Notificación del recurso de queja
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Notificación del recurso de queja
Alguién me puede decir en base a qué artículo el recurso de queja que resuelve el TSJ lo tengo que notificar yo, juzgado de lo social, y no el propio TSJ que es que dicta el auto? Lo comento porque ya es el segundo auto que resuelve la queja y me mandan las copias del auto para que sea yo el que lo notifique. ¿es vagancia o está fundamentado en derecho?
Re: Notificación del recurso de queja
Precisamente esta mañana ha llegado uno y acompañan una copia para notificar pero A LA PARTE PERSONADA que no lo ha sido en el recurso.
No me lo había planteado.
No me lo había planteado.