Adjudicación por más 50% vivienda no habitual

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mazo

Adjudicación por más 50% vivienda no habitual

#1 Mensaje por mazo »

Subasta desierta de cuatro fincas. No son vivienda habitual del hipotecado
Cuestión, me piden la adjudicación de cada finca por una cantidad superior al 50 % del valor de tasación, pero no por todo lo adeudado
Literalmente, con el art. 671 LEC esa posibilidad no cabe, yo veo que o se pide por el 50 % o por todo lo adeudado.
Creo que esta situación se ha dado a algún compañero, pero yo no lo veo nada claro
¿algo a sugerir?

cannomor
Mensajes: 348
Registrado: Dom 14 Jun 2009 5:15 pm

Re: Adjudicación por más 50% vivienda no habitual

#2 Mensaje por cannomor »

Claro, a esto se añade la Disposición Adicional Sexta, la cual, que yo sepa, sigue en vigor (porque parecía que esa previsión iba a desaparecer con la actual redacción del art. 671 LEC)
Quizá la opción del ejecutante aquí es hacer uso de esa Disposición: es decir, cantidad superior al 50 % del valor de tasación.

¿lo veis igual?

Inmobiliario
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Registrado: Mié 02 Abr 2014 7:34 pm
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Re: Adjudicación por más 50% vivienda no habitual

#3 Mensaje por Inmobiliario »

La adjudicación de bienes a favor del ejecutante, con el límite inferior del 50% de la tasación, es para proteger al ejecutado, por tanto cuando el ejecutante solicita adjudicarse bienes por encima del 50%, esta cumpliendo con el tope mínimo legal, dejando pendiente una deuda inferior contra el ejecutado. por tanto claro que puede solicitar esa adjudicación por más del 50%.

El problema siempre surge en adjudicaciones de bienes que no sean vivienda habitual por debajo del limite legal del 50%, todo lo que supere la adjudicación, el 50% de la tasación es en beneficio del ejecutado y por tanto no puede cuestionarse que el ejecutante solicite dicha adjudicación por más importe del mínimo legal

cannomor
Mensajes: 348
Registrado: Dom 14 Jun 2009 5:15 pm

Re: Adjudicación por más 50% vivienda no habitual

#4 Mensaje por cannomor »

De acuerdo, pero al fundamentarlo, yo pongo siempre conforme a la Disposición adicional Sexta en relación con el art. 671 LEC
¿cómo lo veis?

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