Tercero negligente al recibir orden de embargo
Publicado: Mié 06 Dic 2017 7:01 pm
Una empresa ha de pagar a otra, la ejecutada, en función de las relaciones comerciales que mantienen. El ejecutante pide el embargo de ese derecho de crédito y la empresa retenedora se descuelga con que ha pagado por error a la AEAT, cuyo embargo era posterior.
Entiendo que no se puede requerir a la retenedora para que pague nuevamente la cantidad que debía a la ejecutada ( el derecho de crédito se ha extinguido) y que, en todo caso, el ejecutante tendrá que ir a otro procedimiento. No tengo muy claro si a una tercería de mejor derecho. Opiniones, por favor.
Entiendo que no se puede requerir a la retenedora para que pague nuevamente la cantidad que debía a la ejecutada ( el derecho de crédito se ha extinguido) y que, en todo caso, el ejecutante tendrá que ir a otro procedimiento. No tengo muy claro si a una tercería de mejor derecho. Opiniones, por favor.