GUIA ABREVIADA DE DUDAS SOBRE EL REGISTRO DE VIOLENCIA

Nuevos procedimientos, ayudas de tramitación, cuestiones generales sobre temas habituales.

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Carlos Valiña
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GUIA ABREVIADA DE DUDAS SOBRE EL REGISTRO DE VIOLENCIA

#1 Mensaje por Carlos Valiña »

Bueno pues poco a poco y merced a la meritoria colaboración del personal de la Subdireccion de Informatica del Ministerio voy desentrañando cosas.

Actualizada 3-3-09.

(Tengo cosas que pulir pero en lo esencial va por ahi).

JUZGADOS DE LO PENAL

La principal innovación es que hay que distinguir dos clases de asuntos.

a) ASUNTOS NUEVOS: Asuntos propios donde el penal va a grabar por primera vez, bien la sentencia, y asuntos donde la sentencia se grabó en instrucción y se va a grabar el numero de ejecutoria en el penal. Primero hay que repescarlos de Instruccion. Luego se puede entrar por el RCPVD.

b) ASUNTOS YA GRABADOS: Asuntos donde el penal ya ha efectuado alguna anotacion en el RCPVD (antes o despues de empezar a funcionar la nueva aplicación): Para actualizar datos o cambiar de estado (firmeza, ejecutoria...) se sigue entrando con el RCPVD.


ASUNTOS NUEVOS


1) Grabar sentencia en penal

a) Asunto grabado por Instrucción, y sentencia dictada por el penal:

-Repesca: Una vez en el RCPVD: (pongo ejemplo)

1) Pestaña Registro
2) Anotaciones
3) Elevación
4) Datos procedimiento origen:
-Tipo Procedimiento: Diligencia Urgentes
-Número:25/08
-Codigo órgano: Con el ratón se sustituye el del propio juzgado por el que sale por defecto y corresponde al Juzgado Instructor. Ejemplo 39075-48-001 para Violencia Mujer Santander.
5) Datos procedimiento destino:
-Tipo Procedimiento: Juicio Rápido
-Número: 265/09
-Fecha incoación: La del procedimiento en el penal, por ejemplo 26-2-09 (Dato obligatorio aunque la casilla es de color blanco)
6) Continuar

Ahora la aplicación te lleva a una pantalla que no permite registrar la sentencia. Hay que volver a salir marcando arriba Menu Inicial, volver a entrar en el RCPVD.

-Grabación sentencia absolutoria o condenatoria:

1) Menú Inicial
2) RCPVD
3) Registro de Sentencias (se abre una pantalla tamaño medio)
4) Limpiar
5) Nº Reg. Central: Se introduce el RCPVD 0025617/2009.
6) Buscar: (Sale la pantalla de registro general del asunto)
7) "Registro de Sentencias" (Es el primer enlace situado a mitad de pantalla). Sale la pantalla de Registro de Sentencia. (Hay que rellenar todos los campos aunque sean de color blanco).
8) Número y año de la Sentencia: 12/09
9) Fecha de la sentencia 25-1-09
10) Asunto:265/09
11) Tipo de Sentencia: Abrir con el ratón desplegable y marcar absolutoria o condenatoria.
12) Enviar y Continuar (se abre documento PDF para impresión)
13) Icono impresión.
14) Aceptar.

-Grabación Penas en Sentencia condenatoria:
1) Marcar con el ratón con una V, la casilla situada a la izquierda del nombre del condenado.
2) Añadir Penas. (Se abre pantalla general de penas y se van metiendo: delito, pena, duracion…)
3) Enviar y Continuar (se abre documento PDF para impresión)
4) Icono impresión.(arriba en barra de herramientas)
5) Aceptar.

Atajos y detalles:

- Para introducir el codigo del juzgado instructor no se puede uno fiar del que viene en la ficha del RCPVD unida a autos porque puede estar mal. Hay 2 formas:

abriendo el desplegable que trae la aplicación, buscando la provincia y luego la localidad y añadiendo el número del juzgado, marcando luego "buscar",

apuntando en un Word o un Excel todos los códigos de los juzgados de instruccion y violencia mujer de tu provincia. Luego para introducirlo en la aplicación se marca con el ratón, boton izquierdo del raton copiar, y luego se marca con el raton la casilla de la aplicacion donde se va a introducir el código y se pulsan simultaneamente las teclas CTRL y la letra V.

