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Moderadores: Terminatrix, Top Secre

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MARA

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#1 Mensaje por MARA »

EN LO MONITORIOS SI NO SE ENCUENTRA AL DEMDO DEBEMOS REQUERIRLE DE PAGO POR EDICTO?

Invitado

#2 Mensaje por Invitado »

En el monitorio no cabe requerimiento edictal, la jurisprudencia es absolutamente unánime.

OTRO INVITADO

#3 Mensaje por OTRO INVITADO »

Salvo que se trate de reclamaciones de las comunidades de propietarios, en que sí está previsto el requerimiento por edictos.

MARA

MONITORIO

#4 Mensaje por MARA »

MUCHAS GRACIAS

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