Archivar procedimientos en trámite

Moderadores: Top Secre, Terminatrix

Mensaje
Autor
principiante
Mensajes: 278
Registrado: Sab 21 Oct 2006 12:23 am
Contactar:

Archivar procedimientos en trámite

#1 Mensaje por principiante »

Hola a todos,

¿Alguno de vosotros archiva procedimientos en trámite por años de inactividad de la parte?

Sobre todo para quitar de la estadística procedimientos que están muertos por diversas razones. Pensaba en la posibilidad de poner una diligencia de constancia haciendo constar que el procedimiento tal se lleva al archivo y dejar de meterlo en la estadística y no me refiero a ejecuciones sino a procedimientos ordinarios.

Avatar de Usuario
ALCAUDÓN
Mensajes: 42
Registrado: Sab 20 Ene 2007 8:27 pm

#2 Mensaje por ALCAUDÓN »

No te lo aconsejo,puesto que, a diferencia de las ejecuciones, en los declarativos y jurisdicción voluntaria no está contemplada estadísticamente la posibilidad de reapertura, luego no sería buena idea darlos de baja a efectos estadísticos.

Yo los archivo por medio de una nota resumen de autos, que grapo en su carátula, expresando la fecha del último porveido y la de la caducidad en la instancia para el caso de que no insten; y, guardandome copia de la misma, lo mando al archivo, con la anotación en el sistema informático de "pendiente de caducidad en la instancia".

En verano, cuando tengo tiempo, voy viendo los que han caducado y auto de caducidad al canto. Desgloso documentos originales y para archivo definitivo.

Un saludo!

paco

archivo procedimientos en tramite

#3 Mensaje por paco »

¿Porqué no archivas por caducidad los declarativos ?

¿ Y las ejecutorias, a efectos estadísticos , si llevan más de un año paradas, sin perjuicio de poder reaperturarlas?

principiante
Mensajes: 278
Registrado: Sab 21 Oct 2006 12:23 am
Contactar:

#4 Mensaje por principiante »

Pues porque no tengo claro el alcance de los artículos 236 y 237, de los que parece deducirse que hay que dar traslado a la parte advirtiéndoles especificamente que el traslado es a los efectos previstos en el artículo 237.

Por ejemplo tengo un ordinario en tramite en el que la última actuación tuvo lugar en el año 2006, consistente en una contestación del cuerpo de policia tal a un oficio del juzgado interesando la averiguación de domicilio del fulano x, de dicha contestación se dió traslado a la parte para que instaran lo que tuvieren a bien y la parte no ha vuelto a abrir la boca. El traslado de dicha contestación del cuerpo de policía no sé si es un impulso de oficio porque fue la propia parte la que pidió la averiguación y que se librara el oficio, una vez llega la contestación se le da traslado y es ahí cuando no dicen ni pío ¿puedo archivar este procedimiento por caducidad en la instancia o les tengo que dar un nuevo traslado advirtiéndoles de la inactividad y de que si en un plazo de dos años no instan nada se producirá la caducidad en la instancia?

Saludos al foro

Maricarmen

#5 Mensaje por Maricarmen »

Tu sabes lo que es el impulso de oficio?
Tu sabes lo que es una diligencia de ordenacion?
"..Visto el estado de las actuaciones, para ordenacion e impulso del proceso. Dispongo: "

Y lo que dispones es practicar las averiguaciones pertinentes de domicilio a traves de los registros informaticos de Seguridad Social, Estadistica Padronal, domicilio Fiscal de la AEAT, y si estos resultasen negativos, acordariais el emplazamiento edictal mediante exposicion en el tablon adecuado.

Todo lo que debes hacer para que sea efectivo el emplazamiento lo tienes que impulsar tu, no la parte.

En cuanto a las ejecuciones es distinto, por diligencia de ordenacion, una vez que de oficio hayas comprobado en todos los registros que carece de bienes embarga bles, requiriendo a la actora para que en el plazo de cinco dias inste haciendole saber que transcurrido el plazo pasaran los autos al archivo de gestion hasta que se se acuerde su reapertura o transcurran los plazos para la caducidad .
Trancurridos los cinco dias sin instar, diligencia de constancia de archivo, que ya no se notifica a la parte.

principiante
Mensajes: 278
Registrado: Sab 21 Oct 2006 12:23 am
Contactar:

#6 Mensaje por principiante »

Gracias por aclararme lo que es obvio Maricarmen, ya lo tengo todo más claro.

Mi pregunta es la siguiente: Tengo un ordinario, digamos el 341/05, desde la fecha de su incoación se está buscando a la parte demandada para emplazarla, en enero de 2007 damos traslado a la actora de la contestación de un oficio de averiguación de domicilio, la actora presenta escrito solicitando emplazamiento en el domicilio que consta en dicho oficio mediante exhorto, el 27 de marzo de 2007 damos traslado a la actora del resultado negativo de dicho exhorto por ser desconocido en tal domicilio a fin de que inste lo que a su derecho convenga ¿se considera éste último proveído un impulso de oficio o bien una actuación auspiciada por la parte que pidió el exhorto lo cual logicamente conllevaría librarlo y darle traslado de su resultado posterior? ¿por qué pregunto ésto? Pues porque tengo varios procedimientos en trámite en idéntica situación y no sé si tengo que proveer ahora diciéndoles visto el estado de las actuaciones etc etc y esperar dos añitos que cumplirán en el 2011 o si puedo ya directamente esperar a la caducidad de la instancia.

Maricarmen

#7 Mensaje por Maricarmen »

No puedes esperar caducidad , es tu responsabilidad, acude al emplazamiento edictal previa comunicacion al registro de rebeldes civiles ( 164-157)

Responder