Notificaciones a Fiscalia.
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- Carlos Valiña
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Notificaciones a Fiscalia.
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Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
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JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
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Re: Notificaciones a Fiscalia.
Bueno, hay que facilitarle el trabajo a los pobres fiscales...Para que el Ministerio Fiscal pueda distinguir en la bandeja de entrada los tipos de respuesta que se requiere, es fundamental que se cumplimente adecuadamente una de las tareas preestablecida en la aplicación: lectura, visto, dictamen, o calificación. El incumplimiento de esta labor, impide a la Oficina organizar el trabajo del Fiscal con corrección, por lo que es preciso extremar el rigor en la determinación de esta tarea, y a tal fin los Letrados de la Administración de Justicia deberán velar por el cumplimiento de este extremo.
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Re: Notificaciones a Fiscalia.
No es más que el efecto de la NOJ... Al primer político que le pluga, empieza a ordenar lo que tiene por conveniente, como mejor le parece.
Más de lo mismo.
Sobre el papel, esa orden puede ser ilegal, dado que NOSOTROS somos quienes dirigimos y despachamos las notificaciones pero...
Más de lo mismo.
Sobre el papel, esa orden puede ser ilegal, dado que NOSOTROS somos quienes dirigimos y despachamos las notificaciones pero...
Re: Notificaciones a Fiscalia.
Así es. Hay base para recurrirla. Otra cosa es si es racional o no dicho acuerdo, en aras del mejor funcionamiento y beneficio para todos, profesionales y justiciables, o resulta preferible la actuación de reino de taifas
Et in Arcadia ego
Re: Notificaciones a Fiscalia.
Varias consideraciones al respecto:
1ª De quién emana esa instrucción o acuerdo: entiendo que para que sea vinculante para los Letrados de la Administración de Justicia de ese territorio sería necesaria una instrucción específica de la Secretaria/o de Gobierno, ya que aunque forme parte de esa Comisión es muy discutible que una instrucción directa de la Comisión per se sea vinculante. Aunque se limite a reproducir el contenido del acuerdo, pero formalmente es necesaria esa instrucción para respetar la LOPJ y nuestro Reglamento orgánico.
2ª El quid del asunto es si esa instrucción tiene o no contenido procesal. En este hilo se discutió del tema, y por cierto, con resultado muy escaso para tratar de cuestionar nuestra independencia y autonomía decisoria en materia procesal.
viewtopic.php?f=3&t=13533&hilit=instrucciones
No la he leído a fondo y con el detalle que merece, y al referirse a penal y al sistema procesal de una concreta CCAA se me pueden escapar detalles.
Pero en principio parece que afecta sólo a cuestiones de notificaciones, que como tales sí serían susceptibles de reglamentarse por esa vía. ¿Tan alarmente parece que todo los Juzgados se comuniquen con Fiscalía de la misma manera?, ¿atenta eso flagrantemente contra nuestra autonomía en materia decisoria?. Es que si no se establecen unas pautas mínimas comunes al respecto huelga hablar de "reinos de taifas" porque ya nos vamos al cantonalismo más absoluto.
3ª Ahora bien, si se detecta en su análisis detallado algún punto concreto que sí se considere que puede incidir gravemente en las funciones o competencias procesales "sensu estricto" o que resulte contrario a algún precepto o norma superior, lógicamente sería impugnable.
En definitiva, que no hay que ver gigantes en todas partes cuando son solo molinos, por el sólo hecho de que las instrucciones procedan de la jerarquía, hay actuaciones que entran dentro de la lógica y el sentido común.
1ª De quién emana esa instrucción o acuerdo: entiendo que para que sea vinculante para los Letrados de la Administración de Justicia de ese territorio sería necesaria una instrucción específica de la Secretaria/o de Gobierno, ya que aunque forme parte de esa Comisión es muy discutible que una instrucción directa de la Comisión per se sea vinculante. Aunque se limite a reproducir el contenido del acuerdo, pero formalmente es necesaria esa instrucción para respetar la LOPJ y nuestro Reglamento orgánico.
2ª El quid del asunto es si esa instrucción tiene o no contenido procesal. En este hilo se discutió del tema, y por cierto, con resultado muy escaso para tratar de cuestionar nuestra independencia y autonomía decisoria en materia procesal.
viewtopic.php?f=3&t=13533&hilit=instrucciones
No la he leído a fondo y con el detalle que merece, y al referirse a penal y al sistema procesal de una concreta CCAA se me pueden escapar detalles.
