguo,el de la loteria.Y me consta que en su juzgado,estan hasta el moño de el.
Por ello,cuando alguien empiez así,presentandome instancias,y no hablando antes, me voy.Prefiero el dialogo.
Parto del principio,que yo presto mis servicios al ciudadano,como mejor puedo,que mi labor como secretario es que el juzagdo funcione,en llevarme bien con la gente que trabaja conmigo.
Pero esta claro,que como en toda la administracion,estoy sujeto a que aquí,dada la impunidad con que actuan algunos sujetos/as,no hay nada seguro.
Y mientras tanto por arriba del todo,a seguir viviendo bien.Pasa lo mismo que en la guerra.Los generales se salvan y de capitan para abajo muere en combate.
¿Que oscura intención tendra el Ministerio,provocando,y metiendonos por medio?.Estemos todos alerta y no perdamos los nervios.A fin de cuentas,el lio es entr el patrón,y sus suvencionados liberados.Los demas por medio,solo podemos recibir,y no medallas.
Una de las reglas básicas de cualquier burocracía es liarla,para que los de arriba del todo vivan bien,y los demás se maten por un mendrugo de pan.Asi tiene el cortijo tranquilo.
Yo he estado en un juzgado,en que cada uno hacía su trabajo,este salia,cada funcionario tenía claro su cometido,habia buen ambiente,nadíe abusada de nadie,no habia mal ambiente,y nos echabamos una mano cuando hacia falta.En definitiva cada uno tenia su papel,lo asumíua y adelante.
Y llego el incordio,en forma de sindicalista.Estuvo solo cuatro meses,hasta que se libero y dejo de trabajar.Por supuesto le pusieron una sustituta,en forma de auxiliar interina.
En los pocos meses que este sujeto estuvo alli ,yo me había peleado con el juez,este conmigo,el oficial con los auxiliares,estos con el oficial,este último conmigo,el agente con los auxiliares,y cada mañana había una bronca por algo.Acabamos no hablandonos unosa otros,otras se pusieron de baja por depresión,y cuando hubo concurso de traslado se fueron más de la mitad,y yo tiempo más tarde.
El sindicalista,en pocos años,es ahora secretario por el turno antiguo,el de la loteria.Y me consta que en su juzgado,estan hasta el moño de el.
Por ello,cuando alguien empiez así,presentandome instancias,y no hablando antes, me voy.Prefiero el dialogo.
Parto del principio,que yo presto mis servicios al ciudadano,como mejor puedo,que mi labor como secretario es que el juzagdo funcione,en llevarme bien con la gente que trabaja conmigo.
Pero esta claro,que como en toda la administracion,estoy sujeto a que aquí,dada la impunidad con que actuan algunos sujetos/as,no hay nada seguro.
Y mientras tanto por arriba del todo,a seguir viviendo bien.Pasa lo mismo que en la guerra.Los generales se salvan y de capitan para abajo muere en combate.
¿Que oscura intención tendra el Ministerio,provocando,y metiendonos por medio?.Estemos todos alerta y no perdamos los nervios.A fin de cuentas,el lio es entr el patrón,y sus suvencionados liberados.Los demas por medio,solo podemos recibir,y no medallas.
Gestor (un cuerpo pisoteado)

Gestor , Hijo, tenéis tanta razón. Yo soy Oficial , licenciada en derecho y llevo muchos años en Justicia. Los secretarios que responden con tonterías a verdades como puños, lo que hacen es ponerse en evidencia. La realidad de todos los örganos judiciales en los que he trabajado , salvo una excepción, es que el Oficial es un Auxiliar pero que además como gana dos duros más , se le debe hundir con más trabajo para que pague con creces el pertenecer a su "Cuerpo·". Esto no es justo, somos profesionales preparados, con una oposición dura , y poco a poco nos van quitando la ilusión con la que entramos. Ahora mismo ya se ven los problemas que se avecinan para modificar la oficina Judicial, calro los secretarios prefieren que todos formemos parte de una masa que saque trabajo como sea , aunque el Oficial pase sentencias , transcriba pruebas , se haga mil fotocopias , ayude procesalmetne a sus compañeros, salga a todos los embargos, practique todas las notificaciones , redacte y asista a todas las comparecencias, (y luego las firme otro), y además no cuente con la consideración de nadie (queda claro en este foro) , ni de secretarios, Jueces ni los compañeros, que no quieren que el oficial realice funciones distintas, para que ellos nos e sientan mal por haber preparado una oposición cuyas funciones no les gustan. esto es el día a día de todos los órganos judiciales, y sólo deseo y espero que con la reforma cada uno esté en el sitio que buscó. Yo no queiro ocupar el puesto de Secretario , para eso me estoy preparando las oposiciones , y además respeto a este cuerpo así como al de Jueces, porque sé el esfuerzo que requiere su oposición; pero creo que ellos deberían respetar nuestro lugar, el que legalmente nos corresponde . Todo esto, Carlos Valiña, independientemente de que todos seamos seres humanos, buenas personas, seres de buena fe, y etc etc etc, con todo se da por supuesto , pero no tiene nada que ver con las reivindacaciones profesionales .
Gestor (un cuerpo pisoteado)

Gestor , Hijo, tenéis tanta razón. Yo soy Oficial , licenciada en derecho y llevo muchos años en Justicia. Los secretarios que responden con tonterías a verdades como puños, lo que hacen es ponerse en evidencia. La realidad de todos los örganos judiciales en los que he trabajado , salvo una excepción, es que el Oficial es un Auxiliar pero que además como gana dos duros más , se le debe hundir con más trabajo para que pague con creces el pertenecer a su "Cuerpo·". Esto no es justo, somos profesionales preparados, con una oposición dura , y poco a poco nos van quitando la ilusión con la que entramos. Ahora mismo ya se ven los problemas que se avecinan para modificar la oficina Judicial, calro los secretarios prefieren que todos formemos parte de una masa que saque trabajo como sea , aunque el Oficial pase sentencias , transcriba pruebas , se haga mil fotocopias , ayude procesalmetne a sus compañeros, salga a todos los embargos, practique todas las notificaciones , redacte y asista a todas las comparecencias, (y luego las firme otro), y además no cuente con la consideración de nadie (queda claro en este foro) , ni de secretarios, Jueces ni los compañeros, que no quieren que el oficial realice funciones distintas, para que ellos nos e sientan mal por haber preparado una oposición cuyas funciones no les gustan. esto es el día a día de todos los órganos judiciales, y sólo deseo y espero que con la reforma cada uno esté en el sitio que buscó. Yo no queiro ocupar el puesto de Secretario , para eso me estoy preparando las oposiciones , y además respeto a este cuerpo así como al de Jueces, porque sé el esfuerzo que requiere su oposición; pero creo que ellos deberían respetar nuestro lugar, el que legalmente nos corresponde . Todo esto, Carlos Valiña, independientemente de que todos seamos seres humanos, buenas personas, seres de buena fe, y etc etc etc, con todo se da por supuesto , pero no tiene nada que ver con las reivindacaciones profesionales .