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Como puede observarse, los Secretarios Judiciales asumimos una mayor responsabilidad con la promulgación de la Ley 13/09 y sucesivas sin ninguna contraprestación económica, ni ninguna adecuación salarial. Por ello, hemos solicitado al Ministerio de Justicia, en multitud de ocasiones, que la reforma de la LOPJ establezca una disposición adicional o se modifique el actual art. 447 y establezca que las retribuciones de los Secretarios Judiciales se establecerán en una Ley que refleje las singularidades y las funciones que desempeñamos en la actualidad. Si el Ministerio de Justicia tiene la voluntad de ser justos con el colectivo de Secretarios Judiciales puede hacerlo. La prueba está en la enmienda planteada que considera que todo incremento de funciones de los registradores tiene que remunerarse. Con nosotros también puede hacerlo.
Sin acritud, ¿en algun algun momento te habias tragado lo de la gratuidad?Chaval escribió:Si esto es verdad y se confirma se pondría de maniesto que el Gobierno mentía y miente en este asunto.
Por decencia democrática, alguien debería desmentirlo o dimitir (en otros paises de nuestro entorno, ha habido dimisiones por mentiras más pequeñas).
A ver que explicaciones al respecto da en el parlamento el Gobierno...
Buenos días.Chaval escribió:Tendrán que desmentir o dimitir.