- Cuando se graban sentencias condenatorias salen en el impreso para remitir a la policia judicial. Cuando se graban absolutorias que no tengan medidas de seguridad aparejadas, no salen en el impreso, pero lo van a corregir, aun asi, figura que está absuelto en otro campo y queda grabado en la aplicación.

- En el proceso de repesca en una ocasión ha dado error por "inconsistencia datos de origen" lo estan mirando los tecnicos.

- En el proceso de impresión en un caso ha salido todo desconfigurado. Volviendo a la pantalla general del asunto y dando a continuar enviar, se ha reintentado la impresión y ha salido bien.

- El numero de registro Central se puede introducir tambien por el sistema Ctrl + V, tomándolo de un excel o word, o bien introducir manualmente los numeros sin el año, (RCPVD 0025617/2009, se introduciria 25617) y el sistema lo convierte a 0025617/2009. Hay que estar atentos por si es de 2008 o anterior y corregir la ultima cifra.

- Al grabar sentencias condenatorias, al abrir el desplegable del delito o la pena, han puesto un desplegable comun a violencia y a medidas cautelares, lo que entorpece mucho buscar los delitos y las penas.



b) Asunto no grabado por Instrucción, y sentencia dictada por el penal:

A veces en Instruccion olvidan grabar asuntos, sobre todo los abandonos de familia, y los quebrantamientos de condenas o medidas, en asuntos que ya eran de violencia domestica.

Al margen de la posibilidad de devolverlos a Instrucción, queda la opción de efectuar el registro completo en el penal.

Para ello hay que entrar Registro, Anotaciones, Nuevo y a partir de ahi, registrar. Aunque lo ideal es meter el NIG de instruccion, lo mas facil es poner el del penal. (Esto lo he hecho con la aplicacion antigua, con la nueva me han indicado que se haria así).

2) Grabación número ejecutoria de conformidad en el penal

Tambien dos fases:

a) Repesca: Todo como en el caso anterior, solo que en procedimiento de destino, buscaremos en el desplegable: "Ejecutoria" y la fecha de la incoación será la de la ejecutoria en el penal.

b) Impresión: Hay que salir y volver a entrar:

1) Menú Inicial
2) RCPVD
3) Registro de Sentencias (se abre una pantalla tamaño medio)
4) Limpiar
5) Nº Reg. Central: Se introduce el RCPVD 0025617/2009.
6) Buscar: (Sale la pantalla de registro general del asunto)
7) Enviar y Continuar (se abre documento PDF para impresión)
8) Icono impresión.(arriba en barra de herramientas)
9) Aceptar.


ASUNTOS YA GRABADOS (en el Penal):

a) Grabación de Firmeza de Sentencia:

1) Menú Inicial
2) RCPVD
3) Registro de Sentencias (se abre una pantalla tamaño medio)
4) Limpiar
5) Nº Reg. Central: Se introduce el RCPVD 0025617/2009.
6) Buscar: (Sale la pantalla de registro general del asunto)
7) "Registro de Sentencias" (Es el primer enlace situado a mitad de pantalla. Aunque se trate de la firmeza hay que entrar por ahí). Sale la pantalla de Registro de Firmeza. (Hay que rellenar todos los campos aunque sean de color blanco).
8) Número y año de la Sentencia: 12/09
9) Fecha de firmeza: 29-1-09
10) Asunto:265/09
11) Tipo de Sentencia: Abrir con el ratón desplegable y marcar absolutoria o condenatoria.
12) Enviar y Continuar (se abre documento PDF para impresión)
13) Icono impresión.
14) Aceptar.

