Hola de nuevo
Se me plantea la siguiente duda , tengo un procedimiento de titulo no judicial en el que me han solicitado la anotación de embargo de 10 fincas , y luego las certificaciones de cargas , ahora me solicitan la información de cargas del artículo 657 LEC , aunque aún no se han valorado por el perito .
Supongo que es correcto y puede solicitarse antes de la valoración pericial , la informacion de cargas de este articulo 657 LEc, aunque lo que me preocupa es que hasta la liquidación puede pasar un tiempo y que puedan solicitarla luego otra vez .
Vosotros veis correcto en este momento solicitar la información de cargas o espero a la valoración pericial ?
Gracias .
Información de cargas art. 657
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
Re: Información de cargas art. 657
Buenas tardes, montsebcn, desde la última reforma del 657, la información de cargas anteriores la tienes que solicitar de oficio tras recibir la certificación, ya no a instancia de parte, así que no hay motivo para negarse ahora a una petición que es innecesaria.
Saludos,
Saludos,
Re: Información de cargas art. 657
Buenas tardes
Gracias por tu respuesta Jotaerre, entonces como tengo la certificacón voy a solicitarla
Gracias por tu respuesta Jotaerre, entonces como tengo la certificacón voy a solicitarla