Pero en principio parece que afecta sólo a cuestiones de notificaciones, que como tales sí serían susceptibles de reglamentarse por esa vía. ¿Tan alarmente parece que todo los Juzgados se comuniquen con Fiscalía de la misma manera?, ¿atenta eso flagrantemente contra nuestra autonomía en materia decisoria?. Es que si no se establecen unas pautas mínimas comunes al respecto huelga hablar de "reinos de taifas" porque ya nos vamos al cantonalismo más absoluto.
3ª Ahora bien, si se detecta en su análisis detallado algún punto concreto que sí se considere que puede incidir gravemente en las funciones o competencias procesales "sensu estricto" o que resulte contrario a algún precepto o norma superior, lógicamente sería impugnable.
En definitiva, que no hay que ver gigantes en todas partes cuando son solo molinos, por el sólo hecho de que las instrucciones procedan de la jerarquía, hay actuaciones que entran dentro de la lógica y el sentido común.
Última edición por CIVILIST@ el Jue 12 Ene 2017 1:59 am, editado 1 vez en total.
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Re: Notificaciones a Fiscalia.
De todos modos no se asustar que es una instrucción que se comerá integramente la oficina, por aquello de que lo que se regula en ella es fácilmente endosable a los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia.
Porque no veo factible la revisión de las listas físicas de procedimientos que se envíen a y vuelvan de la fiscalía correspondiente por parte del Cuerpo Superior Jurídico, único, de carácter nacional, al Servicio de la Administración de Justicia.
Eso sí, si de ese modo se extravían procedimientos entonces si es para llamar a la prensa...
Porque no veo factible la revisión de las listas físicas de procedimientos que se envíen a y vuelvan de la fiscalía correspondiente por parte del Cuerpo Superior Jurídico, único, de carácter nacional, al Servicio de la Administración de Justicia.
Eso sí, si de ese modo se extravían procedimientos entonces si es para llamar a la prensa...
- Javier González Pereda
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Re: Notificaciones a Fiscalia.
Estos días he estado fuera del juzgado y hoy me he incorporado.Yo no veo nada extraño ni reseñable en esta cuestión.En Cantabria,estos últimos meses han estado conviviendo en cuanto a las notificaciones a la Fiscalía se refiere la notificación física digamos y la telemática.Primero como experiencia piloto y después generalizada.
Desde el día 1 de enero las comunicaciones a la Fiscalía se producen telemáticamente como al resto de las partes en un paso más hacia el expediente digital.
En mi juzgado ,ya estamos recibiendo peritajes que hasta ahora se recibían en papel telemáticamente ya que al igual que las notificaciones telemáticas es obligatorio desde el 1 de enero.
Mi juzgado entrara en breve de guardia e iré comentando pero el que está ahora a recibido un atestado en pendrive...En principio ....Bien hasta que empiecen a escanear...El problema que se plantea es que si en el mismo pen traen varios atestados con fechas diferentes y por fechas de los hechos pertenecen a varios juzgados distintos y hay que inhibirse se puede producir un pequeño problema.
Puesto en contacto con gente de la policía me han comunicado que en breve se producirá el escaneado de los atestados.otro paso más al expediente digital.
No veo nada extraño en las notificaciones a Fiscalía,mis funcionarios llevan ya tiempo haciéndolo y están familiarizados además permite marcar en una casilla que tipo de notificación o resolución se manda .Me parece muy positivo.
Esto acabara con que el fiscal alegue ....Es que me lo subieron o me lo pasaron....Y claro resolví....
A partir de ahora que se pongan las pilas porque la notificación telemática dejara claritas muchas cosas...Una de ellas cuando se envió y recibió por el fiscal...No por la oficina del fiscal.me parece un gran avance.
Desde el día 1 de enero las comunicaciones a la Fiscalía se producen telemáticamente como al resto de las partes en un paso más hacia el expediente digital.
En mi juzgado ,ya estamos recibiendo peritajes que hasta ahora se recibían en papel telemáticamente ya que al igual que las notificaciones telemáticas es obligatorio desde el 1 de enero.
