Mi consulta es la siguiente. Acordé el embargo telemático de las devoluciones pendientes de AEAT de una ejecutada y obtuve una cantidad por dicho concepto que entregué al ejecutante a cuenta del principal. Posteriormente compareció en Secretaría el marido de la ejecutada manifestando que hacían la declaración de IRPF conjunta y que él es el único de la unidad familiar que trabaja, adjunta copia de la declaración donde se verifica que los únicos rendimientos del trabajo provienen del marido no ejecutado.
A efectos tributarios se predica la solidaridad por lo que la AEAT sin discriminar, automáticamente embarga las devoluciones y las ingresa en la CDC.
Qué debo hacer? Embargar el 50%, mantener el embargo acordado por cuanto mi decreto es correcto y corresponde a la AEAT su ejecución, devolver la totalidad de la cantidad...?
Alguién se ha encontrado con un caso similar?
Gracias a todos, un saludo y buen trabajo!!!
Embargo devoluciones de AEAT (declaración conjunta cónyuges)
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
Re: Embargo devoluciones de AEAT (declaración conjunta cónyu
Yo entiendo que habría que ir al código civil para saber la titularidad del dinero, que en principio estará en función del régimen económico matrimonial y también la naturaleza de la deuda. Si el dinero y la deuda son gananciales (régimen económico generalizado y que parece ser el caso en tanto en cuanto no te hayan acreditado lo contrario) no habría que hacer nada.....