Pagos voluntarios de sentencias a través de la CDC

Moderadores: Top Secre, Terminatrix

Mensaje
Autor
Quemaditx
Mensajes: 68
Registrado: Mié 09 Dic 2015 9:02 am
Contactar:

Pagos voluntarios de sentencias a través de la CDC

#1 Mensaje por Quemaditx »

En mi juzgado, como en muchos otros (creo), se hacen este tipo de pagos a través de la CDC, generando una gran cantidad de trabajo absurda, ya q según entiendo este pago debería hacerse extrajudicialmente. Lo suyo sería reservar la Cuenta del juzgado para ejecuciones, consignaciones, depósito de recursos y otras cuestiones que SÍ requieren una intervención del órgano judicial. ¿estáis de acuerdo? Si es así, ¿ cómo se OS ocurre reconducir a la vía extrajudicial estos pagos?
Gracias

delme
Mensajes: 384
Registrado: Sab 05 Jun 2010 10:30 pm

Re: Pagos voluntarios de sentencias a través de la CDC

#2 Mensaje por delme »

está previsto legalmente en el Art. 607.7 LEC, ahora bien lo de la información trimestral es un engorro así que, en algún caso lo que pongo es que, ex Art. 545.4 la información sea anual. Sólo lo recomiendo hacer con pagadores públicos por si las moscas.

Chavalin

Re: Pagos voluntarios de sentencias a través de la CDC

#3 Mensaje por Chavalin »

Es un tema cultural.

No se conciben los tribunales como algo demasiado caro para el erario público y que deberia garantizarse que sólo se usan sus recursos de modo subisidiario y de ultima ratio.

Los conflictos (en este país) no se intentan solucionar por medios alternativos no adversariales menos costosos (mediación, arbitraje, conciliación).

Debería ser requisito legal de admisibilidad que en toda reclamación judicial dineraria (la gran mayoría) deba indicarse una cuenta bancaria del acreedor para cobrar su deuda.

Ahora que, con ocasión de la presentación telemática de demandas, se podría haber exigido como campo obligatorio -para aquellas en que se reclamen cantidades- dentro de la información estructurada el número de cuenta bancaria o IBAN (que va a aser obligatorio para transfeencias desde febrero 2016) en el que se domicilia el cobro.

Tal vez así, el deudor al recibir el requerimiento o emplazamiento, si se allana, le puede pagar directamente ingresandole la cantidad en su cuenta y punto.

Creo que no haberlo exigido en la Resolución de 15 de diciembre de 2015 del SGAJ publicada en el BOE de 17 de diciembre de 2015, ha sido "otra ocasión perdida" de la última legislatura.

Saludos

Invitado

Re: Pagos voluntarios de sentencias a través de la CDC

#4 Mensaje por Invitado »

La sombra de la LO de Protección de Datos es muy larga

Chavalín

Re: Pagos voluntarios de sentencias a través de la CDC

#5 Mensaje por Chavalín »

Sí, si, y por desgracia no es la única, ni la más larga.

¿Cual es la más larga?

¿Es tan larga, rancia, alternativa y perniciosa para la adecuada organización de la ensombrecida Administración de Justicia como el erróneo concepto de "independencia judicial", cuya defición en el libro Blanco de la Justicia del CGPJ, ya ha cumplido 18 años en septiembre y mira como estamos....?

Avatar de Usuario
Top Secre
Moderador
Mensajes: 4295
Registrado: Jue 23 Jul 2009 12:44 am
Ubicación: En el Camino.
Contactar:

Re: Pagos voluntarios de sentencias a través de la CDC

#6 Mensaje por Top Secre »

Toda la razón.

La Ley de Protección de Datos debería ser revisada. Esa Instrucción también. Del Libro Blanco de la Justicia qué decir....qué bonito y qué inútil.

Yo también requiero para ejecuciones de familia en las que veo que desde hace años se viene pagando en la Cuenta del Juzgado la pensión sin problema.
Possunt quia posse videntur “pueden los que creen que pueden” (Publio Virgilio Marón – Eneida, V, 231).

Quemaditx
Mensajes: 68
Registrado: Mié 09 Dic 2015 9:02 am
Contactar:

Re: Pagos voluntarios de sentencias a través de la CDC

#7 Mensaje por Quemaditx »

Delme, mi pregunta no se refiere a pagos en fase de ejecución (esos ya asumo q los hago a través de la CDC. Me refiero a pagos derivados de sentencias condenatorias de cantidad (también los intereses y costas tasadas).

