Obligación de los SJ de hacer su propio alarde.

Discusiones sobre la Administración de Justicia, los Secretarios Judiciales, etc.

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fidedigno
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Re: Obligación de los SJ de hacer su propio alarde.

#26 Mensaje por fidedigno »

De acuerdo con Carlos.

Esta tarde me he tirado casi una hora escribiendo todo lo que pensaba sobre esa instrucción y sobre quienes se felicitan ingenuamente por la misma y cuando iba a enviarla se me ha ido este cacharro, pero era más o menos lo que ha expuesto Carlos: desconfianza.

Por otro lado hay ahí un poso de exhibicionismo por el S.C. que para qué. Metiéndose en ese terreno tan resbaladizo que es el de interpretar las normas según convenga cuando no son claras. Aunque probablemente es consecuencia de lo mal que se legisla, y ello da pie a Reglamentos entrometidos del CGPJ., Acuerdos de TSJs., Instrucciones y circulares de nuestros superiores jerárquicos -como esa-, y así hasta el infinito, y en donde cada uno mete la cuña como le parece.

Eso de verdad es de pena. Y que una supuesta Autoridad como el Secretario Judicial tenga que cargar con ello, bueno. Demuestra una falta enorme de respeto por el sólo hecho de no guardarse una legalidad más exquisita.

No nos damos cuenta de que, siendo todo ultimamente a coste cero-patatero, toda nueva función que nos asignan nos carga con una pátina de aparente "importancia" que ni mucho menos va acompañada de los medios que pongan por obra dichas responsabilidades, y nos dejamos engañar como tontos por el brillo de unas loas y unas palabrejas ministeriales, como cuando aquello de la "piedra angular", ¿es que ya nadie se acuerda?.

Imaginad a un bombero al que no le dotan mangueras y si de un cubo únicamente.

No voy a seguir porque es tarde ya y me iba a alargar mucho pero para mi, en esa instrucción, detrás de una impresión primerísima de "bondad" lo que hay no es sino apariencia, vanidad, desconfianza y desconsideración; y cuando son esos los motores de una idea, esta no puede llegar a buen puerto. Al tiempo.

Buenas noches.

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Terminatrix
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Re: Obligación de los SJ de hacer su propio alarde.

#27 Mensaje por Terminatrix »

Por favor, no abráis más cadenas en otros subforos sobre este tema de debate. La razón es muy sencilla: el hilo pierde sentido si hay intervenciones dispersas por todo el foro.

Dado que es un tema complejo y "sensible" por las opiniones que se expresan, procederé al borrado de todo mensaje que no se incardine en estos hilo y subforo.

Gracias y buen debate.
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.

PENINSULAR
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Re: Obligación de los SJ de hacer su propio alarde.

#28 Mensaje por PENINSULAR »

Pena: no se que quieres decir con que Carmen es mucha Carmen, no la conozco. Que lea este foro es perfectamente posible porque lo puede hacer cualquiera. Que cuando uno escribe deba ser prudente porque ella lo lea me parece poco compatible con la libertad de expresión.
Y en cuanto a la legalidad de sus resoluciones como Secretaria Coordinadora me remito al contenido de las sentencias firmes(de distintos órganos judiciales e instancias) que las anulan por contrarias al ordenamiento jurídico o por vulnerar derechos fundamentales de los Secretarios jduciales y a las que cualquiera puede acceder como lo he hecho yo en un buscador de jurisprudencia. Cito 2:S 286/2010 de 14 de junio de 2010, de la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Burgos.Recurso 49/2010 y Referencia la Ley 125572/2010 y Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo de 24 de enero de 2012 de la Sección 7ª , Recurso 1371/2011, Refencia La Ley 3811/2010(no he podido ponerlas como documento adjunto, pero seguro que alguno de nuestros hábiles moderadores lo conseguirá) . Espero que no haya muchas más ni muchos Secretarios Coordinadores así, porque los Secretarios Judiciales en general y los de Soria en particular merecerían mi compasión.

Pena
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Re: Obligación de los SJ de hacer su propio alarde.