Mi juzgado entrara en breve de guardia e iré comentando pero el que está ahora a recibido un atestado en pendrive...En principio ....Bien hasta que empiecen a escanear...El problema que se plantea es que si en el mismo pen traen varios atestados con fechas diferentes y por fechas de los hechos pertenecen a varios juzgados distintos y hay que inhibirse se puede producir un pequeño problema.
Puesto en contacto con gente de la policía me han comunicado que en breve se producirá el escaneado de los atestados.otro paso más al expediente digital.
No veo nada extraño en las notificaciones a Fiscalía,mis funcionarios llevan ya tiempo haciéndolo y están familiarizados además permite marcar en una casilla que tipo de notificación o resolución se manda .Me parece muy positivo.
Esto acabara con que el fiscal alegue ....Es que me lo subieron o me lo pasaron....Y claro resolví....
A partir de ahora que se pongan las pilas porque la notificación telemática dejara claritas muchas cosas...Una de ellas cuando se envió y recibió por el fiscal...No por la oficina del fiscal.me parece un gran avance.
Juzgado de Instruccion 1 de Santander.
"Nada es imposible si alguien ya lo hizo alguna vez...y sino ...tampoco"
"Nada es imposible si alguien ya lo hizo alguna vez...y sino ...tampoco"
Re: Notificaciones a Fiscalia.
En Cantabria hay una ventaja clara para las comunicaciones juzgados-fiscalía, y es que ambos usan la misma aplicación, el vereda.
Me parecen mal definidos los casos en los que hay que trasladar el expediente y los que no. Pone que no en los casos de diligencias y providencias de trámite con carácter general, y que no en determinados autos, dando a entender a contrario sensu que en los demás casos sí.
Sin embargo, entiendo que cuando el fiscal puede necesitar el traslado físico es cuando tiene que hacer un informe, y en esos casos se le da traslado precisamente por DO o por providencia. Pero hay miles de autos no comprendidos en la enumeración en los que no tiene sentido mandar el expediente: por ejemplo, auto acordando suspensión, solamente cabe que ponga un visto o recurra si no está de acuerdo. Dado que antes hubo que darle traslado para informe, ya ha visto todo lo necesario. ¿Para qué necesita el expediente en ese momento?
En general el protocolo me parece correcto.
Tampoco entiendo la frase de CIVILIST@
Me parecen mal definidos los casos en los que hay que trasladar el expediente y los que no. Pone que no en los casos de diligencias y providencias de trámite con carácter general, y que no en determinados autos, dando a entender a contrario sensu que en los demás casos sí.
Sin embargo, entiendo que cuando el fiscal puede necesitar el traslado físico es cuando tiene que hacer un informe, y en esos casos se le da traslado precisamente por DO o por providencia. Pero hay miles de autos no comprendidos en la enumeración en los que no tiene sentido mandar el expediente: por ejemplo, auto acordando suspensión, solamente cabe que ponga un visto o recurra si no está de acuerdo. Dado que antes hubo que darle traslado para informe, ya ha visto todo lo necesario. ¿Para qué necesita el expediente en ese momento?
En general el protocolo me parece correcto.
Tampoco entiendo la frase de CIVILIST@
No sé quién ve gigantes, tampoco ha hecho nadie un ataque furibundo contra el protocolo, más allá de comentarse la posible ilegalidad del mismo.En definitiva, que no hay que ver gigantes en todas partes cuando son solo molinos, por el sólo hecho de que las instrucciones procedan de la jerarquía, hay actuaciones que entran dentro de la lógica y el sentido común.
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Re: Notificaciones a Fiscalia.
Albricias!!
Que gran paso habéis dado en Cantabria, habéis conseguido meter en vereda a la Fiscalía,. Ánimo y a ver si poco a poco conseguimos ir metiendo en la vereda de las notificaciones electrónicas, es decir LEXNET, a los Abogados del Estado, de la Seguridad Social, Letrados de Comunidades Autónomas, Diputaciones, etc.
Irnos contando como funciona este sistema de notificaciones con Fiscalía porque de verdad que es novedoso.
Que gran paso habéis dado en Cantabria, habéis conseguido meter en vereda a la Fiscalía,. Ánimo y a ver si poco a poco conseguimos ir metiendo en la vereda de las notificaciones electrónicas, es decir LEXNET, a los Abogados del Estado, de la Seguridad Social, Letrados de Comunidades Autónomas, Diputaciones, etc.
Irnos contando como funciona este sistema de notificaciones con Fiscalía porque de verdad que es novedoso.