Si el condenado paga VOLUNTARIAMENTE, sin necesidad de abrir ejecución, entiendo q el pago debería ser extrajudicial pero la costumbre es efectuarse a través de la CDC supongo que porque es más cómodo para la parte o le da una mayor seguridad.

Si estuviera mano sobre mano me daría igual, pero asumir esta especie de "intermediación" con la carga de trabajo q tengo me toca las narices.

Otra cosa, no entiendo que tiene q ver la Lo de Protección de Datos con la cuestión q planteo. :noloentiendo:
Gracias por vuestra ayuda.

macarga

Re: Pagos voluntarios de sentencias a través de la CDC

#8 Mensaje por macarga »

Para entender un problema debes ponerte en lugar del "otro".
En vez de objetar carga de trabajo inútil la gran mayoría de movimientos de la cuenta de consignaciones recibiendo pagos o cobros que bien pudieran hacerse directamente los justiciables.
El hecho en si despeja cualquier posible conflicto de las partes, sin embargo hacerlo directamente una de las partes puede poner en duda la realidad, generando nueva burocracia que deberemos resolver nosotros mismos y a esta posibilidad no queremos valorarla correctamente y generaremos en el nuevo conflicto nueva burocracia asumida son objetar ya nada.¿ comprendéis ahora porque los justiciables prefieren pagar a través del Juzgado?

Quemaditx
Mensajes: 68
Registrado: Mié 09 Dic 2015 9:02 am
Contactar:

Re: Pagos voluntarios de sentencias a través de la CDC

#9 Mensaje por Quemaditx »

Si yo lo entiendo perfectamente. Como también entiendo que algunos abogados y procus prefieren, por poner un ejemplo, que los pagos se ingresen en sus cuentas corrientes (y por eso lo intentan) en vez de en las del cliente.

Otra cosa es el espíritu de la ley y la optimización del funcionamiento del juzgado, que es por lo que yo trato de velar, aunque a ti no te lo parezca.
En el primer caso, insisto en que entiendo que la cuenta del juzgado no está prevista para este tipo de pagos VOLUNTARIOS. En el segundo, directamente está prohibido. El ingreso ha de hacerse al cliente, q es el acreedor.

Como decía en un post anterior, si tuviera un volumen de trabajo decente ni me plantearía estas cuestiones, pero estando en un mixto con guardias y con una carga de trabajo superior al 300% de la q corresponde a mi juzgado, sería un detalle que tu también te pusieses, ya no en mi lugar, sino en el del resto de ciudadanos que acuden al juzgado por cuestiones que sí que deben ser atendidas por nosotros con la máxima celeridad, y que ven dilatada su atención y la resolución de sus problemas por tareas que deberían reservarse al ámbito extrajudicial.
Última edición por Quemaditx el Lun 04 Ene 2016 3:08 am, editado 1 vez en total.

Quemaditx
Mensajes: 68
Registrado: Mié 09 Dic 2015 9:02 am
Contactar:

Re: Pagos voluntarios de sentencias a través de la CDC

#10 Mensaje por Quemaditx »

Por otra parte dudo mucho que alguien a quien se le ha hecho efectivo un pago debido, sea de manera judicial o extrajudicial, se meta en un nuevo procedimiento, con lo q ello conlleva, para reclamar una cantidad que le ha sido abonada.

Avatar de Usuario
newzel
Mensajes: 2152
Registrado: Vie 23 Nov 2012 3:50 pm
Ubicación: Arcadia
Contactar:

Re: Pagos voluntarios de sentencias a través de la CDC

#11 Mensaje por newzel »

Quemaditx escribió:Si yo lo entiendo perfectamente. Como también entiendo que algunos abogados y procus prefieren, por poner un ejemplo, que los pagos se ingresen en sus cuentas corrientes (y por eso lo intentan) en vez de en las del cliente.

Otra cosa es el espíritu de la ley y la optimización del funcionamiento del juzgado, que es por lo que yo trato de velar, aunque a ti no te lo parezca.
En el primer caso, insisto en que entiendo que la cuenta del juzgado no está prevista para este tipo de pagos VOLUNTARIOS. En el segundo, directamente está prohibido. El ingreso ha de hacerse al cliente, q es el acreedor.

