Recurrir comisiones de servicio

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Re: Recurrir comisiones de servicio

por calixto » Mar 19 May 2015 12:10 pm

Hartitaestoy: ¿puedes ser un poco más explícita? Es que no entiendo que quieres decir.

Re: Recurrir comisiones de servicio

por HARTITAESTOY » Jue 14 May 2015 11:07 am

Los de las puertas giratorias estarán encantados con la última publicación sobre comisiones de servicios : me refiero a las publicadoas el 8 de abril 2015.

Re: Recurrir comisiones de servicio

por Secretarionovato » Lun 23 Feb 2015 1:30 am

La publicación del acto, es la inserción en el portal.

Sería "la adjudicación de los puestos de trabajo en comisión de servicio ofertadas el xxxx, publicada en el Portal...."

Cierto es que carece del pie del recurso, pero eso lo único que conlleva (y en este caso sería opinable, dada la cualidad de los destinatarios) es que el plazo no empieza a computar hasta que se recurra o se efectúen actos que evidencien el conocimiento de su contenido o posibilidad de recursos.

En todo caso, es lo que te digo. Es un acto del Secretario General, cabe reposición (dado que agota la vía administrativa) o contencioso directo y la interposición del recurso no conlleva el pago de tasa.

Re: Recurrir comisiones de servicio

por Dardo » Dom 22 Feb 2015 7:47 pm

Bien, pero siempre tiene que haber un acto administrativo, y que sepa, en el portal no se ha publicado mas que un listado, y no una resolución.
Alguien conoce qué acto administrativo, es decir, qué resolución se ha dictado, o en qué tablón puede ser consultada? En el Portal únicamente hay un cuadro con el listado de adjudicaciones, y no veo modo de saber qué tengo que recurrir ... ¿ un pantallazo? Recursos frente a pantallazos??
Esto es la monda

Re: Recurrir comisiones de servicio

por Secretarionovato » Dom 22 Feb 2015 2:21 am

Parecer no ser necesaria tal notificación, de conformidad con el artículo 59.6.b) (Ley 30/1992)...

Y el plazo es un mes...

Re: Recurrir comisiones de servicio

por Dardo » Sab 21 Feb 2015 12:32 am

El s. Gobierno me ha comunicado por escrito que no tiene mas conocimiento q el de la publicación en el Portal, por lo que no tiene nada que notificarme! :shock:
Sin comentarios ...

Veremos que me indica la S. general. Todo acto administrativo es susceptible de ser recurrido, pero si no me le notifican a mi, que pedí la comisión, haber qué y cómo recurro, la España de pandereta

Re: Recurrir comisiones de servicio

por Invitado » Jue 19 Feb 2015 11:32 pm

Alguien lo ha hecho? Me interesaría muuuucho, porque ya está bien que se adjudiquen de esta forma tan opaca

Re: Recurrir comisiones de servicio

por also starring » Mié 18 Feb 2015 6:46 pm

Amén

Re: Recurrir comisiones de servicio

por Invitado » Mié 18 Feb 2015 12:25 pm

en mi provincia, las comisiones se dan a quien es mas amigo del SC.
Eso es así y todo el mundo lo sabemos.

Los que no estamos de acuerdo ajo y agua

Re: Recurrir comisiones de servicio

por invitadoNocturno » Mié 18 Feb 2015 2:45 am

Yo tambien pienso que lo de las comisiones si no es por escalafon es enchufismo puro. Y eso de la Instrucción que han dado ni es transparencia ni nada pues solo sirve para dar carta de legalidad al enjuague, por mucho que las asociaciones lo defiendan. Hay que ser muy tonto... Sin criterio objetivo ni nada. El que quiera moverse a un sitio que espere a que le toque por antiguedad, como hemos hecho todos. Y si no haber estudiado más o haberte presentado antes a la oposición. Ni conciliación de vida familiar ni personal ni rollos. Además eso de que es objetivamente constatable es mentira.Y, que casualidad, todo el que alega esas miserias busca una plaza buena y de segunda, y no opta en concurso a otras cercanas de tercera o con mucha carga de trabajo. En cualquier caso, la culpa no es del que la pide, sino del que la otorga.