#29 Mensaje por Pena »

A ver, soy una persona de una edad considerable y lo único que pretendo al decirle al compañero que sea prudente es darle un consejo porque yo si conozco a esa señora. Ahora bien, puede aceptar el consejo o no aceptarlo eso ya es decisión suya.

pisto
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Re: Obligación de los SJ de hacer su propio alarde.

#30 Mensaje por pisto »

No consigo las sentencias a que se aluden. ¿Hay posibilidades de colgarlas? Lo agradecería pues llevo tiempo intentando localizarlas.
Por cierto, ese alarde ¿también tendrían que hacerlo los gestores cuando los nombren sustitutos de los SJ?

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Top Secre
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Re: Obligación de los SJ de hacer su propio alarde.

#31 Mensaje por Top Secre »

pisto, ésta es una de las sentencias que se mencionan. No tiene desperdicio:

http://www.poderjudicial.es/search/doAc ... rface=true

La otra, la primera que se menciona creo que la tengo en mi despacho, a ver si mañana te la puedo colgar. De todos modos aquí te dejo un enlace con un extracto de su contenido:

http://tsj.vlex.es/vid/-218693935
Possunt quia posse videntur “pueden los que creen que pueden” (Publio Virgilio Marón – Eneida, V, 231).

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Terminatrix
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Re: Obligación de los SJ de hacer su propio alarde.

#32 Mensaje por Terminatrix »

:shock: :shock: :shock: :shock:
Creo que es ésta,Top.
Adjuntos
STSJ Contencioso.pdf
(60.64 KiB) Descargado 183 veces
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Carlos Valiña
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Re: Obligación de los SJ de hacer su propio alarde.

#33 Mensaje por Carlos Valiña »

Siempre he dicho que tenemos lo peor de los Jueces las incompatibilidades, lo peor de los Funcionarios, la responsabilidad disciplinaria y lo peor de los Fiscales, la jerarquizacion.

A la vista de estas sentencias, todos esos que estaban encantados con la jerarquizacion y que decian que nos iba a servir de apoyo y defensa,espero que se pongan una soga al cuello, aten una piedra y se tiren a lo mas profundo del oceano.

Por un caso de defensa, que alguno hay y es digno de encomio, hay siete de todo lo contrario.

Ya lo dice el refran: NO HAY PEOR CUÑA QUE LA DE LA MISMA MADERA.

Las peores cabronadas a los Secretarios las han hecho, siempre que han podido, los antiguos Secretarios promocionados a Jueces. Hay excepciones como en todo, pero la regla general es la que es.

Es la naturaleza humana y por eso yo me opuse con todas mis fuerzas a la reforma de 2002 y vivi la jerarquizacion como lo que es, UNA COMPLETA HUMILLACION para quien antes no la tenía.

Así que ya podéis movilizaros porque esto es solo el principio, apuntaos a lo que sea, van a por nosotros y no va a quedar piedra sobre piedra y ademas como dice la frase:

"cuidado que vienen los nuestros"

pues eso, o luchamos o la puntilla nos la daran "los nuestros".

Menos mal que la gente se ha ido dando cuenta de quien es quien en este sainete y ahi reside nuestra verdadera esperanza.

Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
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juan alberto
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Re: Obligación de los SJ de hacer su propio alarde.

#34 Mensaje por juan alberto »

Considero, como han dicho los compañeros, que el Secretario Coordinador es manifiestamene incompetente para dictar una resolución imponiendo tal obligación.
Sentado esto me planteo un fenómeno curioso desde que se crearon estos cargos padecen una curiosa enfermedad que podríamos llamar hemiplejia selectiva.
Dentro de sus tareas solo se ocupan de aquellas que implican mas trabajo y obligaciones para los restantes secretarios, esta chica de Soria nos impone el alarde, el de Gobierno de Andalucía ha regulado las bajas por enfermedad de forma más severa que la propia Adminsitracion General del Estado, otros imponen informen sobre lexnet, medidas de ahorro solicitadas por las adminstraciones competentes, etc.
A ver cuando se dan cuenta de que tambien pueden ejercer otras competencias que nos faciliten la vida: preocuparse de que se remita el material de oficina, elaborara los famosos protocolos de funcionamiento, intentar que lo sistemas informáticos se adapten a la estadística, y un largo etcétera................

pisto
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Re: Obligación de los SJ de hacer su propio alarde.

