Embargo bienes esposa en ETJ dirigida sólo contra él.

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Embargo bienes esposa en ETJ dirigida sólo contra él.

#1 Mensaje por Invitado »

Hola!
Tengo una ETJ iniciada en reclamación de una deuda, donde se demandó solamente al esposo, pidiendo embargo de un inmueble y como era ganancial al 50% con la esposa, pidieron y asi se hizo que se le notificara a ella.
La Esposa se opuso, pero en el acto de la vista desistió y reconoció la deuda como ganancial.
Ahora el ejecutante pide embargo de bienes de la esposa, pero mi duda surge si se puede hacer o no porque la ejecución solamente se despachó contra el esposo.
¿Qué opininais? ¿Se pueden embargar las cuentas y sueldos de la esposa como piden? :?:
Gracias!

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Procurador
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Re: Embargo bienes esposa en ETJ dirigida sólo contra él.

#2 Mensaje por Procurador »

Si la deuda se reconoció como ganancial por parte de la esposa entiendo que, sin que la ETJ se pueda dirigir contra la esposa, sin poder llegar a considerarla parte en esa ejecución, sí que se podrá decretar el embargo de todos aquellos bienes de la esposa que formen parte de la sociedad de gananciales tales como cuentas a nombre de los dos cónyuges, el propio bien inmueble (la parte proindiviso del marido más los derechos que pudiesen corresponderle sobre la parte de la esposa) o un coche que se sepa ha sido adquirido con posterioridad a contraer matrimonio, pero no entiendo que se pueda embargar el sueldo de ella.

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Maricarmen
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Re: Embargo bienes esposa en ETJ dirigida sólo contra él.

#3 Mensaje por Maricarmen »

una cosa es que se embargue el sueldo aun no percibido de la esposa..que no se puede, y otra es que se embargue el dinero existente en la uenta corriente existente a nombre de los dos conyuges que si se puede, y si la cuenta se nutre del sueldo de ella, pues se siente y que le reclame a su conyuge
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Invitado

Re: Embargo bienes esposa en ETJ dirigida sólo contra él.

#4 Mensaje por Invitado »

Cuál es el fundamento para no embargar el sueldo de la esposa y sí el de una cuenta común? Y cuál se supone que es el orden correcto en este caso? Acordar embargo de la cuenta común, y notificar al cónyuge no ejecutado en cumplimiento del 541 o notificarle primero la ejecución ya iniciada y luego averiguar bienes comunes y embargar?

Invitado

Re: Embargo bienes esposa en ETJ dirigida sólo contra él.

#5 Mensaje por Invitado »

Hola, estaba buscando por el foro pero no encuentro muchas consultas al respecto. Me insisten en embargar el sueldo de la esposa del ejecutado, previa averiguación patrimonial de la misma. La estoy denegando pero me insisten en que si no pueden averiguar los bienes, entre ellos el sueldo, de la esposa, no pueden acordar el embargo de bienes gananciales. Me alegan el carácter ganancial del sueldo del cónyuge, mientras no se demuestre lo contrario, y me insisten en su embargo. Agradecería opiniones de otros compañeros a los que se les haya planteado el mismo caso. Gracias.

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Maricarmen
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Re: Embargo bienes esposa en ETJ dirigida sólo contra él.

#6 Mensaje por Maricarmen »

ANOTACIONES PREVENTIVAS DE EMBARGO DE FINCAS GANANCIALES Y DE LA VIVIENDA HABITUAL (art. 144)
Para anotar embargos sobre fincas gananciales se exigirá que la demanda haya sido dirigida contra ambos cónyuges o que siendo demandado uno de ellos se notifique la demanda al otro. Ratifica la doctrina de la DGRN en esta materia, contra el estricto tenor literal del antiguo art. 144 que hablaba de demanda conjunta en todo caso. Sólo cuando la sociedad de gananciales esté disuelta (por fallecimiento, separación o divorcio, etc.), pero no practicada la liquidación, se exigirá que dicha demanda sea dirigida contra ambos (a este último supuesto se refieren las recientes Resoluciones de 9 y 10 de octubre de 1.998, BOE 4 y 5 de noviembre). En ellas se distinguen tres supuestos:
• Embargo de los bienes de la sociedad de gananciales disuelta y no liquidada: requiere que la demanda se dirija contra ambos consortes o sus herederos.
• Embargo sobre la cuota global que corresponde a un cónyuge en la sociedad de gananciales: basta que la demanda se dirija a dicho cónyuge, la cual se anotará sobre las fincas gananciales sólo en la parte que pueda corresponder al deudor en la liquidación.
• Embargo sobre los derechos que puedan corresponder a un cónyuge sobre un concreto bien ganancial: éste no podrá anotarse en tanto no se inscriba la liquidación.
Por su parte, el art 144 del reglamento exige para anotar un embargo sobre una vivienda que según el registro sea la vivienda habitual de la familia, que el mandamiento haya sido notificado al cónyuge no titular. Este precepto exige la constancia registral del carácter de vivienda habitual, lo que podrá efectuarse por simple instancia con firma legitimada, del titular registral, o por resolución judicial. Esta regla es aplicable incluso en caso de embargo de una participación indivisa de la vivienda. También sería aplicable, en Cataluña, si consta que la vivienda es la común de la pareja de hecho que protegen los arts. 11 y 28 de la ley de uniones de hecho 10/1998, de 15 de julio del Parlamento Catalán.
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newzel
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Re: Embargo bienes esposa en ETJ dirigida sólo contra él.