Atajos y detalles:Nota importante 3-3-09. En las absolutorias, al imprimir el documento no aparece la firmeza por ninguna parte, ni la fecha de la sentencia. Ello no obstante estan grabadas. El impreso se limita a decir absuelto, por lo que ya queda constancia escrita de que el asunto tiene sentencia. Sin embargo el formulario impreso incurre en la contradiccion de poner absuelto y a la vez asunto en tramite.

Para solucionar esto, cabe marcar en la pantalla general del asunto donde pone ver/ actualizar procedimientos y salen las referencias a los procedimientos que ha generado ese hecho delictivo. Se marca con el raton, el del penal, y se da a boton derecho del raton. Aparece un submenu. Se marca la opcion ¿estado? (pdte corregir) y sale una pantalla. En ella se puede poner estado ¿Terminado o Sentencia? (pdte corregir) y la fecha, que puede ser la de la sentencia o la de la firmeza (mejor firmeza). Despues se marca continuar, se regresa a la pantalla principal de asunto, se da a enviar y continuar y ahora al imprimir sí sale como asunto Terminado.


b) Actualización de penas:

1-6) Pasos 1 a 6 como en el parrafo anterior.
7) Marcar con el ratón una pena, y se abre una pantalla con todas las penas, donde se pueden hacer las modificaciones oportunas.
8) Enviar y Continuar (se abre documento PDF para impresión)
9) Icono impresión (arriba en barra de herramientas)
10) Aceptar

Hay que tener en cuenta a la hora de actualizar, que al final del paso 6, aparecerá una pantalla con dos enlaces, uno al procedimiento y otro a la ejecutoria. Se marca con el raton sobre la ejecutoria para abrirla y pasar a efectuar las actualizaciones.

Atajos y detalles:

Si aparece la mención "no existen datos con los filtros seleccionados": es que en realidad el asunto nunca fue grabado en el Juzgado de lo Penal, y hay que proceder a la repesca, antes de grabar nada en él.


Otras cuestiones de interes:


-Notas pendientes de enviar:

Hay una pestaña (dentro de Registro) que dice notas pendientes de enviar. Parece ser que no vencen a los 7 días como las de Penados.

-Ampliar la resolucion de pantalla:

En algunas pantallas se pierden parte de los botones y mensajes de la parte inferior de la aplicación. Hay que pedir al informatico del juzgado que os cambie la resolucion de pantalla. Al parecer la buena es 1024 x 800. Ojo porque al ampliar esa resolución es posible que otras aplicaciones como Libra se vean demasiado pequeñas, es imposible tener ambas resoluciones a la vez.

Al parecer en determinados Juzgados (por ejemplo Asturias) los ordenadores son muy antiguos y no es posible ampliar la resolución de pantalla. Sugerencia para un caso concreto: Consultas por normbre del condenado: aparecen sus datos, pero no se puede visualizar "Ver ampliacion de los seleccionados". Si marcais abajo del todo a la derecha con el raton, aunque no veais nada, a mi se me abre.

-Cuerpo policial al que se ha de enviar la nota impresa. Antes lo ponía al pie de la hoja impresa. Ahora dice sólo Policia Judicial. Al principio de la hoja sí lo indica.


Saludos.
Última edición por Carlos Valiña el Mié 04 Mar 2009 12:13 pm, editado 10 veces en total.
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Carlos Valiña
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#2 Mensaje por Carlos Valiña »

Que nadie se piense que esto es la arcadia feliz.

Despues de tres horas de batalla solo he conseguido meter uno.

Cosas que aparecen como registradas de pronto no me salen. La aplicacion se bloquea.

No se que pensar.

Sigo intentandolo.
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BUHO

#3 Mensaje por BUHO »

No es un problema exclusivo tuyo. Es general.
Cuando tengo que registrar algo importante y urgente, ya lo he hecho dos veces, lo mando via fax al Encargado del Registro, en aplicación de Decreto 95/09 de 6 de febrero y orden JUS/242/2009, (Boe sabado 14 de febrero) a los fax que dice la orden y pongo en el fax que declino toda responsabilidad si el registro no se hace en las 24 horas previas. ¿Y me da resultado!.
Saludos

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#4 Mensaje por Carlos Valiña »

Bloqueo del usuario.