#35 Mensaje por pisto »

Muchísimas gracias por colgar las sentencias. Si, es triste pero las mayores humillaciones las hacen los propios secretarios. Para mi fue una desilusión, que una cosa es organizar y otra fastidiar. Es como si les quedase grande el cargo aunque con la alguna excepción...

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vctrob
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Re: Obligación de los SJ de hacer su propio alarde.

#36 Mensaje por vctrob »

Pues a mí me parece cojonuda, o como se diga, no le veo la incompetencia por ningún lado. Se trata de una instrucción dictada en el ejercicio de sus competencias respecto de los SS.JJ. de su territorio, y para garantizar el adecuado funcionamiento de los servicios a su cargo. Tal vez sí se dicte a prevención de Secretarios incompetentes, pero nada debe temer el que cumple con sus funciones; es más, el que ha realizado un buen trabajo en el Juzgado que abandona siempre querrá dejar constancia del mismo, así como de las deficiencias que no ha podido subsanar pese a intentarlo.
Por lo demás, no entiendo el problema. :amén:
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Carlos Valiña
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Re: Obligación de los SJ de hacer su propio alarde.

#37 Mensaje por Carlos Valiña »

El problema es que no entiendes el problema.

Cuando el exegeta es incapaz de mirar la norma de manera aseptica, porque le ciega su previo prejuicio sobre la situacion enjuiciada, no es que tuerza la interpretacion de la norma para que lleve a lo que el desea obtener, que ya es grave, es que ni tan siquiera es consciente de que la norma dice exactamente lo contrario de lo que el ve.

Imagino que esto mismo le estara pasando a la Coordinadora de Soria.

Simplemente tu ves esa norma, y tu propia vision de lo que debe ser el funcionamiento del sistema es tan intensa que te ciega y por eso no ves que la norma no dice lo que tu ves en ella.

Donde la mayoria ve un dislate, tu ves una recta, inteligente, perfecta y maravillosa aplicacion de la norma.

Y esto me temo que no tiene remedio, porque es una manera de ser.

Muchas veces yo tengo que hacer defensas disciplinarias, y busco que las normas y las sentencias digan lo que yo necesito para armar el cesto, pero a veces me encuentro conque no dicen lo que yo esperaba, les doy vueltas y vueltas, y a veces puedo encontrar una interpretacion historica o jurisprudencial que les den un sentido como el que yo buscaba, pero otras no hay nada que hacer, dicen lo que dicen y hay que asumirlas y el marco de la defensa se estrecha porque la ley dice lo que dice, pero yo nada mas leerlas he sentido "el golpe".

Incluso cuando mas seguro estoy de que una norma dice lo que a mi me gustaria que dijera, mas prudente me muestro y le busco todas las posibles interpretaciones que pudieran suponer que yo me hubiera dejado cegar por la alegria de haber encontrado la defensa perfecta y no ver que hay otra interpretacion mejor y que puede convertir mi gran baza en la tumba de quien me pidio ayuda, pues es mejor ceder una posicion sin lucha cuando no puedes ganarla, que fiarlo todo a ella y luego quedar con las verguenzas al aire.

En mi, buscar a ver si dos y dos pueden no ser cuatro, es una segunda naturaleza.

En ti probablemente no lo es y esto no es algo que se improvise. Es casi una manera de ser y por eso creo que es inutil tratar de argumentarte la cuestion juridicamente.

Es como esos Secretarios que siguen aplaudiendo "a los nuestros", cuando asambleas enteras han votado reprobarlos.

Imagina que mañana te llega una instruccion de tu coordinadora junto con un paquete. Abierto el mismo la instruccion dice, sujetese fuertemente, agitese de un lado al otro por el suelo del Juzgado. Al final depositese el resultado en el recogedor.

