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¿Adjudicación por postura superior al principal ?

Publicado: Lun 12 Mar 2012 3:00 pm
por Adjudicador
:cool: ¿se puede decreto de adjudicación al ejecutante conforme al art 671 por postura superior al principal que se reclama sin :cool: liquidar previamente intereses y costas?.

Publicado: Lun 12 Mar 2012 9:04 pm
por PROCU
yo entiendo que no. se deben liquidar previamente intereses y costas porque si el valor de la adjudicacion es como dices superior al principal, intereses y costas, se debe requerir al futuro adjudicatario para que consigne la diferencia cuyo destino irá, bien a acreedores posteriores, bien al propio ejecutado.

pienso que al igual que al mejor postor se le requiere para que consigne la diferencia entre la fianza y el resto y luego se dicta el auto de adjudicacion, deberia ocurrir lo mismo en el caso que planteas. Salvo mejor criterio...