El contencioso equipara a gestores y secretarios
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El contencioso equipara a gestores y secretarios
Un Juzgado de lo contencioso dice que una sustitución efectuada por un Gestor procedente de la bolsa de Secretarios Sustitutos es una " sustitución ordinaria " exactamente igual que cuando un secretario sustituye a otro. Indica que al ser funcionario de Gestión la sustitución es interna y ordinaria.
Volvemos al acceso directo de gestión a Secretario cuando un juzgado ya considera que son el mismo cuerpo.
Volvemos al acceso directo de gestión a Secretario cuando un juzgado ya considera que son el mismo cuerpo.
Re: El contencioso equipara a gestores y secretarios
Estaría bien que pudieras colgar la resolución.
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Re: El contencioso equipara a gestores y secretarios
Si he entendido bien estais hablando de un Secretario sustituto que sustituye a otro Secretario luego estamos ante una sustitución ordinaria entre Secretarios. La peculiaridad de gestor aquí no cuenta nada. Lo que importa es la condición de Secretario sustituto con independencia de que sea gestor procesal, auxilio o Registrador de la Propiedad.
Re: El contencioso equipara a gestores y secretarios
Por eso es importante conocer la resolución. Yo en principio también lo he interpretado así; pero sin conocimiento de la resolución prefiero de momento no opinar
Re: El contencioso equipara a gestores y secretarios
Veo que no me he explicado bien.
Cuando yo sustituyo a mi compañero del juzgado de al lado estoy realizando una sustitución ordinaria. Cuando el coordinador de turno en una vacante nombre a una persona de la bolsa de sustitutos (sea gestor o no) es una sustitución por sustituto. La primera es preferente a la segunda
Ahora, el contencioso se descuelga y al hablar de un nombramiento de una persona de la bolsa de sustitutos que es una gestora dice que no estamos ante una sustitución por secretario sustituto sino ante una sustitución ordinaria. Equipara a los gestores con los secretarios diciendo que como es gestor no es sustituto.
Cuando yo sustituyo a mi compañero del juzgado de al lado estoy realizando una sustitución ordinaria. Cuando el coordinador de turno en una vacante nombre a una persona de la bolsa de sustitutos (sea gestor o no) es una sustitución por sustituto. La primera es preferente a la segunda
Ahora, el contencioso se descuelga y al hablar de un nombramiento de una persona de la bolsa de sustitutos que es una gestora dice que no estamos ante una sustitución por secretario sustituto sino ante una sustitución ordinaria. Equipara a los gestores con los secretarios diciendo que como es gestor no es sustituto.
Re: El contencioso equipara a gestores y secretarios
Hola pena,
Ciertamente como te han dicho compañeros seria ideal que colgaras la resolución aunque fuera omitiendo nombres y si quieres fechas.
Un saludo.
Ciertamente como te han dicho compañeros seria ideal que colgaras la resolución aunque fuera omitiendo nombres y si quieres fechas.
Un saludo.
Re: El contencioso equipara a gestores y secretarios
Lo siento Alatristre pero yo no tengo la resolución. Me la enseño un compañero la semana pasada. Ahora estoy de vacaciones. A ver si a la vuelta se la pido y la puedo escanear tachando los nombres
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Re: El contencioso equipara a gestores y secretarios
Efectivamente, cuando un Gestor integra la bolsa de SJ sustitutos y es llamado a cubrir un puesto, accede a la plaza como SJ sustituto, no como Gestor, por eso es una sustitución ordinaria.
No veo donde está el problema pero cd cuelgues la resolución lo podemos valorar.
No veo donde está el problema pero cd cuelgues la resolución lo podemos valorar.
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Re: El contencioso equipara a gestores y secretarios
Atalaya ha tenido la amabilidad de colgar este mensaje con la resolución en otro subforo (Sentencia equiparación secretari@ y gestor@s). Lo muevo aquí para unificar temas recomendando el registro en este foro: es útil, es beneficioso, es gratis y nos ayuda mucho.
Atalaya escribió:Hola, como no estoy registrada no tengo la opción de poner este mensaje en el hilo que corresponde. Creo que de la sentencia de la que se habla es ésta:
https://docs.google.com/viewer?a=v&pid= ... OTQ4ZTZlOQ
está sacada de este blog:
http://elobservatoriojudicial.blogspot. ... s-mas.html
Possunt quia posse videntur “pueden los que creen que pueden” (Publio Virgilio Marón – Eneida, V, 231).
Re: El contencioso equipara a gestores y secretarios
Lo siento pero no puedo deciros si es esta la resolución a la que me refiero. La mier... De la cobertura de red móvil no me permite abrir el archivo, aunque la que el compañero me enseño no me suena que fuera del supremo. En cuanto pueda leer esta os cuento. Mi preocupación es este tema y hacia donde me gustaría se dirigiera el debate es a analizar si volvemos al ascenso encubierto a Secretario Judicial sin examen. Como todos sabéis por mi trayectoria en este foro no estoy en contra de la promoción interna y tampoco estoy en contra de los sustitutos pero si estoy en contra de la conversión automática sin acreditar unos méritos y unos conocimientos. Soy partidario de que tanto unos como otros pudieran convertirse en secretarios aprovechando las capacidades que ya tienen adquiridas pero creo que debería exigirse un esfuerzo en forma de prueba o examen objetivo.
Re: El contencioso equipara a gestores y secretarios
Hola Pena:
La objetividad que predicas en el acceso a través del examen no la entiendo.