No se si a ti te parecera que esto puede ordenarlo un Coordinador. Supongo que si. Para mi es mas barbaridad juridicamente hablando esa instruccion de los "alardes", que esta de ser el barrendero del juzgado.

Y al paso que vamos, como las movilizaciones no resulten, no solo mas barbaridad juridicamente, sino tambien logicamente.

Creeme esa instruccion no la puede adoptar el Coordinador, no la puede adoptar el Secretario de Gobierno, y creo que tampoco la puede adoptar el Ministerio y no es que sea una cosa opinable o valorable, es que es claro como la luz del dia.

Si como dices no lo ves, el problema es de ceguera y eso tiene mal avio. Cada uno puede pensar lo que quiera en lo que afecta a su fuero interno. Pero si un dia eres mi Coordinador, ves las cosas asi, y tratas de imponermelas, me tendras enfrente hasta el limite de mis posibilidades.

Fijate que a pesar de la tendencia natural de los organos de la justicia, de mantener las decisiones "autoorganizativas" de los esbirros del poder en todos los ordenes, a esta Secretaria Coordinadora ya la han tumbado varias veces en el Supremo, es decir, la gente acostumbrada de verdad a interpretar y aplicar normas y sobre todo principios han tenido claro, que esta Secretaria efectua defectuosas interpretaciones de las normas. De esas sentencias se desprende que no las ve como son, no las entiende conforme a su sentido profundo, sino de otra manera y lo digo con pena, porque en su momento fue un estandarte del Cuerpo de Secretarios.

En mi experiencia, cuando alguien interpreta una vez mal las normas, por este problema de sesgo previo, lo hara ciento.

Leete las sentencias y planteate si tu tambien habrias considerado cojonudas y dentro de sus competencias las decisiones que tomo y luego los Tribunales en sucesivas instancias fueron tumbando una y otra vez.

Si te parecen correctas tienes el mismo problema que ella y no creo que nada pueda hacerte cambiar de criterio, de forma que habra que imponerte desde fuera la interpretacion de las normas mas correcta y ajustada a la naturaleza de las cosas, por un superior jerarquico mas sensato o por un Tribunal.

Si no te parecen correctas, planteate porque cuando lo que hace aquella coincide con tu vision del mundo, la consideras competente y cuando no lo hace, la consideras incompetente. No te va a gustar lo que vas a encontrar si te encuentras en este caso, pero cuanto antes lo descubras, antes podras empezar a poner los medios para intentar cambiarlo.

Saludos y no me lo tomes a mal, me invade tan profunda tristeza cuando un compañero bien preparado como tu, se pone voluntariamente mas grilletes de los que ya nos ponen los nuestros y los amos de los nuestros, que hablo con el corazon y diciendo lo que pienso, sin reservarme nada.

Seamos nosotros los ciegos o lo seas tu y alguno que te ha apoyado, seguimos siendo Secretarios y te necesitamos para las movilizaciones, necesitamos Coordinadores para la caja de resistencia.

La mano de los que nos hemos subido a la iniciativa esta tendida y te espera.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
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cabal
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Re: Obligación de los SJ de hacer su propio alarde.

#38 Mensaje por cabal »

Chapeau!! Carlos.
De las mejores intervenciones que te he leído.
Buenas noches
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juan alberto
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Re: Obligación de los SJ de hacer su propio alarde.

#39 Mensaje por juan alberto »

Cabal no explicas en que atribución competencial te basas para considerar correcta tal instruccion. Las obligaciones de los Secretarios aparacen reguladas en nuestro reglamento, de la estadística se ocupa la Comisión de Estadísitca y el CGPJ, de los libros a llevar en Juzgado el Ministerio y el Secretario únicamente puede dictar instrucciones de Servicio sobre servicios competencia de los secretarios y el servicio es claramente jurisdiccional.
Si hay algún secretario que no cumpla tiene atribuciones para proceder contra el, pero será más fácil imponer obligaciones a todos los demás.
No se si se me escapa algo, pero como lleves razón al final me veo haciendo un alarde mensual, un lexnet semanal y una lavativa anual.