Bajan personalmente al Cau, que comunica, a desbloquearmelo.

Intento una correccion de un dato. Doy a consultas a ver si funciona, se bloquea de nuevo.

Intento entrar en la aplicacion y de nuevo bloqueo de usuario.

Me rindo por hoy cuatro horas despues.
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ESTICO

EXPEDIENTE X

#5 Mensaje por ESTICO »

Ayer sobre las quince horas, sucedió algo extraño habían bajado un PA de instrucción fuí a registrarlo. Me aparecen dos acusados en el RCPVD, actualizo el procedimiento y me dar error por no estar asignadas las relaciones de los intervinientes. Busco en el procedimiento y aparecen dos intervinientes sin relación un acusado y una víctima más. Me invento las relaciones y la convivencia. No se puede grabar la causa, error en las bases de datos. ¡Menos mal! Uno de ellos tenía orden de protección. Salgo sin guardar datos, vuelvo a entrar y no aparecen los que me faltaban. Todo esta correcto ahora. No sé el motivo pero las medidas adoptadas, hay que volver a activarlas, pues estaban canceladas al hacer mio el procedimiento por elevación.
¿Para que llamar al "CAOS"?
Lo grave es que en mi caso, cuando hago mío el procedimiento por elevación, salvo que contenga medidas cautelares, que sí reviso por si están canceladas, no miro mas.
El problema es que el cruce con las bases de datos se haga mal y grabe algún interviniente que no sea del procedimiento etc. El responsable de la grabación es el secretario. Pero lo más grave es que hace unos días, registro unas medidas cautelares en el procedimiento, en apariencia las graba, imprimo el procedimiento comunico vía fax a la GC y Oficina de la Víctima. Por curiosidad miro el procedimiento mediante actualización y las medidas cautelares no están grabadas, lo comunico al "CAOS" (también llamado CAU), me dan número de incidencia, aún no he recibido respuesta.
Si bien es cierto, que con ocasión de otra incidencia, me dijeron al preguntarle por el tema, que ya estaba solucionado. Le dije que lo ignoraba, pues no había tenido conocimiento de ello. Y que no podía perder el tiempo en revisar todas las que tenía pendientes, que ya había reclamado varias y todo seguía igual. Le sugerí que mirara todas las que estaban a mi nombre y las reclamara nuevamente, que no podía perder el más el tiempo con las incidencias de los registros.
La cuestión es muy grave. Lo mismo es un fallo puntual pero no sé si los registros tendrán mas de un gazapo.
Lo mismo todos esto es un experimento médico-sociológico para ver la incidencia del "CAOS" en la salud laboral.
Saludos.

Registreitor

Requisitoria de averiguación de domicilio

#6 Mensaje por Registreitor »

Tenemos las duda de si las requisitorias de averiguación de domicilio, son inscribibles en Registro Central de Medidas Cautelares, Requisitorias y Sentencias no Firmes.
Al parecer la aplicación no contempla dicha posibilidad.
Sabemos que hay incidencias al respecto en el CAU.
Si se sabe de alguna respuesta de los "expertos" por favor comunicarlo.
Si alguien ha conseguido anotarlas, se agradecería la ruta.
Muchas gracias.

Invitado

invi

#7 Mensaje por Invitado »

¿tambien las comparecencias 1 y 15 y las fianzas de responsabilidad civil de los PA?

maricarmen

Re: GUIA ABREVIADA DE DUDAS SOBRE EL REGISTRO DE VIOLENCIA

#8 Mensaje por maricarmen »

[....

En algunas pantallas se pierden parte de los botones y mensajes de la parte inferior de la aplicación. Hay que pedir al informatico del juzgado que os cambie la resolucion de pantalla.....