#7 Mensaje por newzel »

Et in Arcadia ego

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Maricarmen
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Re: Embargo bienes esposa en ETJ dirigida sólo contra él.

#8 Mensaje por Maricarmen »

que buen trabajo ¡¡¡
enhorabuena newzel
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De tercera

Re: Embargo bienes esposa en ETJ dirigida sólo contra él.

#9 Mensaje por De tercera »

A ver compañeros, necesito que alguien me eche un cable, porque cada día tengo más dudas.

En mi partido se ha puesto de moda, ante la insolvencia generalizada de los ejecutados, pedirnos que directamente, embarguemos el sueldo del cónyuge del ejecutado. Así, sin más.

Alegaciones: que aunque no consta el régimen económico matrimonial, se presume a falta de prueba el carácter ganancial del sueldo, que se han agotado todos los bienes susceptibles de embargo y realización propios del cónyuge ejecutado, 1373 CC, que no existen cuentas comunes a nombre de ambos cónyuges, que no existen bienes inmuebles o vehículos a nombre de ambos cónyuges, y que la única forma de obtener el crédito es mediante el embargo del sueldo del cónyuge. Y que no se le causaría indefensión toda vez que siempre podrá formular su oposición y en su caso la disolución de la sociedad de gananciales.

Los escritos van en este sentido, y ya no encuentro argumentos para denegarlo, pero tampoco para concederlo.

La jurisprudencia que he consultado se basa en la resolución de la oposición formulada por el cónyuge no deudor, y por tanto, se limita a si el bien debe ser considerado ganancial y en su caso si debe responder o levantarse el embargo.

Por favor, que alguien me dé su opinión y sobre todo, su argumento jurídico, en uno u otro sentido, porque las peticiones son ya casi diarias.

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sisifo
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Re: Embargo bienes esposa en ETJ dirigida sólo contra él.

#10 Mensaje por sisifo »

De tercera, yo pediría a esos ejecutantes de tu partido judicial que acreditaran el régimen económico matrimonial, lo cual podrán hacer presentando certificación de la inscripción de matrimonio. Entiendo que no cabe la presunción alegada, dado que "si" se puede probar el régimen económico que rige entre lo cónyuges. Saludos.

De tercera

Re: Embargo bienes esposa en ETJ dirigida sólo contra él.

#11 Mensaje por De tercera »

Muchas gracias Sisifo!
Pero en el caso de que ya esté acreditado el matrimonio, ¿embargaríais el sueldo del cónyuge?
He embargado fincas, viviendas, saldos de cuentas comunes, etc., pero nunca el sueldo.

De Tercera

Re: Embargo bienes esposa en ETJ dirigida sólo contra él.

#12 Mensaje por De Tercera »

Disculpadme la pesadez, de verdad, pero me niego a creer que este tipo de escritos sólo se presenten en una ciudad de España. No sé si nos están poniendo a prueba, o qué pasa.

También me preocupa vuestro silencio, no me importa que me digáis que es una barbaridad o que no tengo ni idea, que será lo más seguro, pero es que ya no encuentro argumentos para denegarlo, y por mucho que pregunto a otros compañeros de otros partidos, a ninguno le hacen estas peticiones. Pensé que en un foro de difusión nacional sería más fácil tener otras opiniones.

Lo estoy denegando, y lo voy a seguir haciendo, pero es que ya no encuentro mucho fundamento.

Os agradezco cualquier comentario, muchas gracias de todas formas.

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newzel
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Re: Embargo bienes esposa en ETJ dirigida sólo contra él.