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cabal
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Re: Obligación de los SJ de hacer su propio alarde.

#40 Mensaje por cabal »

Estimado juan alaberto, debe existir un mal entendido.

No levanto el sombreo por la Instrucción sino por el discurso de Carlos, que precisamente no me parece que aplauda la instrucción.

Saludos
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newzel
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#41 Mensaje por newzel »

Pues discrepo de Cabal y de Carlos. Cada SC puede impartir las intrucciones que tenga por conveniente para la mejor organización del servicio. Cuestión distinta es que, como ya dije en otro mensaje anterior, lo lógico es que venga impartida por el Secretario General, ya que de lo contrario se dan soluciones injustas.
Y no creo que se trate de imponer grilletes ni de similares. Es consecuencia de la jerarquicación del Cuerpo, tan anhelada antaño por abrumadora mayoría. Es una putada, sí, necesaria, pues también, hasta que se nos dote de los medios necesarios para la confección de la estadística judicial.
Y en cuanto a lo de servicio claramente jurisdiccional, yo lo veo más de organización de servicio. Si bien puede interpretarse en el sentido de controlar el trabajo desarrollado por el secretario cesante , también se puede interpretar en el sentido de poner orden en el caos de toda oficina judicial que se produce al término de un par de años, o los que sean, y facilitar el trabajo a lSecretario que se incorpora.
Ambas interpretaciones me parecen válidas, y ab initio me veo obligado a confiar en la buena voluntad de la SC autora de dicha instrucción. Si me engaño, pues ya me quejaré, pero por lo pronto, de ver lo que me espera en mi nuevo destino, y lo que se halla oculto, ya me está dando un patatús. no sabéis como agradecería la existencia de un alarde
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vctrob
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Re: Obligación de los SJ de hacer su propio alarde.

#42 Mensaje por vctrob »

Mucha pasión, pero poca razón. He repasado el hilo, y no consigo enhebrar la aguja. No veo la relación entre las sentencias citadas (que si que dan un buen repaso) y la Instrucción, ni tampoco veo que nadie haya expuesto razonamiento jurídico contrario al que sirve de base a su dictado. Sería interesante definir hasta dónde llegan las facultades gubernativas de los SS.CC. y los SS.GG. para dictar Instrucciones en materia de organización del trabajo.
Está bien filosofar para echar una cortina de humo, pero más allá, ... :?: :?:
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Carlos Valiña
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Re: Obligación de los SJ de hacer su propio alarde.

#43 Mensaje por Carlos Valiña »

vctrob

Entrar a este trapo me va a suponer un buen empleo de esfuerzo y tiempo y creeme que no doy mas de mi, ni robando horas al sueño puedo con todo lo que llevo.

Te propongo un trato tu te apuntas de Coordinador a la caja de resistencia y yo me empleo a fondo en este asunto, para que podais verlo con los ojos que lo veo yo y luego decidir en conciencia.

Puesto que nezvell sostiene igual posición y a mi parecer le sucede algo similar cuando enfoca el analisis de normas administrativas, (no procesales que ahi seguro que ambos me dais unas cuantas vueltas), hago extensiva mi oferta a el.

Cualquiera de los dos da el paso al frente y yo hare lo propio.

De momento juanalberto ya ha apuntado algunas cuestiones, pero como estan sin desmenuzar tengo para mi que en parte escapan a vuestro radar "administrativo".

Si tenemos un indicio interesante, ninguno de los dos cree que la Coordinadora acerto en los dos casos donde las Sentencias del Supremo le tumbaron el criterio y esto solo puede significar que ambos convenis en que hay algun defecto en el modo que tiene aquella de interpretar las normas.

Por ejemplo el ministerio acaba de poner unos servicios minimos para la huelga de SEecretarios muy superiores a los que pusieron los Tribunales cuando la cuestion se les recurrio. Es decir pese a saber que el criterio juridico de los Tribunales es otro, persisten en imponer unos servicios claramente abusivos, en aras a....... los intereses que creen defender.

