Se presentó una demanda por cantidad en reclamación de 2.000 euros y otra demanda por cantidad por 2.300 euros del mismo trabajador frente a misma empresa pero por periodos distintos.
Ambos procedimientos se acumularon
¿A efectos de admitir o no recurso de suplicación se ha de entender que no procede porque ninguna alcanza el mínimo de tres mil euros o sumais las cuantías?
Gracias
Suplicación y cuantía en procedimientos acumulados.
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
Re: supldeterminación de la cuantía en procedimientos acumul
Entiendo que la cuantía del procedimiento a todos los efectos , es la suma de las acciones acumuladas , por lo que en este caso sería recurrible en suplicación .
Re: Suplicación y cuantía en procedimientos acumulados.
En este caso como la acumulación es objetiva sí es susceptible de recurso de suplicacion. Ahora bien, si la acumulación fuera subjetiva, es decir que se acumulan varias reclamaciones de cantidad de varios sujetos, y ninguna de ellas individualmente supera la cantidad exigida, no sería susceptible de recurso alguno. En este ultimo supuesto de acumulación subjetiva, sería susceptible de recurso solo en el supuesto de que se pudiera aplicar la doctrina de la "afectación general".