Ejecución con ejecutado en concurso ¿ Ponéis decreto final ?

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girasol
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Registrado: Dom 27 Dic 2009 2:00 am

Ejecución con ejecutado en concurso ¿ Ponéis decreto final ?

#1 Mensaje por girasol »

La duda que tengo es la siguiente: cuando tenemos un deudor concursado en una ETJ o ENJ y hay que poner el decreto de suspensión del 568 de la LEC, lo poneis numerado como decreto final? esa ejecución tarde o temprano "se irá " del juzgado...
¿como lo veis?

belisario
Mensajes: 39
Registrado: Mié 16 Feb 2011 10:36 pm

#2 Mensaje por belisario »

Creo que debe mantenerse la suspensión hasta la aprobación del convenio por el Juzgado Mercantil, una vez dictada sentencia de aprobación pongo un decreto de terminación con el siguiente fundamento:
"Habida cuenta de que el crédito reclamado es anterior a la declaración del concurso y que por tanto el convenio aprobado judicialmente es vinculante entre acreedor y deudor, aun cuando el crédito no hubiese sido reconocido, artículo 134 Ley Concursal, y habida cuenta de la eficacia novatoria de dicho convenio, artículo 136 de la Ley Concursal, se ha producido una pérdida sobrevenida del objeto del presente procedimiento, pudiendo la parte actora instar el cumplimiento del convenio para la satisfacción de su crédito en los términos estipulados en el mismo. Por todo ello procede tener por terminada la causa y decretar su archivo.

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