APELACION Y DEPOSITO PARA RECURRIR

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Secrevido

APELACION Y DEPOSITO PARA RECURRIR

#1 Mensaje por Secrevido »

Creo que es lo correcto, pero me gustaría que me dierais opiniones.
Sentencia civil, las dos partes preparan recurso de apelación. Dejando a parte la discusión sobre si se debe ingresar el depósito al prepar o al interponer, que ya ha sido tratado en otro tema, yo entiendo que debe hacerse en la preparación y por eso lo exijo en ese momento.
Una de las partes presenta resguardo de ingreso del depósito para recurrir. La otra nada de nada. Entiendo que se tiene por preparado el recurso de la que ha ingresado y a la otra se le dice que no se tiene por preparado el recurso, informándole de la posibilidad de recurrir en queja, no? En el caso, muy probable, de que recurra en queja, debemos seguir con la tramitación de la apelación preparada por la otra parte, o al contrario tiene efectos suspensivos?
Muchas gracias.

Invitado

#2 Mensaje por Invitado »

a la que no presentó el resguardo de ingreso le tienes que dar dos días antes de acordar nada sobre la apelación.

secrevido

#3 Mensaje por secrevido »

Anonymous escribió:a la que no presentó el resguardo de ingreso le tienes que dar dos días antes de acordar nada sobre la apelación.
Considero que no le tengo que dar plazo para subsanar ya que no es que no me haya aportado el justificante sino que no ha realizado ingreso alguno. Yo no lo considero un error sino un incumplimiento de la obligación de ingresar, otra cosa hubiera sido que yo hubiera visto en la cuenta que tengo un ingreso, pero no me había aportado el justificante.

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