En aras del principio procesal.

Para el resto de consultas, no clasificables en los anteriores

Moderadores: Top Secre, Terminatrix

Mensaje
Autor
iustitiam641963
Mensajes: 3
Registrado: Jue 12 Dic 2013 10:02 am
Contactar:

En aras del principio procesal.

#1 Mensaje por iustitiam641963 »

Tengo una duda por ejemplo en aras del principio invocado se puede en una misma diligencia poner en la cabecera:

Diligencia de ordenación con Diligencia de Constancia;

Diligencia constancia se acusa recibo del oficio ... o lo que sea..

Doy fe..

SJ...........

En aras del principio de economía procesal:

Diligencia de ordenación:

Dese traslado de la cumplimentación del anterior oficio a la parte demandada para que en el plazo de cinco días presente sus alegaciones acordada por resolución de.... de su actuación se acordará....

SJ......

Yo lo veo viable y concentrado en una resolución dos situaciones una de constancia y otra de impulso procesal.

Otra cosa que me pierde un poco:

Cuando una diligencia de comunicación, o de ejecución, es que no veo que se usen todavía no me he tropezado con ninguna, o quizás las tenga delante de mi pero con las reformas de una manera enmascarada.
Gracias y feliz 2014.

Invitado

Re: En aras del principio procesal.

#2 Mensaje por Invitado »

Te diré que yo en principio procuro concentrar en la Diligencia lo máximo que puedo y que sea permitido, y nunca me ha preocupado demasiado la denominación que debo darle a la misma. Muchas veces, llevado por la costumbre de siempre, cuando yo minuto, pongo solo "Diligencia del Secre...." nada más. No me preocupa mucho denominarla de constancia, de referencia, o de lo que sea.

Avatar de Usuario
Maricarmen
Mensajes: 851
Registrado: Vie 25 May 2012 12:13 am
Contactar:

Re: En aras del principio procesal.

#3 Mensaje por Maricarmen »

no necesitas darte cuenta a ti mismo... yo desde luego , precisamente aplicando el principio de economia procesal lo pongo todo en la diligencia de ordenacion que debe notificarse a las partes personadas.

Diligencia de ordenación del Secretario Judicial:

Recibida la anterior comunicacion del Colegio notarial unase y dese traslado por cinco dias a las partes personadas para alegaciones .

Asi lo ordeno y firmo. Doy fe.
SJ......
“No hay vientos favorables para quien desconoce el rumbo” Sêneca

Invitado

Re: En aras del principio procesal.

#4 Mensaje por Invitado »

De acuerdo, Maricarmen

Avatar de Usuario
Top Secre
Moderador
Mensajes: 4295
Registrado: Jue 23 Jul 2009 12:44 am
Ubicación: En el Camino.
Contactar:

Re: En aras del principio procesal.

#5 Mensaje por Top Secre »

No te preocupe concentrar en una misma diligencia actividades de constancia, ordenación e incluso ejecución. Es más, siempre que se pueda yo soy partidaria de hacerlo y lo hago sin problema utilizando el genérico "Diligencia de ordenación del SJ" en la que dejo constancia, ordeno e impulso y acuerdo traslados o actividades de ejecución en la misma diligencia.

Lo importante y que siempre debes tener en cuenta es dar el recurso adecuado. Te lo digo porque lo importante es que lo que concentras sea susceptible del mismo recurso. Si no, lo conveniente son resoluciones separadas. Te lo digo porque a veces se tiende incluso a acordar en Decreto actividades propias de diligencia de ordenación y no nos damos cuenta de que cada una es susceptible de un tipo de recurso distinto.

Pero si tienes cuidado con eso, ningún problema.
Possunt quia posse videntur “pueden los que creen que pueden” (Publio Virgilio Marón – Eneida, V, 231).

Responder