Como decía en un post anterior, si tuviera un volumen de trabajo decente ni me plantearía estas cuestiones, pero estando en un mixto con guardias y con una carga de trabajo superior al 300% de la q corresponde a mi juzgado, sería un detalle que tu también te pusieses, ya no en mi lugar, sino en el del resto de ciudadanos que acuden al juzgado por cuestiones que sí que deben ser atendidas por nosotros con la máxima celeridad, y que ven dilatada su atención y la resolución de sus problemas por tareas que deberían reservarse al ámbito extrajudicial.
Quemaditx, cómo controlas la liquidación de intereses en un declarativo, si no admites el pago a través de la cuenta, o es que te limitas a conferir traslado para que la otra parte impugne? Por el volumen de trabajo que llevas, claro.

Lo excepcional no es que "tu" Juzgado lleve una sobrecarga del 300%. Lo excepcional es que un SJ alegue eso como excusa para aseverar que la cuenta judicial es ajena a pagos "extraprocesales". Ya me dirás tú de dónde has sacado esa idea y qué entiendes por pagos "extraprocesales"
Et in Arcadia ego

Quemaditx
Mensajes: 68
Registrado: Mié 09 Dic 2015 9:02 am
Contactar:

Re: Pagos voluntarios de sentencias a través de la CDC

#12 Mensaje por Quemaditx »

¿por qué te refieres a la liquidación de intereses, y de paso presupones cómo las hago y juzgas mi trabajo?
Obviamente me refería a cantidades líquidas impuestas en sentencia y a costas tasadas.
Dices q lo de llevar una carga de trabajo superior a un 300% no es excepcional. Qué por encima pasas un asunto, que por desgracia no sé si es excepcional, pero sí sangrante. Para todos los que trabajamos en esas condiciones y para el ciudadano.

macarga

Re: Pagos voluntarios de sentencias a través de la CDC

#13 Mensaje por macarga »

Quemadix:
Newzel es todo un símbolo en este foro, con menudo te has metido

Avatar de Usuario
Javier González Pereda
Mensajes: 1506
Registrado: Mar 01 Sep 2015 2:35 pm
Ubicación: Santander
Contactar:

Re: Pagos voluntarios de sentencias a través de la CDC

#14 Mensaje por Javier González Pereda »

Hola buenos días a todos, no entiendo muy bien la controversia jurídica en este asunto. Pienso que esta perfectamente regulada en la normativa aplicable y que esta es aplicable siempre por encima de lo que sea mas cómodo o menos para el juzgado, o como trabaje cada uno en el suyo.

Lo primero, según el artículo 459 de la lopj que además luego reproduce casi de igual forma el reglamento, establece como una de las principales funciones del Secretario-letrado la llevanza y responsabilidad de la cuenta junto con todos los bienes y objetos afectos a los expedientes judiciales.

Justamente la cuenta y la fe pública con la documentación de los actos judiciales y procesales es una de las pocas funciones de verdad que justifican nuestra existencia, fuera de las mierdas de cutrefunciones que nos han ido endosando con el paso del tiempo, fundamentalmente como metedores de datos en 3000 registros.

Lo segundo, en desarrollo de la lopj y del reglamento de secretarios se dicto el real decreto 467/2006 de 21 de abril que regula todo lo relacionado con los depósitos y consignaciones judiciales en metálico de efectos y valores.

Es verdad que este real decreto ha ido sufriendo alguna modificación puntual pero sigue siendo de aplicación, incluso tras la diarrea legislativa tan comentada en este foro en otro hilo.

Pienso que la aplicación de esta normativa no es opinable ni por la comodidad de los justiciables ni por la comodidad del juzgado. Es una de nuestras responsabilidades. Comparto con quemadix que partiendo de esta base legal siempre aplicable, resulta razonable a mi entender, buscar fórmulas que alivien el trabajo del juzgado, pero no hasta el punto de desvirtuarlas.

Pienso que el mayor interés de un justiciable cuando acude a un juzgado es ver reconocido su derecho y sobre todo cobrar y cobrar lo mas rápido posible. Por eso ante el aumento tremendo de trabajo en todos los órganos, prácticas primerovexcepcionales, como el uso de cuentas privadas para transferir cantidades desde la cuenta del juzgado se han ido generalizando o el hecho de que se pueda habilitar gestores para la cuenta.

Comparto con newzel, que determinadas formulas fectivamente ralentizando las liquidaciones de intereses y te obligan a requerimientos y traslados a las partes para que acrediten pagos y fechas, posibles oposiciones y demás.

