Cancelación de embargo preventivo acordado en años 70.
Moderadores: Terminatrix, Top Secre
Cancelación de embargo preventivo acordado en años 70.
Tengo un procedimiento de los años setenta en el que se ordenó el embargo preventivo de varias fincas. Dichas anotaciones de embargo se prorrogaron varias veces y se archivó sin sacar las fincas a subasta y sin que conste nada en el procedimiento respecto al pago de la deuda. Ahora, después de veinte años, un tercero ajeno al procedimiento, me solicita la cancelación del embargo de una de las fincas, acreditando que es el propietario actual. No sé que hacer, en el procedimiento lo único que se ha hecho con posterioridad es la cancelación de los embargos de otra de las fincas, también por haberlo solicitado un tercero, pero a mí no me queda muy claro. Gracias por vuestra ayuda como siempre.
- Terminatrix
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Y da gracias que tienes el expediente
Lo que suelo hacer en estos casos es:
1. Si tengo los autos, traslado al ejecutante por 5-10 días a fin de que manifieste lo oportuno, bajo apercibimiento de accederse a lo solicitado.
Si no dice nada, o está conforme ( nunca me han pedido que deniegue) proveo según solicita el ejecutado o tercero.
2. Si no los tengo: incoo gubernativo con el escrito ( solicito, si no la acompaña, aporte nota simple registral para facilitarle las cosas al ejecutante) traslado al ejecutante por 5-10 días a fin de que manifieste lo oportuno, bajo apercibimiento de accederse a lo solicitado.
Si no dice nada, o está conforme . proveo según solicitan.
Que se opone, que tampoco me ha pasado, reconstrucción de autos.
Lo que suelo hacer en estos casos es:
1. Si tengo los autos, traslado al ejecutante por 5-10 días a fin de que manifieste lo oportuno, bajo apercibimiento de accederse a lo solicitado.
Si no dice nada, o está conforme ( nunca me han pedido que deniegue) proveo según solicita el ejecutado o tercero.
2. Si no los tengo: incoo gubernativo con el escrito ( solicito, si no la acompaña, aporte nota simple registral para facilitarle las cosas al ejecutante) traslado al ejecutante por 5-10 días a fin de que manifieste lo oportuno, bajo apercibimiento de accederse a lo solicitado.
Si no dice nada, o está conforme . proveo según solicitan.
Que se opone, que tampoco me ha pasado, reconstrucción de autos.
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.