Subasta y aprobación remate división cosa común

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julieta
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Subasta y aprobación remate división cosa común

#1 Mensaje por julieta »

Hola, q tal?

El otro día subaste tres inmuebles cotitularidad de dos hermanos al 50 por cien. Es una etj que dimana de un ordinario para la división de la cosa común.
Solo compareció el " ejecutante-propietario" con un postor. Uno de los bienes era una finca valorada en 301.000 euros, y la mejor postura resultó ser la del "ejecutante-copropietario" por un valor de 151000 euros( ligeramente superior al 50 por cien). Mi duda es: si sigo al pie de la letra el trámite del artículo 670.4 de la LEC al ser la mejor postura inferior al 70 por cien dando traslado al "ejecutado-copropietario" del bien para que pueda presentar tercero que mejore postura o bien directamente apruebo el remate a favor del ejecutante-copropietario y doy por bueno el remate por el porcentaje del 50 por ciento del valor de tasación?

Bajo la lógica entiendo que no encuentro sentido dar traslado según el 670.4, ya que las partes aún llamadas ejecutante -ejecutado son a la vez condóminos, y si le doy traslado y me mejora la postura en 1000 euros por ejemplo, me encuentro que el otro copropietario queda en una indefensión total ya que no existe otro trámite para replicar o mejorar postura, y encima el ejecutado ni se ha dignado a asistir a la demanda para pujar.

muchas gracias, necesito vuestra ayuda :evil:

Mi idea es aprobar el remate por el precio ofrecido del 50 por cien a favor del ejecutante -copropietario, ya que tampoco se establece un porcentaje mínimo

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Jotaerre
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Re: Subasta y aprobación remate división cosa común

#2 Mensaje por Jotaerre »

Hola, julieta, estamos en lo de siempre: hay que estar a las condiciones acordadas para la subasta, porque remitirse a la LEC trae estos lodos...
En puridad, debería darse traslado a la otra parte para aportar tercero por el 70%, pero, como ambas son ejecutantes/ejecutados, debería ser un plazo común para ambas.
Ahora bien, si dices que se acordó no fijar % mínimo, entonces no tiene sentido aplicar el 70%, ni conceder plazo alguno pues pudieron participar en la subasta, así que la postura ya puede aprobarse.
Saludos,

julieta
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Re: Subasta y aprobación remate división cosa común

#3 Mensaje por julieta »

Hola jotaerre,

Gracias por contestar....
Al final después de darle algunas vueltas, como la subasta se celebró con postores y participación del "ejecutante" le he dado traslado a las dos partes para que en 10 días puedan presentar tercero que mejore la postura con valor de más del 70 por ciento toda vez que en dos de los inmuebles se ofrecía menos del 70 por ciento del valor de tasación( en uno de ellos no alcanzaba el 8 por ciento, y en el otro un poco más del cincuenta).

He interpretado el artículo 670.4 LEC pero adecuándolo al caso concreto y a la subasta de la ejecución de división de cosa común. He advertido a las partes que de nada manifestar, se aprobará el remate a favor del ejecutante-condómino que ofreció la mejor postura por el cincuenta por ciento y respecto del otro bien que no alcanza ni a un 8 por ciento ya veré si decido no aprobar el remate y que soliciten nueva subasta con licitadores extraños.

No se si será lo correcto pero prefiero dar la oportunidad al otro condómino que no compareció a la subasta de presentar tercero ya que el precio que ofrece el otro es bastante bajito, y en aras a intentar lograr el máximo de precio posible en interés de las dos partes no se pierde nada en intentar conseguir subir los porcentajes.

a ver qué pasa...... :pensativo:

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