Este es el punto de partida del problema.

En el denominado uso alternativo del derecho, lo importante es la solucion que se da al caso y el ropaje juridico, es solo eso, un mero ropaje o disfraz. Se elige el muñeco y se viste con lo que haga falta, creo que era Chiovenda el que lo decia.

En el uso decente del derecho, se mira lo que dice la norma, al margen del supuesto de hecho y se hace lo que ella dice.

En el primer caso te conviertes en legislador, en el segundo en interprete de la ley.

Se trata de dilucidar de que lado quereis estar del lado de la justicia ciega, o del lado de la que levanta primero las cartas.

Los casos de las sentencias del supremo deberian de haberos convencido de que hay otra forma de "leer y entender" el derecho, pero lo curioso del caso es que no es infrecuente que cuando la justicia ciega desmonta a la justicia vidente "de otro", veas razonable lo que hace, pero cuando es tu "justicia", cuando tu te pones en el lugar de la Coordinadora, es decir te eriges en un instante en Coordinador virtual y piensas en lo que tu harias, la cosa cambia y como miras el fin y no los medios, llegas a la misma conclusion con ella, sin reparar en que el camino es equivocado el fin no justifica los medios, y que distraido con ese camino, no ves tampoco que el propio fin es absurdo y espurio.

Por eso se dice que uno no debe ser abogado en causa propia. El verdadero jurista consigue disociarse de su posicion ante un tema, y obrar como si fuera de un tercero.

Intentad imaginaros que no sois la Coordinadora, sino los Coordinados y recibis esa "Instruccion" que no es sino la gota que colma el vaso de otras dos o tres instrucciones mensuales a cual mas atrabiliaria, como me consta esta sucediendo en otros partidos judiciales pequeños, donde los Secretarios de Base, los que sacan el trabajo de verdad, estan desesperados y acordandose de todos los muertos de los cretinos que nos colaron la jerarquizacion para acomodar en ella a los suyos.

Si quereis pasamos del plano general al nalisis concreto de las normas, pero me gustaria ver un detalle de vuestra parte, algo que ponga un poco de gasolina de aviacion en mis cansadas venas para echarle un rato "de los mios" al tema.

¿Hace?

Ahi os dejo el envite.

Saludos.
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VOLAVERUNT
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Re: Obligación de los SJ de hacer su propio alarde.

#44 Mensaje por VOLAVERUNT »

Reconozco que con las últimas intervenciones el debate está a una gran altura jurídica. Pero a mí lo que me preocupa es el día a día y la obligatoriedad en la confección de los alardes no vienen sino a poner de manifiesto las carencias existentes en la Administración de Justicia.

El art. 125 del vigente Reglamento de la Carrera Judicial pormenoriza los detalles que debe contener el alarde, tales como las “ relaciones, numeradas e individualizadas por anualidades, de todos los asuntos que se encuentren pendientes de dictar auto o sentencia, agrupándose según su diferente naturaleza, Asimismo, se indicará el trámite procesal en que estos asuntos se encuentran, la fecha de la última actuación y la resolución judicial de la que penden. Si algún procedimiento se estuviera tramitando en el servicio común procesal, bastará la constancia de este dato. Separadamente, se relacionarán los procesos que pendan exclusivamente de sentencia o auto definitivo; se recogerá la fecha en la que los autos quedaron conclusos o, en su defecto, la de la última resolución recaída”..

Y yo me pregunto: ¿haría falta tanto detalle si tales datos fueran de fácil acceso mediante la aplicación informática correspondiente?
Naturalmente que no.

Porque el planteamiento que debemos hacernos es para qué sirven los alardes. La respuesta es clara: sirven a los órganos de gobierno del poder judicial, -y ahora parece que también a una Coordinadora en particular- para conocer el estado de un juzgado en un momento determinado, a la fecha de cese de un juez (o de un secretario). Exigen una confección manual, es decir que la oficina ha de dedicar esfuerzos específicos a relacionar todos los asuntos del juzgado. Y, además, pasado un corto espacio de tiempo, por ejemplo dos meses ya no sirven para nada.