Re: Recurrir comisiones de servicio

por girasol » Mié 18 Feb 2015 1:57 am

A la vista de todo esto, mejor serían cuatro o cinco concursos al año, y las comisiones para casos urgentes y casos urgentes que aun no puesen concursar...

Re: Recurrir comisiones de servicio

por alsa starring » Mar 17 Feb 2015 9:32 pm

Desde luego lo de la conciliación de la vida familiar y laboral es un rollo patatero. Como bien se ha dicho en intervenciones anteriores lo mas objetivo debería ser el escalafón puro y duro, puesto que de otra manera la concesión de las comisiones queda al arbitrio del ministerio con la inestimable colaboración de los secretarios de gobierno y secretarios coordinadores. En resumen, si alguien del ministerio tiene un amigo al que conceder una comisión pues se le da y punto, ya exista causa más o menos justificada, y si no pues se inventa.En segundo lugar si a algún secretario de gobierno le interesa que se conceda una plaza a alguien en especial, pues informe favorable a su favor y listo.Finalmente en cada provincia, por motivos de proximidad, todos conocemos casos curiosos de concesiones inexplicables a personas afines al de turno.
También debe tenerse en cuenta,que nadie conoce los criterios por los cuales se deciden sacar unas plazas en comisión y otras no reservándose para el amigo interino de turno.Además del despropósito que supone sacar plazas en comisión, una vez resuelto el concurso de turno, pero antes de la publicación de su resolución, es decir antes de que la plaza esté vacante.
Todo lo dicho, demuestra que el sistema de comisiones, además de ser injusto, es un cachondeo para la administración de justicia, con una movilidad tan exagerada que hunde los juzgados.Y efectivamente, se trata de trabajar para vivir, pero detrás de nuestro trabajo hay personas que se ven perjudicadas por cuestiones como nuestras comisiones de servicio.

Re: Recurrir comisiones de servicio

por Invitado » Mar 17 Feb 2015 10:09 am

Las comisiones son supuestos especiales para circunstancias especiales, no se trata de quien es mas llorón. Las circunstancias relativas a conciliacion de la vida familiar son objetivamente constatables, no se trata de un concurso sobre quien llora mas. Es cierto que las comisiones se las han concedido a compañeros muy nuevos en el escalafón, pero sabemos si lo han solicitado mas antiguos?hasta que punto se debe conceder una comision a alguien que no ha calentado la silla ni siquiera un año?aquel que considere que tiene mejor puesto y se cree con mejor derecho que lo impugne si desea, para eso esta la publicidad que se le da ahora al proceso y ahí se dará cuenta de si han primado otras circunstancias. Es cierto que han movido a la compañera de Torrejon, pero tal vez tenga un motivo de conciliacion que haya hecho que la prefieran a ella; porque si no es por eso no cabe en la cabeza de nadie, si es verdad o no, que quede sobre la conciencia de quien elige a una persona habiendo otras con mejor derecho y quien considere que tiene mejor derecho que pelee por ello. Para eso esta la instrucción 2/2013, para reglar un proceso que antes se desarrollaba en la oscuridad. De manera que quien considere que ha sido injusto hoy por hoy tiene un instrumento en su mano.

Re: Recurrir comisiones de servicio

por invitado novedoso » Mar 17 Feb 2015 2:07 am

Tú lo has dicho. Egoismo sano y lo que los demás piensen al carajo. Entonces ¿de qué os quejais cuando dan las comisiones a dedo?. Si estás a 500 kms de tu casa y tienes pareja o hijos te los llevas. Y si tus abuelos o tus padres están muy mayores, pues como los de todos, que ya tenemos una edad... Y cuando te toque venir a Madrid por escalafón te vienes o haces lo que quieras. No tienes más derecho por ser más llorón.

Re: Recurrir comisiones de servicio

por Invitado » Mar 17 Feb 2015 1:56 am

Hay que trabajar para vivir y no al revés. No hay que sacrificar ni un ápice de tu vida por el trabajo, lo que los demás piensen al carajo . Egoísmo sano.

Re: Recurrir comisiones de servicio

por invitado nuevo » Mar 17 Feb 2015 1:54 am

¿¿La dignidad de la persona??. Dignidad es moverte cuando te toca y no intentar colarte por la cara. Cada uno tiene sus problemas. De manera que al social de Madrid que vaya el último en el escalafón porque tenga pareja en Carabanchel y quiere conciliar. No me hagas reir. Cuentitis aguda.

