Buenas noches:
En cierto Juzgado de Galicia, un LAJ se niega sistemáticamente a la solicitud de la parte ejecutante de recabar el modelo 347 de operaciones mercantiles con terceros, única manera en la mayoría de los casos (sobre todo cuando el ejecutado es autónomo) de averiguar créditos a su favor para embargar. Aduce cuestiones del estilo "es que es una información fiscal sensible", etc, etc. ¿Compartís ese criterio? Si es así, perdonad mi ignorancia, pero es que en otros juzgados se admite desde tiempo inmemorial.
Gracias por vuestra atención.
Negativa a recabar modelo 347 de la AEAT
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Re: Negativa a recabar modelo 347 de la AEAT
Hasta donde sé, todos los compañeros lo admiten, por los mismos argumentos que indicas.
Si en el PNJ existe esa aplicación es para algo. Otra cosa es que se fundamente (creo que era el art. 94 o 95 de la LGT ) por qué se accede a esos datos.
También es información sensible el domicilio y lo averiguamos a diario, ¿no?
Si en el PNJ existe esa aplicación es para algo. Otra cosa es que se fundamente (creo que era el art. 94 o 95 de la LGT ) por qué se accede a esos datos.
También es información sensible el domicilio y lo averiguamos a diario, ¿no?
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
Re: Negativa a recabar modelo 347 de la AEAT
Pues ya ves que todos no. Pero es que el LAJ al que me refiero tiene un criterio muy particular respecto a casi todo. Tu confirmación me deja más tranquila porque, al menos, creo que el equivocado es él.