Creo que el enfoque del debate habría de ser trasladado hacia la reivindicación de programas informáticos, como existen en otros ámbitos, que nos sirvieran a quienes tenemos encomendada la función de impulso, así como a los otros destinatarios, para conocer en cualquier momento, por nosotros mismos, cuáles son los procedimientos que llevan por ejemplo dos meses sin mover, los que tienen escritos pendientes de proveer, así como su fecha de presentación, la fecha de finalización de cada uno de los plazos procesales, con expresión del trámite del que penden, etc.

Si de verdad existieran tales aplicaciones informáticas, desaparecería la necesidad de confeccionar los anacrónicos alardes, pues con la mera expresión de la fecha podríamos saber cómo estaba el juzgado hace diez años, hace diez meses, hace diez días. O anteayer. Y eso solo apretando un botón.
Ya está bien de perder el tiempo haciendo palotes. Y exijamos que la informática entre de verdad en los juzgados.

PENINSULAR
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Re: Obligación de los SJ de hacer su propio alarde.

#45 Mensaje por PENINSULAR »

Carlos: ahí voy con razonamientos jurídicos sólo a título ilustrativo.1º- el artículo 440 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que establece que establece : “los secretarios judiciales son funcionarios públicos que constituyen un Cuerpo Superior Jurídico, único de carácter nacional al servicio de la Administración de Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia".
En su aplicación práctica parece evidente que un Secretario Judicial no puede tener derechos y deberes básicos distintos en un territorio de en otro.
2º-El artículo 461 de la LOPJ :"la estadística judicial, que se elaborará conforme a los criterios que se establezcan, será responsabilidad de los secretarios judiciales ....etc.
Nótese el carácter de ley orgánica, sin perjuicio del desarrollo posterior.
Por lo demás suscribo íntegramente tu exposición en cuanto al concepto y la de volaverunt en cuanto a que si los medios fueran adecuados muchos de estos debates serían innnecesarios, pero mientras tanto, cúmplase la legalidad.

juan alberto
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Re: Obligación de los SJ de hacer su propio alarde.

#46 Mensaje por juan alberto »

Perdona cabal, me estaba refieriendo a vctrob.

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vctrob
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Re: Obligación de los SJ de hacer su propio alarde.

#47 Mensaje por vctrob »

Pues a mí me sigue pareciendo que la Instrucción tiene buen soporte jurídico, en base al artículo 18 a), e) y n) del ROCSJ, o el artículo 467 de la LOPJ. Según el artículo 467 de la LOPJ tenemos la obligación de confeccionar una estadística fiable, es nuestra responsabilidad, con independencia de los medios de que dispongamos(que evidentemente no siempres son los mejores); como también en nuestra responsabilidad promover el uso de las aplicaciones informáticas, conocerlas y hacer que los funcionarios las utilicen bien, sobre todo la aplicación de gestión procesal. En las CC.AA. transferidas no lo sé, pero en territorio Ministerio, MINERVA NOJ, con todos los fallos que tenga, sí permite (si los funcionarios hacen buen uso de él) obtener datos estadísticos de prácticamente todo lo que pide el CGPJ en su estadística trimestral; ahora, otra cosa es nuestro conocimiento de la aplicación, la exigencia de adecuada utilización por el funcionario, y la revisión de su uso por el funcionario.
Pero es más, si asumimos que somos un acuerpo jerarquizado y que tenemos un Secretario Coordinador, y que éste puede dictar instrucciones para homogeneizar tareas, o garantizar el buen funcionamiento del servicio, hay que ser conscientes que las va a dictar, y que debemos cumplirlas, sin perjuicio de recurrirlas si no nos gustan. Sin embargo, si partimos de la base de que no nos gusta estar jerquizados, que queremos seguir manteniendo cada uno nuestro reino de taifas sin intromisiones, que nos da igual que el justiciable y el profesional esté soportando formas de actuar diferentes en cada Juzgado, que se nos acuse de corporativismo "porque nunca pasa nada, y otro vendrá y bueno te hará"; pues entonces a lo mejor nos hemos equivocado de trabajo y de administración, pero esto es lo que hay y así está regulado legal y reglamentariamente.
Lo que no puede ser es vivir amargado eternamente, es obvio que a todos hay cosas que no nos gustan del sistema actual, pero algo bueno tandrá, y sobre todo si lo bueno que tenga redunda en beneficio del profesional y el justiciable, hay que fomentarlo, porque a ellos nos debemos como funcionarios públicos y como un servicio público que prestamos. Está muy bien querer mejorar nuestra condiciones de trabajo, no me gustan las comparaciones con Jueces y Fiscales ya que cada uno debe luchar por lo suyo, pero sobre todo hay que intentar adoptar soluciones que redunden en beneficio del ciudadano, y que abunden en la identificación de responsabilidades y el control sobre su ejercicio.
:cabezazo2:
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Carlos Valiña
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Re: Obligación de los SJ de hacer su propio alarde.