Pienso que los dos tenéis parte de razón, seria conveniente un uso razonable de la cuenta pero sin llegar a dejar de lado la normativa existente que además es muy clara en visto a nuestra responsabilidad y funciones. Es mas pienso quecesta si que no es una cutrefuncion junto con la fe pública de lo poco que justifica nuestra existencia como cuerpo. Un saludo y un abrazo para todos.
Juzgado de Instruccion 1 de Santander.

"Nada es imposible si alguien ya lo hizo alguna vez...y sino ...tampoco"

Avatar de Usuario
newzel
Mensajes: 2152
Registrado: Vie 23 Nov 2012 3:50 pm
Ubicación: Arcadia
Contactar:

Re: Pagos voluntarios de sentencias a través de la CDC

#15 Mensaje por newzel »

No existe ninguna controversia jurídica, Javier, sino un planteamiento absurdo que puede conducir a una queja motivada. Pero vamos, que a mí ni fu ni fa.
Et in Arcadia ego

Avatar de Usuario
Javier González Pereda
Mensajes: 1506
Registrado: Mar 01 Sep 2015 2:35 pm
Ubicación: Santander
Contactar:

Re: Pagos voluntarios de sentencias a través de la CDC

#16 Mensaje por Javier González Pereda »

Nezwel tienes razón. No solo queja motivada sino quizá alguna consecuencia más como he tratado de explicar. Quizá quepan interpretaciones en otras cosas en esta.... Un salúdo a todos
Juzgado de Instruccion 1 de Santander.

"Nada es imposible si alguien ya lo hizo alguna vez...y sino ...tampoco"

Quemaditx
Mensajes: 68
Registrado: Mié 09 Dic 2015 9:02 am
Contactar:

Re: Pagos voluntarios de sentencias a través de la CDC

#17 Mensaje por Quemaditx »

Gracias Javier.

Newzel, llevo poco tiempo por aquí, pero he leído algunas de tus intervenciones. Muchas de ellas me han parecido de un estilo muy feo a nivel personal (hacia otros compañeros) y carentes de rigor y con una argumentación muy pobre en el aspecto jurídico. No obstante, nunca he hecho ningún juicio de valor ya que entiendo que este foro está para ayudarnos y solucionar dudas, evitando malos rollos.

Sería un detalle que tu hicieras lo propio y no entres a valorar si mis dudas son absurdas o dejan de serlo. Es más, ni siquiera me interesa tu criterio jurídico. La próxima vez que veas una duda que haya planteado yo, sáltatela y no perdamos tiempo ni energía ninguno de los dos.

Avatar de Usuario
newzel
Mensajes: 2152
Registrado: Vie 23 Nov 2012 3:50 pm
Ubicación: Arcadia
Contactar:

Re: Pagos voluntarios de sentencias a través de la CDC

#18 Mensaje por newzel »

Quemaditx escribió:Gracias Javier.

Newzel, llevo poco tiempo por aquí, pero he leído algunas de tus intervenciones. Muchas de ellas me han parecido de un estilo muy feo a nivel personal (hacia otros compañeros) y carentes de rigor y con una argumentación muy pobre en el aspecto jurídico. No obstante, nunca he hecho ningún juicio de valor ya que entiendo que este foro está para ayudarnos y solucionar dudas, evitando malos rollos.

Sería un detalle que tu hicieras lo propio y no entres a valorar si mis dudas son absurdas o dejan de serlo. Es más, ni siquiera me interesa tu criterio jurídico. La próxima vez que veas una duda que haya planteado yo, sáltatela y no perdamos tiempo ni energía ninguno de los dos.
Pues a mí sí que me importa que una SJ haga tonterías. No si le afectan a él personalmente, si previamente se le ha aconsejado y además de pasar de todo se siente ofendido. Me importa si otros SJ novatos de buena fe pueden creer que es un consejo útil y verse encima con un buen marrón.

Haré los juicios de valor que tenga por pertinentes, sean o no de tu agrado. Los malos rollos en este hilo los has causado tú respondiendo de mala manera a un forero invitado.

Si no te gustan mis intervenciones, y que enjuicias carentes de rigor jurídico, lo tienes muy fácil. No te releas.
Et in Arcadia ego

Quemaditx
Mensajes: 68
Registrado: Mié 09 Dic 2015 9:02 am
Contactar:

Re: Pagos voluntarios de sentencias a través de la CDC

#19 Mensaje por Quemaditx »

Sí, ha quedado clarísimo lo que te importan los SJ novatos, como nos llamas. A otro perro con ese hueso.

Gracias por tus consejos pero ya te he dicho que no son de mi interés. Quizás encuentres a alguien que sí le interesen, pero a mí NO. Yo ya elijo a mis maestros.

