Buenas tardes, tengo una duda, quizas tonta.
El caso que hemos transformado unas Diligencias Previas a Sumario.
El art. 766.4 de la Lecr establece que el recurso de apelacion será en un solo efecto.
La duda que tengo es que pasa si recurren en apelacion el Auto de transformacion a Procedimiento Sumario, ¿se admite en un solo efecto o en ambos?
Gracias.
Transformación D.P. a Sumario
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
Re: Transformación D.P. a Sumario
En un solo efecto porque lo has dictado en unas previas y no en un sumario.Todo ello SEUO