Cuando en el 2003 modificaron la LOPJ con la nueva regulación que dicen tanto ha beneficiado a los Secretarios Judiciales, a continuación, en desarrollo de dicha reforma, sacaron un Decreto o Resolución (ahora no lo tengo a la vista) en el que entre otras cosas se regulaba lo de las sustituciones en otras jurisdicciones.
Cuando salió creo que las Asociaciones dijeron que lo iban a recurrir.
¿Alguien sabe si efectivamente se recurrió y el resultado si es que se ha producido?
SUSTITUCION EN OTRA JURISDICCIÓN
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- Carlos Valiña
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Que yo sepa no se recurrio. Es una orden ministerial quiero recordar 9/2004.
No se si habra alguno mas, pero la ultima vez que yo recuerdo haber visto un recurso contra una norma por parte de alguno de "nuestros representantes" debio ser por el año 1988.
En todo caso me parece harto improbable que la recurrieran, porque la orden salio en enero de 2004, y Colegio y Ups acababan de firmar con el Ministerio el apoyo a la nueva ley.
Saludos.
No se si habra alguno mas, pero la ultima vez que yo recuerdo haber visto un recurso contra una norma por parte de alguno de "nuestros representantes" debio ser por el año 1988.
En todo caso me parece harto improbable que la recurrieran, porque la orden salio en enero de 2004, y Colegio y Ups acababan de firmar con el Ministerio el apoyo a la nueva ley.
Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
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