Y no entres al trapo, por favor. Por mi parte, sigo en el foro para lo que creo que está: mantenerme informado e intercambiar opiniones de buen rollo con compañeros, aunque no coincidamos en ell fondo.

macarga

Re: Pagos voluntarios de sentencias a través de la CDC

#20 Mensaje por macarga »

Ya quisiéramos muchos SJ tener los conocimientos de Newzel.
Me sabe mal que lo critiquen a nivel personal, que no es lo mismo
que discrepar sobre tema sea el que sea.
Animo y no te des por aludido aunque este desde un principio iba a por ti.
Tu principal virtud es lo trabajador que eres que unido
a tus conocimientos te hacen fetén, por cierto hace muchos años
que no escribía yo la palabra fetén.
Saludos

Avatar de Usuario
newzel
Mensajes: 2152
Registrado: Vie 23 Nov 2012 3:50 pm
Ubicación: Arcadia
Contactar:

Re: Pagos voluntarios de sentencias a través de la CDC

#21 Mensaje por newzel »

Hola macarga. Vaya, vas a conseguir que me sonroje :oops: . opinión inmerecida tienes de mí, pero se agradece :oleole

Que no te sepa mal, que las opiniones de quienes, a falta de argumentos, y como los críos pillados in fraganti, que saben que han hecho mal, intentan descalificar, no me afectan en absoluto. Patético. :RotoDeRisa:
Et in Arcadia ego

Avatar de Usuario
Javier González Pereda
Mensajes: 1506
Registrado: Mar 01 Sep 2015 2:35 pm
Ubicación: Santander
Contactar:

Re: Pagos voluntarios de sentencias a través de la CDC

#22 Mensaje por Javier González Pereda »

Hola quemadix, todos fuimos nuevos alguna vez, te animo de corazón a que todas las dudas que tengas las plantees aquí porque seguro que muchos compañeros, estaremos encantados de poder ayudar a ti y a todos los que lo necesiten.

En este foro escribimos mucha gente distinta, su grandeza, radica en la polémica con respeto. Incluso a la hora de interpretar artículos, nada mas bonito que escuchando a unos y a otros poder aprender de los demás. De unos aprenderás, de otros simplemente pasaras pero de todos te enriqueceras.Te animo a que sigas preguntando lo que necesites muchos intentaremos ayudarte. Nunca nadie tuvo siempre la razón. De hecho si nos equivocamos están los recursos. Si en el supremo se equivocan y cambian tendencias..... Un abrazo muy grande para ti.
Juzgado de Instruccion 1 de Santander.

"Nada es imposible si alguien ya lo hizo alguna vez...y sino ...tampoco"

Quemaditx
Mensajes: 68
Registrado: Mié 09 Dic 2015 9:02 am
Contactar:

Re: Pagos voluntarios de sentencias a través de la CDC

#23 Mensaje por Quemaditx »

Mil gracias por tu apoyo e interés sincero, Javier.

Desde luego, que seguiré por aquí. Me son de gran ayuda todas las novedades y actualizaciones que colgáis y, las opiniones y aportaciones de otros compañeros. Por supuesto, que admito opiniones contrarias siempre que no incluyan descalificaciones. Es más si están bien argumentadas y me convencen siempre estoy abierta a cambiar mi criterio. No hay nada más empobrecedor que los dogmatismos.

Un abrazo y muchas gracias.

CIVILIST@
Mensajes: 747
Registrado: Lun 11 Ene 2016 11:12 am
Contactar:

Re: Pagos voluntarios de sentencias a través de la CDC

#24 Mensaje por CIVILIST@ »

Buenas, me estreno en este ya veterano foro en un hilo que ha vivido un pequeño rifirrafe verbal entre dos buenos foreros, técnicamente preparados y solventes como se desprende de sus intervenciones....

Sinceramente creo que no es necesario llegar al extremo de no leer a otro compañero, aunque no se comparta o incluso se discrepe abiertamente de su opinión, siempre, eso sí, que se parta de la necesaria cortesía y respeto que rigen en este foro, pero para aplicar ese código ya está el Administrador... En cualquier caso, no debe confundirse con falta de respeto la contundencia en una afirmación o razonamiento jurídico, y más viendo de quien ha demostrado en sobradas ocasiones conocimiento de causa, acierto jurídico y buen tino, como es Newzel.