Si entiendo que como modo de comprobar la capadidad y conocimientos puede ser un sistema válido. Pero eso no significa que el concurso de méritos, aunque menos válido para demostrar conocimientos, no sea objetivo. Creo que son planos distintos.
Tras conseguir la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Agenes de la Administración de Justicia, por el turno libre y con examen (solían preguntar temas a desarrollar en una hora como "Las guerras carlistas", "La fermentación del yogourt", o "La vertiente atlántica de los ríos españoles". El turno libre era y es el único sistema de acceso. Comencé a preparar el acceso por el turno libre (examen) el ingreso en el de Oficial de la Administración de Justicia, lo que conseguí antes de 3 años (otros pudieron elegir promocionar primero a Auxiliares, hoy Tramitadores, por el mero trascurso del tiempo y de este a Oficiales).
En la oposición libre a Oficiales tuve que medir mis fuerzas con otros aspirantes que tenían puntos como interinos en Agentes, Tramitadores y Oficiales, que en un gran porcentaje les sirvieron para superar el ingreso -y sin los cuales no hubieran aprobado--
Una vez en Oficiales, la alternativa de acceso a Secretarios judiciales al turno libre era el concurso puro, sin examen. Sólo para oficiales de carrera con 5 años de antiguedad y Licencia en Derecho. Me saqué la carrera mientras adquiría la antiguedad, simultaneamente con el trabajo de oficial y atendiendo a mi familia, que crecía.
Lo intenté dos veces, me trabajé los méritos, gasté dinero en matrículas de cursos, di clases, sustituí a Secretarios (por sustitución, con cuenta y todo, y por habilitación, para lo que el Secretario no quería hacer directamente, básicamente entrar en sala y patear las calles ejecutando embargos, remociones de depósito y lanzamientos).
Adquirí conocimientos en idiomas y en informática (que los del libre, la mayoría, ni papa de ello). Los méritos los valoró el mismo tribunal que juzgó los examenes del libre.
No noté la falta de objetividad. Si hubiera sido posible acceder por concurso oposición, talvez con un intento me hubiera bastado y hubiera accedido mucho antes. Mucha gente -en todos los cuerpos- quiere promoverse sin estudiar, y a ser posible solo con echar la instancia-. En Secretarios judiciales existió el turno de tercera a segunda categoría por pruebas selectivas. Cayo en desuso, por falta de aspirantes.
Voy ya a por el quinto trienio en Secretarios judiciales y, en ningún destino he sentido que no daba la talla o me faltara profesionalidad por insuficiente capacidad o conocimientos en comparación con compañeros de otros turnos, más bien al revés.
En los ultimos procesos selectivos, se han dado casos de aprobar Secretarios Gestores, que han pedido excedencia en Secretarios por incompatibilidad y se han vuelto de gestores. Es un síntoma de las condiciones tan canallas que vivimos. Creo las peores en toda la historia. Fijate como está la cosa.
Saludos
La objetividad que predicas en el acceso a través del examen no la entiendo.
Si entiendo que como modo de comprobar la capadidad y conocimientos puede ser un sistema válido. Pero eso no significa que el concurso de méritos, aunque menos válido para demostrar conocimientos, no sea objetivo. Creo que son planos distintos.
Tras conseguir la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Agenes de la Administración de Justicia, por el turno libre y con examen (solían preguntar temas a desarrollar en una hora como "Las guerras carlistas", "La fermentación del yogourt", o "La vertiente atlántica de los ríos españoles". El turno libre era y es el único sistema de acceso. Comencé a preparar el acceso por el turno libre (examen) el ingreso en el de Oficial de la Administración de Justicia, lo que conseguí antes de 3 años (otros pudieron elegir promocionar primero a Auxiliares, hoy Tramitadores, por el mero trascurso del tiempo y de este a Oficiales).
En la oposición libre a Oficiales tuve que medir mis fuerzas con otros aspirantes que tenían puntos como interinos en Agentes, Tramitadores y Oficiales, que en un gran porcentaje les sirvieron para superar el ingreso -y sin los cuales no hubieran aprobado--
Una vez en Oficiales, la alternativa de acceso a Secretarios judiciales al turno libre era el concurso puro, sin examen. Sólo para oficiales de carrera con 5 años de antiguedad y Licencia en Derecho. Me saqué la carrera mientras adquiría la antiguedad, simultaneamente con el trabajo de oficial y atendiendo a mi familia, que crecía.
Lo intenté dos veces, me trabajé los méritos, gasté dinero en matrículas de cursos, di clases, sustituí a Secretarios (por sustitución, con cuenta y todo, y por habilitación, para lo que el Secretario no quería hacer directamente, básicamente entrar en sala y patear las calles ejecutando embargos, remociones de depósito y lanzamientos).
Adquirí conocimientos en idiomas y en informática (que los del libre, la mayoría, ni papa de ello). Los méritos los valoró el mismo tribunal que juzgó los examenes del libre.
No noté la falta de objetividad. Si hubiera sido posible acceder por concurso oposición, talvez con un intento me hubiera bastado y hubiera accedido mucho antes. Mucha gente -en todos los cuerpos- quiere promoverse sin estudiar, y a ser posible solo con echar la instancia-. En Secretarios judiciales existió el turno de tercera a segunda categoría por pruebas selectivas. Cayo en desuso, por falta de aspirantes.
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Saludos
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Mejorar nuestra suerte depende de nosotros mismos
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