#48 Mensaje por Carlos Valiña »

Ya sabes que para que me remangue a fondo con este tema quiero una cosita y no me dices ni que si ni que no :P ,

Si me llevara pocas lineas analizar tu argumentacion:

A) Justificas la instruccion en que nosotros somos responsables de la fiabilidad de las estadisticas, pero eso servira para justificar que tenemos ciertas competencias, no para justificar que cualquiera, un director general de comunidad autonoma, o un bombero, tenga competencias para decirnos cuando y como debemos ejercerlas.

B) Justificas que el Coordinador tiene competencia para ello en que "este tiene competencia para dictar...." pero esto infringe la regla hermeneutica basica de que lo definido no debe entrar en la definicion. Si para justificar que tiene competencia me dices solo que tiene competencia y luego haces un juicio de intenciones sobre si los demas no lo vemos porque no nos gusta la jerarquizacion, estas evaluando nuestras intenciones e interpretaciones, pero eso no es un argumento juridico, esa es una explicación de porque crees tu que nosotros nos oponemos a esta instruccion, es decir, lo mismo que yo te he dicho a ti, esto es, que tu posicion previa te impide ver las cosas como son, lo que nos diferencia es que yo he partido de que me reservo la argumentacion juridica y tu crees haberla dado.

Ahi esta parte del problema, reputas argumentos juridicos lo que no lo son y asi mal vamos.

Subete a la caja y nos batimos el cobre hasta el final, jeje, ahi te dejo el envite :P :P :P

Carlos
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
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JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.

Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS

fidedigno
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Re: Obligación de los SJ de hacer su propio alarde.

#49 Mensaje por fidedigno »

Creo que sigues sin leer el fondo del mensaje.

No sé si trabajas en un Juzgado, y en ese caso si lo haces en uno de esos con carga de las buenas. Me da que no, porque no conozco a nadie que estando hasta arriba de trabajo se muestre tan alegre ante más faena y más calentamientos de cabeza, y encima nos lo venda en beneficio del justiciable y del profesional.

No acabas de entender que una cosa es la ley y las interpretaciones posibles en derecho que de la misma se hagan, y otra su aplicación y la capacidad de asunción por sus destinatarios.

Ahora va a resultar que aquí todos colectivos quieren quitarse responsabilidad, y nosotros como los más listos de la clase queremos más, para demostrar no se sabe ya qué, ni para qué -pues nada bueno nos será concedido como respiro-, ni ante quién -pues nada es suficiente para quienes nos mandan, a diferencia, por poner un ejemplo, de los jueces que con sus modulos se dan por satisfechos pero quieren trabajar menos para resolver logicamente mejor, y nadie les rechista-.

Saludos.

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vctrob
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Re: Obligación de los SJ de hacer su propio alarde.

#50 Mensaje por vctrob »

Está bien, está bien, "reconozco que no pego ni chapa en mi actual destino" :descojone: , pero me gusta tener claras mis responsabilidades, y no me importa que me las controlen. Tampoco me ha importado nunca que me exijan el cumplimiento de mis obligaciones.
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