En cuanto a la cuestión de fondo que ha originado la consulta, solo apuntar que lo dicho por Quemaditx no es ninguna barbaridad jurídica ni algo carente de justificación. Si no, mirad en qué términos se pronunció nada menos que una Junta de LAJ's de Valencia recientemente en el caso BANKIA:

"Acuerdos 25-06-2015 SJ Página 2 de 5
proceso de ejecución previa acreditación documental por BANKIA de la liquidación que ha realizado.
2.1. Habida cuenta el altísimo porcentaje de sentencias condenatorias y la repetición de los fallos que se advierte, se dictará en todos los procesos una diligencia de ordenación en la que se indicará a las partes en qué supuestos podrán solicitar el auxilio judicial y aquellos en los que deberá solicitarse el correspondiente despacho de ejecución (ANEXO II)
2.2. Para evitar cualquier tipo de disfunciones en la gestión de esta clase de procesos, se interesa del Secretario Coordinador Provincial que con la asistencia del delegado del orden jurisdiccional, se convoque a una reunión a los representantes procesales de BANKIA, con el objeto de comunicarles el acuerdo alcanzado en la Junta, sus consecuencias y facilitarles copia de la resolución a que se refiere el ANEXO II."
"ANEXO II
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN (BANKIA)
Sr. Secretario Judicial En VALENCIA, a veintiséis de junio de dos mil quince.
Habiéndose dictado sentencia condenatoria contra BANKIA se indica a las partes:

1. El cumplimiento voluntario deberá realizarse mediante una transferencia a la cuenta bancaria del demandante, sin que se emplee para dicha finalidad la cuenta de consignaciones del Juzgado
. En otro caso y dada la ausencia de previsión legal, se devolverá a BANKIA el importe que haya podido consignar. 2. La sentencia es el único título en este proceso y no podrá acudirse al trámite de la liquidación de daños y perjuicios (arts. 712 y ss LEC) o al del art. 576 LEC para integrar el fallo. En el caso de discrepancia entre las partes, la liquidación deberá realizarse en ejecución de la sentencia. 3. La tasación de costas solo se practicará a falta de acuerdo entre las partes sobre los honorarios y derechos devengados (art. 242.1 LEC)"

1 Asisten los Secretarios Judiciales de los Juzgados de Primera Instancia de Valencia
números 1,2,3,4,5,7,10,11,14,16,17,18,19,20,21,23,25 y 27.
2 Relator del documento: Alberto Martínez de Santos, Secretario Judicial del Juzgado de
Primera Instancia número 23.

Y aprobado por amplia mayoría...

Personalmente no comparto esa forma de proceder porque entiendo que en realidad no existe base legal para denegar un ingreso en un declarativo en cumplimiento de una resolución judicial, amén de los problemas prácticos que se apuntaban (control liquidación intereses, plazo de espera 548 LEC, etc), pero lo cierto es que hay compañeros y compañeros de gran prestigio así lo han defendido públicamente en un acta...

Por lo que, espero que los foreros que cruzaron su esgrima oratorio, constaten que la cosa no está tan clara como parece...

Saludos cordiales,

Avatar de Usuario
newzel
Mensajes: 2152
Registrado: Vie 23 Nov 2012 3:50 pm
Ubicación: Arcadia
Contactar:

Re: Pagos voluntarios de sentencias a través de la CDC

#25 Mensaje por newzel »

Hola civilist@. Me alegra muchísimo que hayas escrito tu mensaje. Precisamente, lo que se ha acordado en el "acuerdo" de SJ de Valencia que has transcrito parcialmente, ha sido una reinvindicación de Alberto Martínez de Santos al menos desde 2012. Así lo puedes ver en su blog. Y me mantengo en mi mensaje. Es un planteamiento basado en el oportunismo (excesivas condenas de Bankia y errores en los ingresos) contrario al RD regulador de los depósitos y consignaciones judiciales, y que además, se extralimita, en la medida en que un acuerdo de SJ no puede limitar posibilidades de actuación, o lo que es lo mismo, imponer cargas a quienes ejercen derecho contemplado en un RD. No se puede imponer el pago a quien viene obligado a ello, en una cuenta particular, si precisamente el pago en "periodo voluntario" en la cuenta judicial del obligado a ello es uno de los presupuesto de hecho objetivo y subjetivo del referido RD.

Y me reitero en que, si yo fuere justiciable o letrado, interpondría queja contra quien con formalismo infundado, me negare un legítimo derecho con cobertura legal, previo el oportuno recurso.
Et in Arcadia ego

Responder