En 30 años de servicios jamas vi tal cosa.
¿Alguien ha visto que esto se haga asi alguna vez?
Preguntada sobre el porque nos alega el art. 763 LECr
Este articulo se inscribe dentro de procedimiento abreviado y resulta ser que la mayoria de las buscas se plantean en ejecucion.El Juez o Tribunal podrá acordar la detención o cualesquiera medidas privativas de libertad o restrictivas de derechos en los casos en que procedan conforme a las reglas generales de esta Ley. Las actuaciones que motiven la aplicación de estas medidas se contendrán en pieza separada.
Y lo fundamental, este articulo como el 764, relativo a piezas separadas para aseguramiento de responsabilidades civiles, entiendo que se refieren a determinaciones que toma el Juez en el curso del procedimiento penal, pero de acusados o sus bienes, que se encuentran a disposicion o bajo la orbita directa del procedimiento, pero no cuando se trata de acordar una busca y captura, que al final puede resultar ineficaz, y que caso de detención del acusado o condenado, tampoco tiene sentido de lugar a "actuacion" alguna distinta de lo que es la propia tramitacion de la causa.
En la busca y captura, no hay actuaciones, solo hay una actuacion, el auto acordando la busqueda y ese auto no es una "actuacion motivada por la aplicacion de esas medidas", sino una puerta que da pie en su caso, si hay detencion, a que puedan generarse otros pasos procesales posteriores, pero que en el caso de una busqueda y captura, no tiene sentido que se tramiten aparte, porque a mi parecer, es el propio procedimiento principal el que continua en el punto donde se interrumpio al sustraerse el acusado o condenado a la accion de la justicia.
Finalmente el procedimiento contra reos ausentes artcs 835 y ss lecr no preve nada absolutamente de piezas separadas y habla en todo momento de los autos.
Saludos y a ver si podeis aclarar un poco el tema.