Re: Recurrir comisiones de servicio

por Invitado » Mar 17 Feb 2015 1:49 am

Pues yo fui hace poco a un congreso sobre conciliacion de la vida familiar y laboral y me parece muy buen criterio, porque realmente forma parte de la dignidad de las personas el no sacrificar la familia o la vida personal por el pícaro trabajo :monito-llamada-orden:

Re: Recurrir comisiones de servicio

por invitado cualquiera » Mar 17 Feb 2015 1:40 am

Pues a mi me parece que deben aplicar el escalafon y punto. Y si por escalafon se la dan a alguien que está a un cuarto de hora pues perfecto. Con el rollo de la conciliación se pretenden poner por delante con absoluto descaro para ocupar buenas plazas compañeros que son los últimos en llegar, sin antiguedad ninguna, y que empiezan a contar historias personales sobre que si tienen novio o novia en algún sitio, que el padre o la madre no se qué, que los abuelos son muy mayores....Ya sabemos que la gente por llorar y dar pena que no quede... Eso es paternalista y patético, además de injusto. Así que ese criterio seria escandaloso, por lo que sólo la antiguedad es un criterio objetivo y justo.

Re: Recurrir comisiones de servicio

por Invitado » Mar 17 Feb 2015 12:30 am

Han movido a un cuarto de hora a una compañera que tiene su destino en Torrejón de Ardoz y le han dado un social en Madrid. Con un par. Y compañeros que están a cinco o seis horas, pues allí se quedan. Pero no pasa nada, SECOS Y SEGOS repartiendo plazas a su antojo, a ellos que más les da, están en otro nivel.

Re: Recurrir comisiones de servicio

por Secretarionovato » Lun 16 Feb 2015 11:06 pm

Pues yo entiendo que no, que no es necesaria la notificación personal, por el artículo 59.6.b) (Ley 30/92).

Re: Recurrir comisiones de servicio

por Invitado » Lun 16 Feb 2015 10:50 pm

Ya han publicado la resolución de la comisión, te empieza a correr el plazo. Pero no consigo identificar al secretario que decís que han movido a un cuarto de hora...

Re: Recurrir comisiones de servicio

por Invitado » Lun 16 Feb 2015 10:45 pm

Sí, pide que te notifiquen la denegación y la causa.

Re: Recurrir comisiones de servicio

por Dardo » Lun 16 Feb 2015 8:16 pm

Gracias por vuestras orientaciones.
En todo caso, como a mi no me notificarán nada, ¿debo interesar que se me notifique el acto administrativo que resuelve la Comisión ? lo digo para evitar que se me pase el plazo del mes para la revisión.
muchas gracias, estaré muy muy pendiente de lo que me expliquéis de este punto

Re: Recurrir comisiones de servicio

por Secretarionovato » Lun 16 Feb 2015 7:32 pm

Es un acto del Secretario General de la Administración de Justicia, que por ende agota la vía administrativa, ante este cabría bien reposición (un mes) o bien contencioso directo.

La impugnación, judicial, no lleva tasa al ser cuestión de personal, y el competente es el TSJ de tu CCAA o el de Madrid.

Tienes que contar con abogado y procurador, al ser preceptiva su intervención.

La legitimación pasiva, la ostenta también el compañero designado, lo digo para que valores el hecho de demandarlo si alguna vez acabas coincidiendo con él en el Juzgado de al lado...

Re: Recurrir comisiones de servicio

por Invitado » Lun 16 Feb 2015 6:00 pm

Pues esta vez en Madrid se han cubierto de gloria. Se han saltado los tres criterios y han dado las plazas a quien han querido. Total, da igual que haya una Instrucción, aquí las plazas se dan a dedo. Impresionante. Y cada uno de los afectados lo podemos impugnar, pero nos va a dar igual, vamos a seguir a muuuuuchos kilómetros de casa, con niños pequeños, pero en cambio dan una comisión a alguien que trabaja a un cuarto de hora. Cada vez me indigno más. El escalafón tampoco lo miran. Lo digo con conocimiento de causa.

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