Buenas tardes.
A ver si se os ha dado este caso y qué habéis hecho.
Se condena al demandado a dejar entrar a la compañía de gas para retirar de la vivienda el contador, ante el impago. Llegado el momento, se le notifica el día que se va a ir, y ya no está el propietario, sino un señor que se identifica como inquilino. Es más, hecha averiguación domiciliaria nos consta que el que en su día fue demandado, no es titular de ninguna vivienda, así que posiblemente también fuera inquilino.
¿Qué se hace con esto? ¿Está el nuevo inquilino o incluso un nuevo propietario obligado a permitir ese acceso, o a soportar que le destrocen la cerradura si no está en la casa, si el condenado es una persona distinta?
Entrada domicilio corte suministro:el obligado no reside.
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