¿El Estado responde?

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¿El Estado responde?

#1 Mensaje por Invitado »

Por error, hace ya tiempo, antes de estar yo destinado aquí, un secretario anterior entregó el total de los salarios de trámite a la parte demandante indebidamente, habiendo fallecido y no teniendo herederos, ¿el Estado es responsable de devolverlos habida cuenta que no hay auto de ejecución provisional conforme al artículo 290 de la LRJS?

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Re: ¿El Estado responde?

#2 Mensaje por Invitado »

Yo pienso que lo suyo es abrir incidente de nulidad de actuaciones, pero quizá también sería cuestion de que la parte presentase proceso por error Judicial conforme al árt 236 punto 2 de la LRJS , no? Como lo veis?

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Magistrado Granollers
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Registrado: Mié 07 Abr 2004 6:53 pm

Re: ¿El Estado responde?

#3 Mensaje por Magistrado Granollers »

Si había fallecido y no tenía herederos ¿A quién se le entregó el mandamiento? :monito-confused: Digo yo que alguien lo cobraría, (¿¿procurador, abogado con poder de representación??) y por lo tanto a él hay que reclamárselo en cuanto se lo haya apropiado y no se ha convertido en pago en utilidad del acreedor. Si te refieres a que lo cobró el propio actor y luego falleció sin herederos, pues el estado o la CA es heredero subsidiario (a beneficio de inventario) y en consecuencia ellos deberán devolverlo hasta él límite del valor de la herencia. Y lo que exceda de eso, ya dará pie a la indemnización por anormal funcionamiento de la administración de justicia, cuando esté determinado y se sepa que no es recuperable.

Saludos
Mas sabe el diablo por viejo que por diablo. (Antiguo Refrán Castellano)

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Re: ¿El Estado responde?

#4 Mensaje por Invitado »

Muchas gracias , Magistrado. Es muy esclarecedora tu respuesta

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