#13 Mensaje por newzel »

Busca jurisprudencia sobre el art 607.3 LEC. Se puede embargar el salario del cónyugey se suman los dos importes de salario o pensiones para fijar el SIM, salvo que el régimen sea el de separación de bienes.
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Maricarmen
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Re: Embargo bienes esposa en ETJ dirigida sólo contra él.

#14 Mensaje por Maricarmen »

Este tema es un rollo, pero con caracter previo a acordar sobre la procedencia del embargo solicitado que :

Entiendo que es el caso de cuando los bienes privativos del ejecutado no fueran suficientes, según lo dispuesto en el artículo 1911 del Código Civil.
En este caso el ejecutante, no ha conseguido la satisfación de su crédito mediante la ejecución de los bienes privativos del deudor, por lo que solicita el embargo sobre los bienes gananciales, sin perjuicio del derecho que asiste al otro cónyuge, en uso de la facultad conferida por el artículo 1373 del Código Civil, de exigir la sustitución de la traba de los bienes comunes por la de la parte que ostenta el cónyuge deudor en la sociedad conyugal.
Tienes que valorar la procedencia o no de embargar bienes gananciales por deudas que figuran a nombre de uno sólo de los cónyuges
Los bienes de la sociedad de gananciales responden directamente de la deuda de cada uno de los cónyuges de conformidad con el artículo 1.365 del Código Civil que establece, "Los bienes gananciales responderán directamente frente al acreedor de las deudas contraídas por un cónyuge: 1º En el ejercicio de la potestad doméstica o de la gestión o de disposición de gananciales, que por ley o por capítulos le corresponda. 2º En el ejercicio ordinario de la profesión, arte u oficio o en la administración ordinaria de los bienes propios.
Si el marido o la mujer fueran comerciantes se estará a lo dispuesto en el Código de Comercio"; disponiendo el artículo 6 del Código de Comercio que "en caso de ejercicio del comercio por persona casada, quedarán obligados a las resultas del mismo los bienes propios del cónyuge que lo ejerza y los adquiridos por esas resultas, pudiendo enajenar o hipotecar los unos y los otros. Para que los demás bienes comunes queden obligados será necesario el consentimiento de ambos cónyuges" sin que se establezca ningún tipo de prelación de bienes, y el artículo 7 del mismo texto legal que "se presumirá otorgado consentimiento a que se refiere el artículo anterior cuando se ejerza el comercio con conocimiento y sin oposición expresa del cónyuge que deba prestarlo". El artículo 11 del citado Código de Comercio que "Los actos de consentimiento, oposición y revocación a que se refieren los artículos 7, 9 y 10 habrán de constar, a los efectos de tercero, en escritura pública inscrita en el Registro Mercantil. Los de revocación no podrán, en ningún caso, perjudicar derechos adquiridos con anterioridad".
Ademas el artículo 1373 del Código Civil dispone que "cada cónyuge responde con su patrimonio personal de las deudas propias y, si sus bienes privativos no fueran suficientes para hacerlas efectivas, el acreedor podrá pedir el embargo de bienes gananciales que será inmediatamente notificado al otro cónyuge, y éste podrá exigir que en la traba se sustituyan los bienes comunes por la parte que ostenta el cónyuge deudor en la sociedad conyugal, en cuyo caso el embargo llevará consigo la disolución de aquélla. Si se realizase la ejecución sobre bienes comunes se reputará que el cónyuge deudor tiene recibido a cuenta de su participación el valor de aquéllos al tiempo en que los abone con otros caudales propios o al tiempo de liquidación de la sociedad conyugal.
Ademas cuando la ejecución se siga a causa de deudas contraídas por uno de los cónyuges, pero de las que deba responder la sociedad de gananciales, la demanda ejecutiva podrá dirigirse únicamente contra el cónyuge deudor, pero el embargo de bienes gananciales habrá de notificarse al otro cónyuge, dándole traslado de la demanda ejecutiva y del auto que despache ejecución a fin de que, dentro del plazo ordinario, pueda oponerse a la ejecución. La oposición a la ejecución podrá fundarse en las mismas causas que correspondan al ejecutado y, además, en que los bienes gananciales no deben responder de la deuda por la que se haya despachado la ejecución. Cuando la oposición se funde en esta última causa, corresponderá al acreedor probar la responsabilidad de los bienes gananciales. Si no se acreditara esta responsabilidad, el cónyuge del ejecutado podrá pedir la disolución de la sociedad conyugal conforme a lo dispuesto en el apartado siguiente
POR TANTO. Solo en el caso de que deba responder la sociedad de gananciales por la deuda contraida por un conyuge

