Observo que las requisitorias se libran sin indicacion del plazo en el que finalizan.
La ley pone esto:
y para las personas juridicasArtículo 837.
La requisitoria expresará todas las circunstancias mencionadas en el artículo 513, excepto la última, cuando no se haya decretado la prisión o detención del procesado, y, además, las siguientes:
1.º La del número del artículo 835 que diere lugar a la expedición de la requisitoria.
2.º El término dentro del cual el procesado ausente deberá presentarse, bajo apercibimiento de que en otro caso será declarado rebelde y le parará el perjuicio a que hubiere lugar con arreglo a la Ley.
Las cuestiones que se me plantean son estas:rtículo 839 bis.
1. La persona jurídica imputada únicamente será llamada mediante requisitoria cuando no haya sido posible su citación para el acto de primera comparecencia por falta de un domicilio social conocido.
2. En la requisitoria de la persona jurídica se harán constar los datos identificativos de la entidad, el delito que se le imputa y su obligación de comparecer en el plazo que se haya fijado, con Abogado y Procurador, ante el Juez que conoce de la causa.
3. La requisitoria de la persona jurídica se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y, en su caso, en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil» o en cualquier otro periódico o diario oficial relacionado con la naturaleza, el objeto social o las actividades del ente imputado.
4. Transcurrido el plazo fijado sin haber comparecido la persona jurídica, se la declarará rebelde, continuando los trámites procesales hasta su conclusión.
a) ¿Es obligado poner la fecha final de la requisitoria en todas las requisitorias?
b) ¿Es el juez quien en la resolucion acordando la requisitoria tiene que poner ese plazo?
c) No he planteado el tema en este juzgado, pero si el Juez se negara, como habriamos de proceder, ¿no mandar la requisitoria, mandarla indicando que judicialmente no se ha determinado plazo, calcularlo nosotros como se nos ocurra, otra idea?
Si alguien tiene algun pronunciamiento sobre el particular me resultaria muy intersante.
Saludos a todos.