Buenas tardes.
En el juzgado últimamente alguna de las partes y en procedimeintos finalizados hace tiempo , están solicitando testimonio íntegro de todas las actuaciones y nunca expresan para qué usos los necesitan .
La pregunta es si se suele entregar el testimonio completo o se suele requerir para designar particulares en todo caso, y también en todo caso si se requiere que se exprese el fín para el que solicitan la entrega de dicho testimonio.
Lo pregunto porque en uno de los casos en concreto si requiero que me expresen el motivo me lo van a recurrir con seguridad.
Gracias
Testimonio íntegro sin justificar
Moderadores: Terminatrix, Top Secre
Re: Testimonio íntegro sin justificar
Con poner que el testimonio es a su costa es decir pagando el las fotocopias suele ser suficiente para disuadir tales peticiones
- Terminatrix
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Re: Testimonio íntegro sin justificar
Yo me atengo al 145.1-3º LEC ("Expedirá certificaciones o testimonios de las actuaciones judiciales no declaradas secretas ni reservadas a las partes, con expresión del destinatario y el fin para el cual se solicitan.") y les requiero para que me designen particulares.
Cuidado con cobrar las copias a las partes. Salvo que se trate de esas fotocopiadoras a las que el Procurador o Letrado sólo puede acceder con tarjeta, nos podemos meter en un lío por "cobrar". Lo que suelo hacer si insisten en fotocopiar el tocho o tochos en su integridad, es acordar el foliado y entregar los autos para fotocopiado en despacho o copistería por plazo de X días y con anotación en el Libro de Conocimientos.
Cuidado con cobrar las copias a las partes. Salvo que se trate de esas fotocopiadoras a las que el Procurador o Letrado sólo puede acceder con tarjeta, nos podemos meter en un lío por "cobrar". Lo que suelo hacer si insisten en fotocopiar el tocho o tochos en su integridad, es acordar el foliado y entregar los autos para fotocopiado en despacho o copistería por plazo de X días y con anotación en el Libro de Conocimientos.
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
Re: Testimonio íntegro sin justificar
En ocasiones solicitan testimonio íntegro de actuaciones porque de esta forma indirecta tienen gratuitamente "copias fehacientes gratis" para aportar en cualquier otro sitio.
Re: Testimonio íntegro sin justificar
Como respuesta a la pregunta inicial, comentas que están pidiendo testimonio íntegro de todo lo actuado en el procedimiento, y dado que la petición de testimonios es habitual, debes exigir que se motive razonadamente la petición de la expedición conforme al:
ACUERDO de 15 de septiembre de 2005, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2005, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales.
Art. 4-2. Quienes estén interesados en acceder a los documentos a que hacen referencia los dos artículos anteriores, presentarán la solicitud por escrito en la Secretaría del órgano judicial, precisando el documento o documentos cuyo conocimiento se solicita y exponiendo la causa que justifica su interés. La solicitud será resuelta en el plazo de dos días mediante acuerdo del Secretario de la unidad de la Oficina judicial en que se encuentre la documentación interesada, quien deberá valorar si el solicitante justifica su interés, la existencia de derechos fundamentales en juego, y la necesidad de tratar los documentos a exhibir o de omitir datos de carácter personal en los testimonios o certificaciones a expedir, en caso de que el solicitante no justifique un interés personal y directo, de manera que se salvaguarde el derecho a la intimidad personal y familiar, al honor y a la propia imagen de los afectados por la resolución judicial. Si accediere a lo solicitado expedirá el testimonio o la certificación que proceda o exhibirá la documentación de que se trate, previo tratamiento de datos de carácter personal, en su caso.
Es una forma de evitar abusos, y si te recurren pues te haces de un modelo que seguramente te servirá por mucho tiempo.
Espero que sirva de ayuda.
ACUERDO de 15 de septiembre de 2005, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2005, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales.
Art. 4-2. Quienes estén interesados en acceder a los documentos a que hacen referencia los dos artículos anteriores, presentarán la solicitud por escrito en la Secretaría del órgano judicial, precisando el documento o documentos cuyo conocimiento se solicita y exponiendo la causa que justifica su interés. La solicitud será resuelta en el plazo de dos días mediante acuerdo del Secretario de la unidad de la Oficina judicial en que se encuentre la documentación interesada, quien deberá valorar si el solicitante justifica su interés, la existencia de derechos fundamentales en juego, y la necesidad de tratar los documentos a exhibir o de omitir datos de carácter personal en los testimonios o certificaciones a expedir, en caso de que el solicitante no justifique un interés personal y directo, de manera que se salvaguarde el derecho a la intimidad personal y familiar, al honor y a la propia imagen de los afectados por la resolución judicial. Si accediere a lo solicitado expedirá el testimonio o la certificación que proceda o exhibirá la documentación de que se trate, previo tratamiento de datos de carácter personal, en su caso.
Es una forma de evitar abusos, y si te recurren pues te haces de un modelo que seguramente te servirá por mucho tiempo.
Espero que sirva de ayuda.