Primero- Efectuaríamos la via de apremio contra todos los bienes privativos existentes. Una vez liquidados todos esos bienes y no habiendo sido suficiente lo obtenido para pagar lo adeudado, efectuamos embargo de un bien ganancial. Ese embargo se lo notificamos al conyuge no deudor, dando traslado de la demanda ejecutiva, del despacho de ejecucion, de tu resolucion por la que se hace constar que se acabo la via de apremio contra los bienes privativos sin satisfacer al ejecutant y que se embarga un bien ganancial, y que se le da traslado haciendole saber que puede oponerse en el plazo legal a la ejecucionn sobre ese bien.
Segundo- Le requerimos para que con fundamento en el art 1911 del Código Cívil , acredite un régimen matrimonial diferente al del gananciales .

POR TANTO en el caso de que no este acreditado en el titulo que la sociedad de gananciales deba responder de la deuda, podrra el conyuge no deudor instar la disolucion de la sociedad conyugal
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De Tercera

Re: Embargo bienes esposa en ETJ dirigida sólo contra él.

#15 Mensaje por De Tercera »

Gracias a todos los que intentáis echarme un cable.

No quiero dar muchos datos, pero hablo desde un partido judicial pequeño, en el que todos los SJ somos sustitutos, anteriormente Letrados. Quizá sean suspicacias por saber cómo funciona este mundillo, pero este agobio con la petición de embargo de sueldo del cónyuge nos está dando bastante qué pensar.

Primero, porque por más que preguntamos en otros lugares, NADIE ha embargado el sueldo del cónyuge del ejecutado. Esto nos hace pensar que no es un bien embargable como perteneciente a la sociedad de gananciales, sin perjuicio de que proceda su embargo una vez percibido. Por contra, todo el mundo dice haber embargado fincas de ambos cónyuges.

Por otro lado, preguntando aquí, tampoco obtenemos respuestas CLARAS y DIRECTAS, de alguien de vosotros que nos diga, síii, yo embargo en muchas ocasiones el sueldo del cónyuge. Nadie comenta que lo haya hecho.

Buscando jurisprudencia, tampoco encuentro nada que resuelva sobre el embargo del SUELDO, sí sobre el embargo de fincas o de cuentas bancarias, lo que nos hace pensar que tampoco es posible.

Tengo ya hecho un master sobre el embargo de bienes gananciales y todo lo derivado del REM, he visto el enlace que puso Newzel junto con la jurisprudencia que contenía, he leído atentamente la clase magistral de Maricarmen, pero me sigue quedando ese resquemor. Maricarmen, sé que es un rollo y por éso se te agradece más que te hayas molestado en contestar, pero te hago una pregunta directa y clara: ¿tú lo has acordado en alguna ocasión?

Newzel, he mirado también jurisprudencia acerca del art. 607.3º, que yo entiendo viene referido a la posibilidad de embargar el sueldo DEL EJECUTADO teniendo en cuenta la cuantía del sueldo de su cónyuge no deudor a la hora de calcular los límites establecidos para el mismo en dicho artículo. Por tanto, podría embargarse por encima de los límites del 607 el sueldo del ejecutado, pero no me vale para el caso que yo planteo (embargo del sueldo del cónyuge del ejecutado).

Esto, viniendo de Maricarmen, me hace dudar más:
Maricarmen escribió:una cosa es que se embargue el sueldo aun no percibido de la esposa..que no se puede, y otra es que se embargue el dinero existente en la uenta corriente existente a nombre de los dos conyuges que si se puede, y si la cuenta se nutre del sueldo de ella, pues se siente y que le reclame a su conyuge
Llegado a este punto, creo que no merece la pena luchar más, yo personalmente voy a acordar el embargo del salario del cónyuge, acreditando que concurren las circunstancias procedentes, y previamente a librar el oficio para la retención, le notificaré con plazo a tenor del 541 LEC y 1373 CC a fin de que pueda oponerse y solicitar las medidas oportunas.

Este foro nos salva la vida a diario a más de uno, nos hace contrastar opiniones, es muy grande, y desde que me nombraron SJ entiendo muchas cosas y admiro CON MAYUSCULAS a este colectivo que para nada está reconocido.

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newzel
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Re: Embargo bienes esposa en ETJ dirigida sólo contra él.