LA SOLUCION darle a la tecla del tabulador situada a la izquierda del teclado, -tiene dos flechas que señalan direcciones opuestas-
y os irá bajando la pagina para que os aparezca la sona de abajo que no veis, el boton de impirmir, el de continuar, etc.

watchmen

#9 Mensaje por watchmen »

Tenemos un problema en un mixto con Violencia en Madrid, para poder "anotar" un nuevo procedimiento no nos da otra posibilidad que borrar el anterior, no se si es un problema nuestro, que no sabemos o es el sistema de registro, pero el caso, es que, cada vez que se da a la pestaña de nuevo procedimiento para anotarlo, aparece el nuevo procedimiento con los datos del anterior y el caso es que no hay forma humana de meter el nuevo procedimiento e imprimirlo sin borrar el anterior, con lo cual, no queda nada resgistrado. Si hay alguien a quien le hubiera pasado esto, agradecería si me pudiera dar la solución, ya que el CAU está missing.

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#10 Mensaje por Carlos Valiña »

Maricarmen, interesante eso del tabulador, mañana lo pruebo con el mio y si funciona lo añado arriba y quito eso de ampliar resolucion de pantalla.

En cuanto al mixto de violencia de Madrid, imagino que el problema esta en que ha habido una inhibicion desde otro Juzgado. Yo estoy en un penal y no manejo el tema de instruccion, pero te propongo que pruebes a seguir el sistema de repesca que describo en la intervencion inicial de este tema.

Primero lo repescas con lo cual lo haces tuyo y luego entras en el tuyo y registras lo que creas conveniente. Creo que funcionara.

Esta tarde estuve un par de horas con el tema, consegui grabar uno. Poder se puede pero no hay uno que te salga directo y a la primera siempre hay alguna dificultad.

A los que preguntan por dudas sobre el registro de medidas. Si me llamais el jueves a la mañana al 942-248109, os digo un telefono bueno donde tienen mas idea de lo que se cuece que en el CAU.

Voy a actualizar el mensaje de arriba con lo que he probado y comprobado hoy.

Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
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watchmen

#11 Mensaje por watchmen »

Carlos Valiña escribió:Maricarmen, interesante eso del tabulador, mañana lo pruebo con el mio y si funciona lo añado arriba y quito eso de ampliar resolucion de pantalla.

En cuanto al mixto de violencia de Madrid, imagino que el problema esta en que ha habido una inhibicion desde otro Juzgado. Yo estoy en un penal y no manejo el tema de instruccion, pero te propongo que pruebes a seguir el sistema de repesca que describo en la intervencion inicial de este tema.

Primero lo repescas con lo cual lo haces tuyo y luego entras en el tuyo y registras lo que creas conveniente. Creo que funcionara.

Esta tarde estuve un par de horas con el tema, consegui grabar uno. Poder se puede pero no hay uno que te salga directo y a la primera siempre hay alguna dificultad.

A los que preguntan por dudas sobre el registro de medidas. Si me llamais el jueves a la mañana al 942-248109, os digo un telefono bueno donde tienen mas idea de lo que se cuece que en el CAU.

Voy a actualizar el mensaje de arriba con lo que he probado y comprobado hoy.

Saludos.
Gracias Carlos, el problema ya está solucionado, y es que en cada asunto hay que ponerle un NIG diferente y no el de tu juzgado como se hacía antes para que se grabe.
Como siempre el Manual de Ayuda no sirve para absolutamente NADA.

Invitado

#12 Mensaje por Invitado »

A ver, una duda. No tengo todavia claro si las sentencias de violencia domestica hay que anotarlas tando en SIRAJ como en el RCPR, o basta en una de ellas. La duda se me plantea porque he llamado dos veces al C.A.U. y ... sorpresa: una vez me dijeron que basta en uno de ellos, y otra vez que es necesario en los dos registros.

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Carlos Valiña
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#13 Mensaje por Carlos Valiña »

Subo el tema por ser de interes general.

Cuando tengais que actualizar varias penas os recomiendo que primero actualiceis una y luego continuar. Si os dice falta un dato obligatorio, perdeis lo actualizado y no hay forma de arreglarlo de momento.

Si veis que se graba entonces actualizais todas las penas. Asi no perdeis todo el esfuerzo. Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
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