#16 Mensaje por newzel »

Hola De Tercera. El salario del conyuge es un bien ganancial. Y por tanto se puede embargar, una vez embargados todos los bienes privativos del ejecutado. Yo nunca lo he acordado, pero sí entiendo se puede embargar. Y se procede conforme art 607.3 LEC. Si el conyuge opone que su salario no debe responder de la deuda del ejecutado, el ejecutante deberá probar lo contrario. Existen muchos Autos sobre ello. Por eso te comenté que buscares jurisprudencia sobre art 607.3.
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De Tercera

Re: Embargo bienes esposa en ETJ dirigida sólo contra él.

#17 Mensaje por De Tercera »

:gracias: MUCHAS GRACIAS!

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Maricarmen
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Re: Embargo bienes esposa en ETJ dirigida sólo contra él.

#18 Mensaje por Maricarmen »

De tercera, me preguntas " Maricarmen, sé que es un rollo y por éso se te agradece más que te hayas molestado en contestar, pero te hago una pregunta directa y clara: ¿tú lo has acordado en alguna ocasión? "

Pues no , nunca lo hice, me defiendo como gato panza arriba buscando bienes privativos del conyuge deudor, o dinero ya en cuenta corriente.
Pero en tu caso has comentado que la esposa comparecio y reconocio la deuda como ganancial... si eso consta en autos.. su sueldo responde una vez acreditado que no existe ningun bien privativo del conyuge deudor.
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De Tercera

Re: Embargo bienes esposa en ETJ dirigida sólo contra él.

#19 Mensaje por De Tercera »

Nooo Mari Carmen, en mi caso hemos agotado la búsqueda e intento de embargo de bienes del ejecutado, no tiene naaadaaa, ni una moticicleta, cuentas bancarias a cero, sin actividad laboral, sin desempleo... y ante este resultado pide el ejecutante embargar el sueldo de la esposa, que parece ser que le consta que ella sí trabaja, estoy en un pueblo pequeño donde todos se conocen.


Por cierto, te vuelvo a reiterar las gracias por contestar, quería comprobar que todo el mundo habla de la teoría, y que en realidad no conozco ningún caso en que se haya acordado, ni en la jurisprudencia hablan de ese embargo, por éso os he insistido tanto.

Yo he acordado el embargo del sueldo de la esposa, y previamente a librar el oficio para su retención, he acordado notificarle a los efectos del 541 LEC, y si quiere, que se oponga. Ya os iré contando, porque en este partido se ha abierto la veda, y veremos a ver si no nos anulan todo.

Un saludo a este foro grande grande.

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newzel
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Re: Embargo bienes esposa en ETJ dirigida sólo contra él.

#20 Mensaje por newzel »

De Tercera, ya que eres SJ sustituto, y previamente has sido Letrado, ya habrás comprobado lo fácil que resulta ser Letrado, pedir cosas sin sentido (este no es el caso) y afirmar "este SJ es lo peor, no tiene ni puta idea", cuando, visto desde la otra barrera, suele ser precisamente lo contrario. Y también te darás cuenta que resulta mucho más fácil, como SJ, mantener trato con Procuradores, que con Letrados. Anda que no me he encontrado con letrados que consideraban denigrante hablar con el SJ, de forma que enviaban al Procurador, y el letrado se reservaba para el juez. Eso sí, empequeñeciéndose por el sinsentido de sus bravuconadas.

Me alegro que pienses lo que has afirmado del Cuerpo de SJ. Cualquier duda que necesites, plantéala que entre todos intentaremos ayudarte. Supongo que estarás en un Juzgado trinchera. Créeme: aprenderás lo que no está escrito. Y si después te destinan a un instancia, instrucción o penal exclusivo, te parecerá jauja en comparación, mucho más curro, pero mucho más fácil, debido al bagaje que ya habrás obtenido
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Re: Embargo bienes esposa en ETJ dirigida sólo contra él.

#21 Mensaje por Invitado »

Gracias Newzel!
Todo lo que cuente sería poco... y qué os voy a contar yo que no sepáis y aunque me salga del tema planteado, me ha parecido "alucinante" el tema de los millones de claves y de aplicaciones, sólo con éso y las firmas se me va la mañana.
Llegas al juzgado y no puedes hacer nada porque no sabes usar las aplicaciones, ni tienes clave, ni nadie se preocupa de proporcionártelas, tienes que ir llamando a todos los CAUs que se te ocurran, para visar permisos, publicar subastas en un portal que no funciona nunca, con un ordenador que anda casi a manivela, el dinero de la cuenta, el interius donde te mandan comunicaciones cuando quieren, otras veces por escrito, las comunicaciones con los presos, el siraj (y a pelear con la oficina que quiere "negociar" quién lo hace), la estadística, los INE, las instrucciones del coordinador por otro correo, madre mía... El juez que quiere que le ayude, y a mí es que ya me da la risa... Y luego tu trabajo, pues los fines de semana...
Como bien dices, es muy fácil pedir barbaridades sin fundamento, y tú a estudiar para determinar si éso puede ser o no.
Reitero lo dicho, yo no sé si me dedicaré mucho tiempo a ésto, me parece demasiado, pero me ha servido para que para los restos os muestre mi más sincera admiración!!! Si es necesario luego borro el mensaje por haberme salido del tema, pero me he desahogado un poco...

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Terminatrix
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Re: Embargo bienes esposa en ETJ dirigida sólo contra él.

#22 Mensaje por Terminatrix »

Mucha suerte y mucho ánimo con todo. A trancas y barrancas, peleando contra los elementos, se puede.

No dudes en preguntar, por tonta que puede parecerte la duda, y si te gustan el foro y su ambiente ( bastante heterodoxo :mrgreen: ) y crees que vas a visitarnos con frecuencia, te animo a que te registres.

Y para desahogos, échale un vistazo a nuestro Consultorio:

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Helena-Agueda
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Re: Embargo bienes esposa en ETJ dirigida sólo contra él.

#23 Mensaje por Helena-Agueda »

Hola, buenas tardes.

Teniendo cierta relación con el tema, paso a exponer mi caso, que es un poco raro, al menos, a mi juicio...

Entidad financiera presenta demanda de proceso cambiaro en reclamación de 30.000 euros (pagaré firmado en fecha 23-dic.-2010), por pepito. Pide que se le notifique la demanda a la esposa.

Solicita el embargo preventivo del 50 % de una vivienda, propiedad de los cónyuges, casados en régimen de gananciales.

La esposa, sin utilizar la fórmula del "personamiento", alega que, si bien no es parte en el proceso solicita que se alce el embargo alegando que está divorciada de pepito desde el 1-03-2010 (acompaña copia sentencia). Manifiesta que está separada de hecho desde finales de 2008. Que en fecha 15/06/2010, se dictó auto de medidas coetáneas a aquella demanda de divorcio, auto en el que se le atribuye el uso y disfrute de la vivienda conyugal, sobre la que se había solicitado el embargo.
Alega, asimismo, que la deuda reclamada es privativa de pepito.

De dichas alegaciones, y sin tenerla por personada, se le da traslado al acreedor quien, a la vista de lo alegado y probado, solicita que se deje sin efecto el embargo del inmueble.

En fecha 7 de enero de 2014, se dicta auto despachando ejecución, al no haber atendido el deudor el requerimiento de pago.

Se le notifica dicha resolución, tanto al acreedor, deudor, como a su ex esposa.

La defensa de ésta última, vuelve a largar el rollo que no contó en el cambiario, pero solicita que se suspenda el proceso ejecutivo en lo que respecta a los bienes gananciales hasta que se resuelva la liquidación del régimen económico matrimonial, pero no formula oposición a la ejecución, sino que lo hace como mera alegación.

Se admiten ayudas y sugerencias... :cabezazo2: :cabezazo2:

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Helena-Agueda
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Re: Embargo bienes esposa en ETJ dirigida sólo contra él.

#24 Mensaje por Helena-Agueda »

Hola, buenas tardes.

(Ya me contesto a mi misma...)

Creo que olvidé reflejar mi duda: si se alzó el embargo sobre el bien ganancial, porque así lo interesó el acreedor, ahora ejecutante, tengo que seguir notificándole todo a la ex del deudor?

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newzel
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Re: Embargo bienes esposa en ETJ dirigida sólo contra él.

#25 Mensaje por newzel »

Hola Helena. Lo siento pero no termino de comprender lo que quieres decir. Aunque se haya acreditado que la deuda es privativa, los bienes gananciales en todo caso siguen respondiendo de manera subsidiaria, salvo que se acreditare la suficiencia de bienes privativos del ejecutado, y al cónyuge del deudor sólo habrá que notificarle las resoluciones que afecten a los bienes gananciales. El ejecutante no tiene por qué esperar a que se liquide la sociedad de gananciales. El cónyuge del ejecutado sólo puede formulan una doble oposición, tal y como indico en el post, ya sea genérica o ya sea específica relativa al embargo del bien ganancial.
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